INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución 487/2021
RESOL-2021-487-APN-INASE#MAGYP
Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-59015867-APN-DA#INASE del Registro del
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que existe la necesidad de contar con un mapa de subregiones trigueras
actualizado, con los límites de las subregiones claramente definidos,
en coincidencia con los límites de los Departamentos y Partidos,
siguiendo los patrones definidos por el conjunto con las
características de suelo, relieve y clima (precipitaciones y
temperaturas) de cada región.
Que el mapa de subregiones actualmente vigente data del año 1952 y que
en este mapa hay subregiones con límites parcialmente definidos; los
límites de las subregiones no coinciden con los límites de
Departamentos y Partidos; el mapa solo cubre una porción acotada de los
Departamentos y Partidos que tienen la potencialidad de producir trigo;
los límites de las subregiones actuales no se basan en cambios
definidos de precipitación, temperatura, suelo o relieve; no se cuenta
con una versión del mapa actual en formatos digitales actualmente
utilizados.
Que se elaboró un nuevo mapa de subregiones trigueras, el cual se
adjunta como Anexo, a partir de información que no se contaba en el año
1952.
Que para la elaboración del nuevo mapa se consultaron expertos del
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA), estaciones
experimentales provinciales, universidades nacionales y criaderos de
trigo.
Que el nuevo mapa fue consensuado dentro del Comité de Cereales
Invernales (CCI) asesor de la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS (CONASE) y
elevado a esta última comisión, según consta en el Acta N° 257 de fecha
6 de marzo de 2020 y el Acta Nº 263 de fecha 18 de noviembre de 2020.
Que en igual sentido se ha expedido la Dirección de Registro de
Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo
descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA.
Que según la Resolución N° 108 de fecha 4 de abril de 1997 del
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, la presentación de cultivares al
Régimen de Fiscalización de Semillas requiere hacer referencia a las
subregiones recomendadas del nuevo cultivar, y que el mapa de
subregiones actual presenta los problemas arriba señalados.
Que para otros cereales de invierno producidos en la REPÚBLICA
ARGENTINA: cebada, trigo fideo, centeno, avena y alpiste, no existe un
mapa de subregiones de carácter oficial.
Que para la correcta organización de la Red de Ensayos Comparativos de
Variedades de Trigo (R.E.T.), creada por Resolución N° 7 de fecha 9 de
junio de 2003 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA y
ALIMENTOS del ex – MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y protocolizada
por Resolución N° 323 de fecha 10 de septiembre de 2013 del INSTITUTO
NACIONAL DE SEMILLAS (INASE) organismo descentralizado del ex –
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y para la evaluación de
calidad de los cultivares de trigo pan conforme al Programa Nacional de
Calidad de Trigo (PRONACATRI), creado por Resolución N° 334 de fecha 23
de abril de 2003 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
y ALIMENTOS del ex – MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, se requiere de un
mapa de subregiones actualizado.
Que los Artículos 6º y 22 del Decreto Nº 2.183 de fecha 21 de octubre
de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas
Nº 20.247, facultan al INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE) al
dictado de la misma.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud
de lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de
diciembre de 1991, ratificado por Ley Nº 25.845.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establécese como único mapa referencia de las subregiones
trigueras y de otros cereales invernales de la REPÚBLICA ARGENTINA, el
mapa presentado en el Anexo IF-2021-89713883-APN-INASE#MAGYP, que forma
parte integrante de la presente resolución, el cual es avalado por el
Comité de Cereales Invernales (CCI) según y adoptado por la COMISIÓN
NACIONAL DE SEMILLAS (CONASE) según Acta 478 de fecha 12 de enero de
2021
ARTÍCULO 2º.- El nuevo mapa elaborado en el año 2021 que se implementa
en el Artículo precedente será el que se utilizará para la presentación
de nuevos cultivares de cereales de invierno al Régimen de
Fiscalización de Semillas.
ARTÍCULO 3º.- Los cultivares se recomendarán según las subregiones
contempladas en el nuevo mapa que entra en vigencia a partir de su
publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4º.- La Red de Ensayos de Variedades de Trigo (R.E.T.), el
Programa Nacional Calidad de Trigo (PRONACATRI) y cualquier otra red de
evaluación de cultivares invernales, se ordenará según este mapa.
ARTÍCULO 5º.- Se recomienda la adopción de este nuevo mapa a los fines
educativos y para difundir toda información técnica en el ámbito
público y privado.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese.
Joaquin Manuel Serrano
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/09/2021 N° 70489/21 v. 24/09/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)