COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

Disposición 787/2021

DI-2021-787-APN-CNRT#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 21/09/2021

Visto el Expediente Nº EX-2021-79031224-APN-DCSYL#CNRT, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la Contratación Directa por Emergencia N° 73-0038-CDI21, denominada “COMPULSA - COVID-19 Nº 8/2021 - ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE PROTECCIÓN”.

Que la presente contratación tiene lugar de conformidad con lo dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020, y sus complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del coronavirus, como una PANDEMIA.

Que el presente procedimiento se inició a instancia de lo solicitado por la DEPARTAMENTO OPERATIVO DE BUENOS AIRES, mediante la Nota Nº NO-2021-62663481-APN-DOBA#CNRT, a los efectos de adquirir insumos y elementos de protección necesarios, tanto para el cuerpo de fiscalizadores, que se encuentran cumpliendo tareas de apoyo y control en los distintos puntos de fiscalización en el marco de la Pandemia COVID19.

Que atento a las motivaciones descriptas ut supra, se inició un procedimiento de selección enmarcado en una “CONTRATACIÓN DIRECTA POR EMERGENCIA - COVID-19, conforme el procedimiento establecido, específicamente, en el artículo 3 de la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM, en el Anexo de la Disposición N° DI-2020-48-APN-ONC#JGM y en el artículo 1º de la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, ambas emitidas por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

Que la convocatoria a presentar ofertas se efectuó en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2° de la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, conforme surge de la constancia incorporada al Expediente de la referencia como IF-2021-81247284-APN-DCSYL#CNRT, incluyéndose como parte de ella, todos las condiciones particulares y técnicas que rigieron la presente contratación en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2021-79056963-APN-DCSYL#CNRT que como anexo, forma parte integrante de la presente medida.

Que el 1º de septiembre de 2021, se efectuó el Acto de Apertura, generándose el acta correspondiente a través del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “Compr.AR”, recibiéndose las ofertas de las firmas ALICIA NOEMI DOS SANTOS (CUIT Nº 27-10361280-8), MIKRO BIOL S.A.S. (CUIT Nº 30-71649553-8), PROVEX S.R.L. (CUIT Nº 30-71517096-1), QUÍMICA CÓRDOBA S.A. (CUIT Nº 33-57611332-9), 152 BIS S.A.S. (CUIT Nº 30-71581078-2) y MANGATA GROUP S.A.S. (CUIT Nº 30-71635437-3).

Que analizadas las ofertas, el DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y LOGÍSTICA emitió recomendación mediante el Informe Nº IF-2021-83171602-APN-DCSYL#CNRT, aconsejando adjudicar: el Renglón Nº 1 a la firma 152 BIS S.A.S., por la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($ 47.500.-); y el Renglón Nº 2 a la firma MIKRO BIOL S.A.S., por la suma de PESOS DIECISEIS MIL ($ 16.000.-), por ser las ofertas de menor costo y resultar las mismas admisibles y convenientes, toda vez que se ajustan técnicamente a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la presente contratación, a los valores de mercado y a la normativa vigente para este tipo de procedimientos.

Que la SUBGERENCIA DE CONTABILIDAD, PRESUPUESTO Y RECAUDACIONES informó la existencia de disponibilidad presupuestaria para afrontar la medida que tramita por los presentes actuados.

Que intervendrán en la contratación que nos ocupa, los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados mediante la Disposición CNRT DI-2020-125-APN-CNRT#MTR, dictada de conformidad con lo establecido en el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y complementarios.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades establecidas en el artículo 6° de la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, en el artículo 35, inciso b) del “Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156”, aprobado por el Decreto Nº 1344/07, sus modificatorios y complementarios, el Anexo al referido artículo 35, y lo dispuesto en el artículo 9º, incisos d) y e) del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por Decreto Nº 1030/16 y el Anexo al referido artículo 9º.

Que este acto se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 1388/96 y sus modificatorios, y en los términos del Decreto Nº 302/2020.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Contratación Directa por Emergencia N° 73-0038-CDI21, denominada “COMPULSA - COVID-19 Nº 8/2021 - ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE PROTECCIÓN”, de conformidad con lo dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020, y sus complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del coronavirus, como una PANDEMIA.

ARTÍCULO 2.- Apruébase las condiciones particulares y técnicas que rigieron la presente contratación como Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2021-79056963-APN-DCSYL#CNRT que como anexo, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Adjudícase el Renglón Nº 1 a la firma 152 BIS S.A.S. por la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($ 47.500.-); y el Renglón Nº 2 a la firma MIKRO BIOL S.A.S. por la suma de PESOS DIECISEIS MIL ($ 16.000.-), por ser las ofertas de menor costo y resultar las mismas admisibles y convenientes, toda vez que se ajustan técnicamente a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la presente contratación, a los valores de mercado y a la normativa vigente para este tipo de procedimientos, conforme surge del informe de recomendación elaborado por el DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y LOGÍSTICA mediante el Informe Nº IF-2021-83171602-APN-DCSYL#CNRT.

ARTÍCULO 4°.- Establézcase que intervendrán en la recepción de los bienes a que se refiere el artículo 1º de la presente Disposición, los miembros que integran la Comisión de Recepción de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados por la Disposición CNRT Nº DI-2020-125-APN-CNRT#MTR dictada de conformidad con lo establecido en el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Disposición por el monto total de PESOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS ($ 63.500.-), se imputará con cargo para el ejercicio presupuestario y a las partidas que correspondan.

ARTÍCULO 6°.- Dese intervención a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS.

ARTÍCULO 7°.- Publíquese la presente medida en el Portal de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificada la presente, según lo establecido en el punto 8° del Anexo a la Disposición N° 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en los términos consignados en el artículo anterior y archívese.

Jose Ramon Arteaga

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en “COMPR.AR”.

e. 29/09/2021 N° 72030/21 v. 29/09/2021