SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
Decreto 670/2021
DCTO-2021-670-APN-PTE - Dase por designada Directora de Procesos y Certificaciones.
Ciudad de Buenos Aires, 29/09/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-81108933-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.591,
los Decretos Nros. 78 del 20 de enero de 2000 y sus modificatorios,
2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios,
355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio y 50 del 19 de diciembre
de 2019 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios vacantes y financiados presupuestariamente en las
Jurisdicciones y unidades organizativas dependientes de la Presidencia
de la Nación, de conformidad con las estructuras organizativas, será
efectuada por el Presidente de la Nación.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y
sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los
correspondientes a la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN.
Que por el Decreto N° 78/00 se aprobó la estructura organizativa de la citada Secretaría.
Que resulta necesario incorporar al Nomenclador de Funciones Ejecutivas
del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°
2098/08, la Dirección de Procesos y Certificaciones de la DIRECCIÓN
GENERAL DE SISTEMAS INFORMÁTICOS de la SUBSECRETARÍA TÉCNICA de la
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que, asimismo, resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del citado cargo.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
por el artículo 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Incorpórase al Nomenclador de Funciones Ejecutivas del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°
2098/08, el cargo dependiente de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con el detalle obrante en la
PLANILLA ANEXA (IF-2021-85295041-APN-DNDO#JGM) al presente artículo,
que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Dase por designada con carácter transitorio, a partir del
1° de septiembre de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles, a la señora María Agueda PERRIER GUSTÍN (D.N.I. N° 26.419.154)
en el cargo de Directora de Procesos y Certificaciones de la DIRECCIÓN
GENERAL DE SISTEMAS INFORMÁTICOS de la SUBSECRETARÍA TÉCNICA de la
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B -
Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto
N° 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel III del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
y se efectúa la presente designación transitoria con autorización
excepcional por no reunir la señora PERRIER GUSTÍN los requisitos
mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 3°.- El cargo involucrado en el artículo 2° de la presente
medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 1° de
septiembre de 2021.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la
Jurisdicción 20 - 02 SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/09/2021 N° 72875/21 v. 30/09/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)