MINISTERIO DE SALUD
Resolución 2536/2021
RESOL-2021-2536-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 16/09/2021
VISTO el expediente EX-2021-65314220-APN-DD#MS, la Resolución
Ministerial N° 1009 del 4 de julio de 2012 y el Convenio Marco de
Cooperación y Asistencia entre el Ministerio de Justicia, Seguridad y
Derechos Humanos de la Nación y el Ministerio de Salud de la Nación
suscripto el 29 de julio de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la
Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación
contra la Mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño reconocen a
la salud como un derecho y que su cuidado es un deber indelegable para
el Estado.
Que las personas privadas de la libertad conservan plenamente ese
derecho, tal como surge de la Ley Nacional de Ejecución de la Pena
Privativa de la Libertad N° 24.660.
Que mediante la Resolución Ministerial N° 1009/2012 se creó el PROGRAMA
DE SALUD EN CONTEXTOS DE ENCIERRO, fijándose como objetivo general
mejorar la calidad en el acceso a la salud de las personas en contextos
de encierro mediante el fortalecimiento de los sistemas sanitarios
penitenciarios federales y provinciales de todo el país.
Que en razón de los objetivos del PROGRAMA DE SALUD EN CONTEXTOS DE
ENCIERRO, resulta oportuno y necesario desarrollar la efectiva
implementación de políticas públicas diseñadas en conjunto entre este
Ministerio y los Ministerios jurisdiccionales, al interior de las
unidades penitenciarias y alcaidías del país, con el fin de equiparar
la atención sanitaria que se presta en contextos de encierro con la que
se brinda en el medio libre.
Que para el cumplimiento de tales fines, el PROGRAMA DE SALUD EN
CONTEXTOS DE ENCIERRO se ha centralizado y dirigido a personas
detenidas en establecimientos penitenciarios de todo el país,
articulando y generando acciones comunes y conjuntas con los
Ministerios jurisdiccionales de los cuales dependen los
establecimientos penitenciarios provinciales, a partir de líneas de
acción priorizadas por dichas carteras.
Que resulta necesaria la celebración de Convenios Marco a través del
cual se implementen las acciones tendientes a alcanzar dichos objetivos
en cada jurisdicción.
Que el modelo de Convenio Marco cuya aprobación se propicia no
involucra prestaciones de carácter pecuniario, ni genera obligaciones o
derechos susceptibles de ser determinados económicamente.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS y la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD prestaron su conformidad.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de la facultades conferidas por
el artículo 103 de la Constitución y la Ley de Ministerios N° 22.520,
modificatorias y complementarias.
Por ello,
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el modelo de Convenio Marco de Cooperación y
Asistencia a suscribirse entre este Ministerio y los Ministerios de
Salud y de Justicia/Seguridad/Gobierno provinciales que deseen adherir
al mismo, que como ANEXO I (IF-2021-81618561-APN-DNGSA#MS) forma parte
integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Modelo de Informe de Gestión que como Anexo
II (IF-2021-81619845-APN-DNGSA#MS) forma parte integrante de la
presente.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida no implica erogación presupuestaria.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carla Vizzotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/09/2021 N° 68816/21 v. 20/09/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)