Disposición 787/2021
DI-2021-787-APN-CNRT#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 21/09/2021
Visto el Expediente Nº EX-2021-79031224-APN-DCSYL#CNRT, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la Contratación
Directa por Emergencia N° 73-0038-CDI21, denominada “COMPULSA -
COVID-19 Nº 8/2021 - ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE PROTECCIÓN”.
Que la presente contratación tiene lugar de conformidad con lo
dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº
DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las
Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y
DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARÍA DE COMERCIO
INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020, y sus
complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la
Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N°
DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN
MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del coronavirus, como una
PANDEMIA.
Que el presente procedimiento se inició a instancia de lo solicitado
por la DEPARTAMENTO OPERATIVO DE BUENOS AIRES, mediante la Nota Nº
NO-2021-62663481-APN-DOBA#CNRT, a los efectos de adquirir insumos y
elementos de protección necesarios, tanto para el cuerpo de
fiscalizadores, que se encuentran cumpliendo tareas de apoyo y control
en los distintos puntos de fiscalización en el marco de la Pandemia
COVID19.
Que atento a las motivaciones descriptas ut supra, se inició un
procedimiento de selección enmarcado en una “CONTRATACIÓN DIRECTA POR
EMERGENCIA - COVID-19, conforme el procedimiento establecido,
específicamente, en el artículo 3 de la Decisión Administrativa Nº
DECAD-2020-409-APN-JGM, en el Anexo de la Disposición N°
DI-2020-48-APN-ONC#JGM y en el artículo 1º de la Disposición N°
DI-2020-55-APN-ONC#JGM, ambas emitidas por la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES.
Que la convocatoria a presentar ofertas se efectuó en cumplimiento de
lo establecido en el artículo 2° de la Disposición N°
DI-2020-55-APN-ONC#JGM, conforme surge de la constancia incorporada al
Expediente de la referencia como IF-2021-81247284-APN-DCSYL#CNRT,
incluyéndose como parte de ella, todos las condiciones particulares y
técnicas que rigieron la presente contratación en el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares N° PLIEG-2021-79056963-APN-DCSYL#CNRT que como
anexo, forma parte integrante de la presente medida.
Que el 1º de septiembre de 2021, se efectuó el Acto de Apertura,
generándose el acta correspondiente a través del Sistema Electrónico de
Contrataciones de la Administración Nacional “Compr.AR”, recibiéndose
las ofertas de las firmas ALICIA NOEMI DOS SANTOS (CUIT Nº
27-10361280-8), MIKRO BIOL S.A.S. (CUIT Nº 30-71649553-8), PROVEX
S.R.L. (CUIT Nº 30-71517096-1), QUÍMICA CÓRDOBA S.A. (CUIT Nº
33-57611332-9), 152 BIS S.A.S. (CUIT Nº 30-71581078-2) y MANGATA GROUP
S.A.S. (CUIT Nº 30-71635437-3).
Que analizadas las ofertas, el DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y
LOGÍSTICA emitió recomendación mediante el Informe Nº
IF-2021-83171602-APN-DCSYL#CNRT, aconsejando adjudicar: el Renglón Nº 1
a la firma 152 BIS S.A.S., por la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL
QUINIENTOS ($ 47.500.-); y el Renglón Nº 2 a la firma MIKRO BIOL
S.A.S., por la suma de PESOS DIECISEIS MIL ($ 16.000.-), por ser las
ofertas de menor costo y resultar las mismas admisibles y convenientes,
toda vez que se ajustan técnicamente a lo establecido en el Pliego de
Bases y Condiciones Particulares que rige la presente contratación, a
los valores de mercado y a la normativa vigente para este tipo de
procedimientos.
Que la SUBGERENCIA DE CONTABILIDAD, PRESUPUESTO Y RECAUDACIONES informó
la existencia de disponibilidad presupuestaria para afrontar la medida
que tramita por los presentes actuados.
Que intervendrán en la contratación que nos ocupa, los miembros
titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados mediante la
Disposición CNRT DI-2020-125-APN-CNRT#MTR, dictada de conformidad con
lo establecido en el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por
el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y complementarios.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades
establecidas en el artículo 6° de la Decisión Administrativa N°
DECAD-2020-409-APN-JGM, en el artículo 35, inciso b) del “Reglamento de
la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional Nº 24.156”, aprobado por el Decreto Nº 1344/07,
sus modificatorios y complementarios, el Anexo al referido artículo 35,
y lo dispuesto en el artículo 9º, incisos d) y e) del “Reglamento del
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por
Decreto Nº 1030/16 y el Anexo al referido artículo 9º.
Que este acto se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el
Decreto Nº 1388/96 y sus modificatorios, y en los términos del Decreto
Nº 302/2020.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Contratación Directa por Emergencia N°
73-0038-CDI21, denominada “COMPULSA - COVID-19 Nº 8/2021 - ADQUISICIÓN
DE INSUMOS DE PROTECCIÓN”, de conformidad con lo dispuesto por los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nº DECNU-2020-260-APN-PTE y sus
modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas Nº
DECAD-2020-409-APN-JGM y DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la
SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
N° 100/2020, y sus complementarias, la Disposición de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus
modificatorias, la Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la
Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del coronavirus,
como una PANDEMIA.
ARTÍCULO 2.- Apruébase las condiciones particulares y técnicas que
rigieron la presente contratación como Pliego de Bases y Condiciones
Particulares N° PLIEG-2021-79056963-APN-DCSYL#CNRT que como anexo,
forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Adjudícase el Renglón Nº 1 a la firma 152 BIS S.A.S. por
la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($ 47.500.-); y el
Renglón Nº 2 a la firma MIKRO BIOL S.A.S. por la suma de PESOS
DIECISEIS MIL ($ 16.000.-), por ser las ofertas de menor costo y
resultar las mismas admisibles y convenientes, toda vez que se ajustan
técnicamente a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares que rige la presente contratación, a los valores de
mercado y a la normativa vigente para este tipo de procedimientos,
conforme surge del informe de recomendación elaborado por el
DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y LOGÍSTICA mediante el Informe Nº
IF-2021-83171602-APN-DCSYL#CNRT.
ARTÍCULO 4°.- Establézcase que intervendrán en la recepción de los
bienes a que se refiere el artículo 1º de la presente Disposición, los
miembros que integran la Comisión de Recepción de la COMISIÓN NACIONAL
DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados por la Disposición CNRT Nº
DI-2020-125-APN-CNRT#MTR dictada de conformidad con lo establecido en
el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto
N° 1030/16, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
Disposición por el monto total de PESOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS
($ 63.500.-), se imputará con cargo para el ejercicio presupuestario y
a las partidas que correspondan.
ARTÍCULO 6°.- Dese intervención a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS.
ARTÍCULO 7°.- Publíquese la presente medida en el Portal de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES, y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de
UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificada la presente,
según lo establecido en el punto 8° del Anexo a la Disposición N°
48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación en los términos consignados en el artículo
anterior y archívese.
Jose Ramon Arteaga
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en “COMPR.AR”.
e. 29/09/2021 N° 72030/21 v. 29/09/2021