Disposición 7382/2021
DI-2021-7382-APN-ANMAT#MS
Ciudad de Buenos Aires, 24/09/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-69919003-APN-DSCLYA#ANMAT del Registro
de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología
Médica; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado la Dirección de Evaluación y Control de
Biológicos y Radiofármacos (Unidad Requirente) del Instituto Nacional
de Medicamentos de esta Administración Nacional propicia la adquisición
de Insumos Descartables para Control de Vacunas Anti COVID-19.
Que bajo GEDO N° IF-2021-69106649-APN-DECBR#ANMAT la Unidad Requirente
brindó los fundamentos técnicos que habilitan a la Unidad Operativa de
Contrataciones (UOC) a proceder en el marco de la emergencia sanitaria
COVID 19.
Que la Coordinación de Compras ha emitido el informe de su competencia
mediante el que aconseja utilizar el sistema de Contratación Directa
por Emergencia COVID-19, ello en virtud de lo establecido en los
Decretos de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de
marzo de 2020 y DECNU-2020-287-APN-PTE del 17 de marzo de 2020, la
Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM del 18 de marzo de
2020 y la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus normas
modificatorias y complementarias.
Que bajo GEDO IF-2021-69983728-APN-DSCLYA#ANMAT se creó el proceso en el portal “COMPR.AR” bajo el número 66-0038-CDI21.
Que bajo GEDO N° IF-2021-75688524-APN-DSCLYA#ANMAT consta las invitaciones a cotizar a los proveedores.
Que bajo N° GEDO IF-2021-75685730-APN-DSCLYA#ANMAT consta la publicidad del proceso 66-0038-CDI21.
Que bajo N° GEDO IF-2021-2021-70177064-APN-DSCLYA#ANMAT la UOC cursó,
de manera complementaria, las invitaciones a cotizar a las firmas
informadas por la Unidad Requirente.
Que bajo N° GEDO IF-2021-75681351-APN-DSCLYA#ANMAT consta el Acta de
Apertura del proceso 66-0038-CDI21 en la que presentaron oferta las
firmas PROCIENAR SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-71021736-6), ESTRUCTURAS
CIENTÍFICAS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-71088136-3), ROSANA MARÍA
LEONOR POLLERO (CUIT N° 27-16910912-0), LOBOV Y CÍA. SOCIEDAD ANÓNIMA
(CUIT N° 30-54167722-0), RAÚL JORGE LEÓN POGGI (CUIT N° 20-08336759-9),
ANTIGUA SAN ROQUE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT N°
30-65687578-6) y ANALEN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT N°:
30-66302412-0).
Que mediante GEDO N° IF-2021-75601202-APN-DSCLYA#ANMAT e
IF-2021-81435584-APN-DSCLYA$ANMAT la UOC realizó las verificaciones
para corroborar el estado registral de los Oferentes en el portal
COMPR.AR, posibles sanciones en el REPSAL y la existencia de deuda
liquida y exigible o previsional ante la AFIP.
Quebajo N° GEDO IF-2021-80568051-APN-DECBR#ANMAT se vinculó el análisis
de las especificaciones técnicas de los productos ofrecidos.
Que bajo GEDO N° IF-2021-85265870-APN-DSCLYA#ANMAT consta la
recomendación de la Unidad Operativa de Contrataciones la que
recomienda calificaren orden de mérito N° 1 para los renglones N° 1, 2,
3 y 4 a la firma PROCIENAR SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-71021736-6),
para los renglones N° 5, 6, 7, 10, 11, 12, 13, 16, 19, 20, 23, 24, 27 y
29 a la firma LOBOV Y CÍA. SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-54167722-0),
para los renglones N° 8, 14, 15 y 26 a la firma ESTRUCTURAS CIENTÍFICAS
SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-71088136-3), para el renglón N° 21 a la
firma ANALEN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT N°
30-66302412-0) y para el renglón N° 28 a la firma ANTIGUA SAN ROQUE
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT N° 30-65687578-6).
Que no se presentaron ofertas para el renglón N° 25 por lo que corresponde declararlo desierto.
Que las ofertas presentadas para los renglones N° 9, 17, 18 y 22 no
resultan válidas por lo que corresponde declararlos fracasados.
Que el procedimiento seguido se halla comprendido dentro de las prescripciones contenidas en las aludidas normas.
Que la Dirección General de Administración y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud de las facultades conferidas en los Decretos de
Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE, DECNU-2020-287-APN-PTE,
la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, la Disposición
DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus normas modificatorias y complementarias y
el Decreto N° 1490/92 y sus modificatorios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19
N°0012/2021 que tiene por objeto la adquisición de Insumos Descartables
para Control de Vacunas Anti COVID-19 conforme con lo establecido en
los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE y
DECNU-2020-287-APN-PTE, la Decisión Administrativa N°
DECAD-2020-409-APN-JGM y la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus
normas modificatorias y complementarias.
ARTÍCULO 2°. - Declaráse desierto el renglón N° 25 del proceso referido por no haberse presentado ofertas.
ARTÍCULO 3°.- Decláranse fracasados los renglones N° 9, 17, 18 y 22 del
proceso referido por no resultar válidas las ofertas presentadas.
ARTÍCULO 4°.- Adjudícanse los renglones N° 1, 2, 3 y 4 de la
CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N° 0012/2021 a la firma PROCIENAR
SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT: 30-71021736-6) por la suma total de PESOS
DOSCIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA ($206.260).
ARTÍCULO 5°.- Adjudícanse los renglones N° 5, 6, 7, 10, 11, 12, 13, 16,
19, 20, 23, 24, 27 y 29 de la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N°
0012/2021 a la firma LOBOV Y CÍA. SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT:
30-54167722-0) por la suma total de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS SESENTA
Y CINCO MIL ONCE CON 44/100 ($1.665.011,44).
ARTÍCULO 6°.- Adjudícanse los renglones N° 8, 14, 15 y 26 de la
CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N° 0012/2021 a la firma
ESTRUCTURAS CIENTÍFICAS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT: 30-71088136-3) por la
suma total de PESOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS ($74.900).
ARTÍCULO 7°.- Adjudícase el renglón N° 21 de la CONTRATACIÓN POR
EMERGENCIA COVID-19 N° 0012/2021 a la firma ANALEN SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT: 30-66302412-0) por la suma total de
PESOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS DIEZ ($15.410).
ARTÍCULO 8°.- Adjudícase el renglón N° 28 de la CONTRATACIÓN POR
EMERGENCIA COVID-19 N° 0012/2021 a la firma ANTIGUA SAN ROQUE SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT: 30-65687578-6) por la suma total de
PESOS SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA ($6.480).
ARTÍCULO 9°.- La suma de PESOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SESENTA Y SEIS
CON 06/100 ($92.166,06) se imputará con cargo a: Fuente de Financiación
12, inciso 2, Partida Principal 5, Partida Parcial 8, Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 10°.- La suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO
MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 38/100 ($1.875.895,38) se imputará
con cargo a: Fuente de Financiación 12, inciso 2, Partida Principal 9,
Partida Parcial 5, Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 11°.- Autorízase a la COORDINACION DE COMPRAS a confeccionar la respectiva Orden de Compra
ARTÍCULO 12°.- Dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para
su publicación. Comuníquese. Dése a la Coordinación de Compras de la
Dirección General de Administración para la difusión de la presente en
el portal de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y a los efectos de
la intervención de su competencia. Oportunamente, archívese.
Manuel Limeres
e. 28/09/2021 N° 71482/21 v. 28/09/2021