MINISTERIO DE SALUD
Resolución 2544/2021
RESOL-2021-2544-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 20/09/2021
VISTO el expediente EX-2021-55628332-APN-DCYC#MS, la Ley N° 27.541, el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020 y su
modificatorio N° 287 del 17 de marzo de 2020, la Decisión
Administrativa Nº 409 del 18 de marzo de 2020 y la Disposición ONC N°
48 del 19 de marzo de 2020 y sus normas modificatorias y
complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 21 de diciembre de 2019 se sancionó la Ley de Solidaridad
Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública
N° 27.541, que contempla, entre otras, la emergencia sanitaria.
Que por el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 se amplió, por
el plazo de UN (1) año, la emergencia pública en materia sanitaria
establecida por la citada ley, prorrogada por el Decreto N° 167 del 11
de marzo de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021, en virtud de la
pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en
relación con el coronavirus COVID-19.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 409/2020 se establecen los
principios generales y pautas que regirán el procedimiento de
contrataciones de bienes y servicios en el contexto de la emergencia
decretada y, a su vez, que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES
dictará las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias que
resulten pertinentes.
Que, en el marco de dicha competencia, la referida Oficina Nacional
mediante la Disposición N° 48/2020 aprobó el procedimiento
complementario al establecido en la mencionada Decisión Administrativa
Nº 409/2020, para las contrataciones de bienes y servicios en el marco
de la emergencia pública en materia sanitaria, en virtud de la pandemia
COVID 19, a fin de facilitar la gestión por parte del personal de las
Unidades Operativas de Contrataciones y de todos los actores
involucrados en la tramitación de dichos procesos.
Que en ese contexto y dada la necesidad crítica de proveer los insumos
necesarios para la atención de los pacientes, debido al aumento de
casos tanto en AMBA como en muchas provincias de manera concomitante,
la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD de este MINISTERIO DE SALUD solicitó
la Adquisición de QUINIENTOS (500) Monitores y DOS MIL (2.000) Bombas
de Infusión Volumétricas, por un monto estimado en PESOS TRESCIENTOS
SETENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL ($ 378.920.000).
Que, por lo expuesto, se encuadró el procedimiento en una Contratación
por emergencia COVID-19 Nº 4/2021, en los términos del artículo 3° de
la Decisión Administrativa Nº 409 del 18 de marzo de 2020 y el artículo
1° de la Disposición ONC N° 48 del 19 de marzo de 2020.
Que los productos referidos se encuentran contemplados en el listado de
productos críticos elaborado por la SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIAS
SANITARIAS, de acuerdo al artículo 6° de la Resolución Ministerial N°
568/2020.
Que el 5 de julio del 2021, a la hora límite de la presentación de las
ofertas, a través de la plataforma COMPR.AR. se confirmaron OCHO (8)
ofertas, pertenecientes a las firmas: DRIPLAN S.A., TECNOIMAGEN S.A.,
CEGENS S.A., JAEJ S.A., PROPATO HNOS. S.A.I.C., CENTRO SERVICIOS
HOSPITALARIOS S.A., ULTRASCHALL S.A., PHILIPS ARGENTINA S.A.
Que la GERENCIA DE PROYECTOS ESPECIALES de la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACIÓN remitió el Informe Técnico de Precios Testigo, tramitado
mediante la Orden de Trabajo N° 359/21, indicando que el importe
informado reviste calidad de Valor de Referencia, en los términos y
alcances establecidos en el punto I.c.2. del Anexo II de la Resolución
SIGEN Nº 36-E/2017, por cuanto del relevamiento efectuado en el mercado
no ha sido factible hallar valores representativos de bienes que
cumplan con la totalidad de las especificaciones técnicas solicitadas.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS FÍSICOS dependiente de la
SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD elaboró el correspondiente Informe
Técnico, del cual surge que las ofertas de las firmas: PHILIPS
ARGENTINA S.A. (renglón 1, alternativa 1); TECNOIMAGEN S.A. (renglón 1,
alternativas 1 y 2 y para renglón 2, alternativa 1) JAEJ S.A. (renglón
1, alternativa 2); CEGENS S.A. (renglón 2, alternativa 1); CENTRO
SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A. (renglón 2, alternativas 1 y 2) se ajustan
a las Especificaciones Técnicas requeridas en el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares, mientras que la oferta de la firma
TECNOIMAGEN S.A (renglón 2, alternativa 1) condiciona el plazo de
entrega y las presentadas por las firmas: CEGENS S.A. (renglón 1,
alternativa 1), DRIPLAN S.A. (renglón 1, alternativas 1 y 2); JAEJ S.A.
(renglón 1, alternativa 1); PROPATO HNOS. S.A. (renglón 1, alternativa
1 y renglón 2, alternativas 1 y 2) y ULTRASCHALL S.A. (renglón 1,
alternativa 1) no se ajustan técnicamente a las condiciones requeridas
en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, en función de los
informes técnicos y formales y la documentación obrante en el
expediente respectivo, recomienda la adjudicación de las ofertas de
menor valor de las firmas: TECNOIMAGEN S.A. para el renglón N° 1,
alternativa 2) y CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS (renglón N° 2,
alternativa 1), ambas por ser válidas y convenientes.
Que, asimismo, la citada Dirección recomienda desestimar las ofertas de
las firmas PHILIPS S.A. (renglón 1, alternativa 1), JAEJ S.A. (renglón
1, alternativa 2) TECNOIMAGEN S.A. (renglón 1, alternativa 1), CEGENS
S.A. (renglón 2, alternativa 1), CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A.
(renglón 2, alternativa 2) por resultar económicamente inconvenientes.
Que, por otra parte, con fecha 16 de julio de 2021 la firma TECNOIMAGEN
S.A. manifiesta que, en el caso de resultar adjudicados, no podrá
cumplir con los plazos previstos en el pliego sobre la entrega de los
productos de la oferta presentada para el renglón 2, alternativa 1,
modificando las condiciones de su oferta.
Que, en relación con la referida presentación, la DIRECCIÓN DE COMPRAS
Y CONTRATACIONES recomienda tener por desistida la oferta y aplicar a
la firma TECNOIMAGEN S.A. la penalidad correspondiente de acuerdo con
lo establecido en el punto 6.4 del Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y los términos de los artículos 12, inciso d) y 29, inciso
a), numeral 1 del Decreto N° 1023/2001 y sus modificatorios y el
artículo 102, inciso a), numeral 1 del Decreto N° 1030/2016.
Que corresponde proceder a la adjudicación de acuerdo a la mencionada recomendación.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO y la
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su
competencia.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades otorgadas por el
artículo 6° de la Decisión Administrativa N° 409 de fecha 18 de marzo
de 2020 y el numeral 5 del Anexo de la Disposición N° 48 de fecha 19 de
marzo de 2020 de la Oficina Nacional de Contrataciones, sus normas
modificatorias y complementarias.
Por ello,
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Contratación por emergencia COVID-19 Nº
4/2021, encuadrada en los términos del artículo 3° de la Decisión
Administrativa Nº 409 del 18 de marzo de 2020 y el artículo 1° de la
Disposición ONC N° 48 del 19 de marzo de 2020, llevada a cabo para la
adquisición de QUINIENTOS (500) Monitores y DOS MIL (2.000) Bombas de
Infusión Volumétricas, así como también el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares que como anexo PLIEG-2021-56975869-APN-DCYC#MS
forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°. - Desestímanse las ofertas de las firmas: CEGENS S.A.
(renglón 1, alternativa 1); DRIPLAN S.A. (renglón 1, alternativa 1 y
2); JAEJ S.A. (renglón 1, alternativa 1); PROPATO HNOS. S.A.I.C.
(renglón 1, alternativa 1 y renglón 2, alternativas 1 y 2) y
ULTRASCHALL S.A. (renglón 1, alternativa 1), TECNOIMAGEN S.A. (renglón
2, alternativa 1) y las de las firmas PHILIPS ARGENTINA S.A. (renglón
1, alternativa 1); TECNOIMAGEN S.A. (renglón 1, alternativa 1); JAEJ
S.R.L. (renglón 1, alternativa 2); CEGENS S.A. (renglón 2, alternativa
1); CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A. (renglón 2, alternativa 2)
por las razones expuestas en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 3°. - Adjudícase la presente Contratación por emergencia
COVID-19 Nº 4/2021 a favor de las firmas: TECNOIMAGEN S.A (C.U.I.T. N°
33-70704423-9) para el renglón 1, alternativa 2 por QUINIENTAS (500)
unidades por la suma total de PESOS OCHENTA Y DOS MILLONES CUATRO MIL
($ 82.004.000) y CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A. (C.U.I.T. N°
30-61878318-5) para el renglón 2, alternativa 1, por DOS MIL (2.000)
unidades, por la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y UN MILLONES ($
151.000.000).
ARTÍCULO 4°. - La suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES
CUATRO MIL ($ 233.004.000) deberá ser afectada con cargo a las partidas
presupuestarias de este MINISTERIO DE SALUD para el ejercicio 2021.
ARTÍCULO 5°. - Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES a suscribir las pertinentes órdenes de compra.
ARTÍCULO 6°. - Téngase por desistida la oferta de la firma TECNOIMAGEN
S.A., para el renglón 2, alternativa 1, de acuerdo a lo indicado en los
considerandos.
ARTÍCULO 7°. - Aplícase a la firma TECNOIMAGEN S.A. la penalidad de
pérdida proporcional de la garantía de mantenimiento de oferta,
equivalente a la suma de PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y
TRES MIL OCHOCIENTOS ($ 5.483.800) de acuerdo a lo indicado en los
considerandos de la presente medida.
ARTÍCULO 8°. - Intímase a la firma TECNOIMAGEN S.A. a que en el término
de DIEZ (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la
presente medida, efectúe el pago de la suma de PESOS CINCO MILLONES
CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS ($ 5.843.800) en la
DIRECCIÓN DE TESORERIA Y CONTABILIDAD de este Ministerio, sito en
Avenida 9 de Julio 1925 1° Piso Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo
apercibimiento de iniciar las acciones judiciales para su cobro y
notificar su incumplimiento a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES
para la aplicación de la sanción correspondiente.
ARTÍCULO 9°. - Notifíquese a la firma TECNOIMAGEN S.A. que contra el
presente acto podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración
dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación
o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días
hábiles a partir de su notificación, de conformidad con lo dispuesto
por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos
Administrativos aprobado por el Decreto 1759/72 - T.O. 2017
ARTÍCULO 10°. - Publíquese en la página de la Oficina Nacional de
Contrataciones (ONC), dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
para su publicación por un día en el Boletín Oficial y pase a la
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, a sus efectos.
Carla Vizzotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 22/09/2021 N° 69662/21 v. 22/09/2021
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)