MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
Resolución 210/2021
RESOL-2021-210-APN-SLYA#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 13/09/2021
Visto el expediente EX-2021-85767676- -APN-DGDA#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el decreto 411 del 21 de febrero de 1980 (t.o. 1987) se
reglamentó la representación del Estado Nacional en juicio,
estableciéndose las autoridades u órganos competentes para emitir
decisiones vinculadas con esa materia.
Que a través del artículo 1° del decreto 411/1980 (t.o. 1987) se
dispuso que la promoción y contestación de acciones judiciales sean
autorizadas por resolución de los/as ministros/as, secretarios/as
ministeriales y secretarios/as y Jefe/a de la Casa Militar de la
Presidencia de la Nación o de los órganos superiores de los entes
descentralizados.
Que asimismo se estableció que cuando la importancia del asunto o sus
consecuencias justifiquen la intervención del Poder Ejecutivo Nacional,
las autoridades y órganos mencionados en el considerando precedente
puedan requerir que se los autorice por decreto para promover o
contestar la acción judicial.
Que mediante el artículo 2° del citado decreto se contempló que las
funciones enunciadas en su artículo 1° puedan ser encomendadas por
los/as ministros/as y secretarios/as ministeriales a los/as
subsecretarios/as de sus respectivas jurisdicciones.
Que mediante el decreto 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificaciones, se establece que la Subsecretaría Legal de esta
secretaría tiene entre sus objetivos el de dirigir la representación y
patrocinio del Estado Nacional, en lo que es competencia del Ministerio
de Economía, en los asuntos judiciales, prejudiciales y arbitrajes y la
contestación de los requerimientos del Poder Judicial.
Que dado que el cargo de titular de dicha Subsecretaría Legal fue
cubierto a través del decreto 604 del 9 de septiembre de 2021, resulta
conveniente delegarle las facultades previstas en el decreto 411/1980
(t.o. 1987) y dejar sin efecto el artículo 2° de la resolución 160 del
5 de julio de 2021 de esta secretaría (RESOL-2021-160-APN-SLYA#MEC).
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta de acuerdo con las facultades contempladas en los artículos 1° y 2° del decreto 411/1980 (t.o. 1987).
Por ello,
LA SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Delégase en la titular de la Subsecretaría Legal
dependiente de esta secretaría, las facultades previstas en el decreto
411 del 21 de febrero de 1980 (t.o. 1987).
ARTÍCULO 2°.- Déjase sin efecto el artículo 2° de la resolución 160 del
5 de julio de 2021 de esta secretaría (RESOL-2021-160-APN-SLYA#MEC).
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Rita Haydee Tanuz
e. 15/09/2021 N° 67406/21 v. 15/09/2021