ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 1326/2021
RESOL-2021-1326-APN-ENACOM#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 07/09/2021
VISTO el EX-2018-37007904- -APN-SDYME#ENACOM,
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó el
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y
descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 27.078 y
N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las
funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE
LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE
SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que a través del dictado de la RESOL-2021-1045-APN-ENACOM#JGM, se
convocó a Concurso Público para la adjudicación de licencias a personas
humanas, jurídicas con fines de lucro constituidas o en formación y
personas jurídicas sin fines de lucro regularmente constituidas, para
la instalación, funcionamiento y explotación de servicios de
comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, categorías E y
F, para las provincias del CHACO, CORRIENTES, ENTRE RÍOS, JUJUY, LA
RIOJA, SALTA, SAN JUAN, SAN LUIS, SANTA FE y TIERRA DEL FUEGO,
ANTÁRTIDA e ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.
Que el cronograma que documenta el IF-2021-68780847-APN-DNSA#ENACOM del
GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES, integrante en un todo de
la mencionada resolución, indica que las ofertas correspondientes a la
provincia de SALTA, deben ser presentadas del día 13 de septiembre de
2021 al día 17 de septiembre de 2021.
Que en los días 13, 14 y 15 de septiembre se llevará adelante el Triduo
Solemne, correspondiente a la celebración de “El Señor y Virgen del
Milagro”, constituyendo tal festividad, un acontecimiento trascendental
para la provincia de SALTA.
Que el objeto primordial de la Ley Nº 26.522 es la promoción de la
diversidad y la universalidad en el acceso y la participación,
implicando ello igualdad de oportunidades de todos los habitantes de la
Nación para acceder a los beneficios de la prestación de servicios de
comunicación audiovisual.
Que en tal sentido, corresponde la adopción de medidas que permitan
asegurar la mayor concurrencia de las personas convocadas para
participar como oferentes, permitiéndoles disponer del plazo razonable
para la confección de sus respectivas ofertas.
Que tales circunstancias, hacen necesaria la modificación de la fecha
de recepción de las ofertas correspondientes a la provincia de SALTA,
aprobada por la RESOL-2021-1045-APN-ENACOM#JGM.
Que, consecuentemente, el período de presentación de ofertas para la
Provincia de Salta tendrá lugar los días 19 de octubre de 2021 a 22 de
octubre de 2021
Que las circunstancias detalladas precedentemente dan mérito suficiente
para que la presente medida se adopte con carácter urgente “ad
referéndum” de aprobación del Directorio de este ENTE NACIONAL DE
COMUNICACIONES de conformidad con la facultad delegada en el punto
2.2.12 de Acta de Directorio Nº 56 de fecha 30 de enero de 2020
Que ha tomado la intervención que le compete el Servicio Jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Que, asimismo, han tomado la intervención pertinente el Coordinador
General de Asuntos Ejecutivos y el Coordinador General de Asuntos
Técnicos, conforme lo establecido en el Acta Nº 56 del Directorio del
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, de fecha 30 de enero de 2020.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el Artículo 2° del Decreto N° 267 del 29 de diciembre de
2015; el Artículo 12 inciso 7) de la Ley N° 26.522; el Acta N° 1, de
fecha 5 de enero de 2016 y el Acta Nº 56, de fecha 30 de enero de 2020
del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º MODIFÍCASE la fecha de presentación de ofertas a Concurso
Público, aprobada por el Cronograma que como
IF-2021-68780847-APN-DNSA#ENACOM forma parte de la Resolución ENACOM N°
1045/2021, para la adjudicación de licencias a personas humanas,
jurídicas con fines de lucro constituidas o en formación y personas
jurídicas sin fines de lucro regularmente constituidas, para la
instalación, funcionamiento y explotación de servicios de comunicación
audiovisual por modulación de frecuencia (FM), categorías E y F, para
la Provincia de SALTA, por las razones expuestas en los considerandos
que anteceden.
ARTÍCULO 2°.- FÍJASE como período de presentación de ofertas para la
Provincia de SALTA, los días 19 de octubre de 2021 a 22 de octubre de
2021, quedando exceptuadas de la referida convocatoria: a) la localidad
de SALTA y las localidades emplazadas en un radio de QUINCE (15)
kilómetros desde las coordenadas geográficas LS 24º47’ LO 65º25’ y b)
la localidad de SAN JOSÉ DE LOS CERRILLOS (LS 24º54’ LO 65º29’)
ARTÍCULO 3º.- La presente medida se dicta “ad referéndum” del DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
ARTÍCULO 4º.-Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, cumplido, archívese.
Claudio Julio Ambrosini
e. 09/09/2021 N° 65398/21 v. 09/09/2021