INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 1210/2021
RESOL-2021-1210-APN-INCAA#MC
Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2021
VISTO el EX-2021-81876476-APN-GCYCG#INCAA del Registro del Instituto
Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, la Ley 17.741 (t.o. 2001) y sus
modificatorias y los Decretos Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002 y
N° 90 de fecha 20 de enero de 2020, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001), y sus modificatorias, tiene como
objetivos fundamentales el fomento y la regulación de la actividad
cinematográfica en todo el territorio nacional.
Que el Artículo 24 del mismo cuerpo legal establece, entre otros ítems,
que el Fondo de Fomento se aplicará al mantenimiento de la ESCUELA
NACIONAL DE EXPERIMENTACIÓN Y REALIZACIÓN CINEMATOGRÁFICA, la
CINEMATECA NACIONAL y una biblioteca especializada.
Que la ESCUELA NACIONAL DE EXPERIMENTACIÓN Y REALIZACIÓN
CINEMATOGRÁFICA cuenta con varios espacios específicos para su buen
funcionamiento.
Que uno de estos espacios es el Área Técnica, donde se custodian todos
los equipos de filmación y/o grabación para prácticos en la escuela,
rodajes en exteriores o en otras locaciones, y también se realiza su
mantenimiento, reparaciones y services que necesiten.
Que en el Área Técnica dependiente de la ESCUELA NACIONAL DE
EXPERIMENTACIÓN Y REALIZACIÓN CINEMATOGRÁFICA se desempeñó como Jefe,
durante más de veinte años, el Sr. Hernán BULDRINI; quien no solo
cumplió su labor, sino que también compartió su conocimiento con
compañeros/as y alumnos/as.
Que en este sentido, se ha considerado oportuno asignarle el nombre de HERNAN BULDRINI, a dicha área.
Que la Gerencia General y la Gerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.
Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley N°
17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y los Decretos Nº 1536/2002 y
N° 90/2020.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establecer que a partir de la fecha de la presente
Resolución, el Área Técnica dependiente de la ESCUELA NACIONAL DE
EXPERIMENTACIÓN Y REALIZACIÓN CINEMATOGRÁFICA se denominará HERNAN
BULDRINI.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, desde a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese.
Luis Adalberto Puenzo
e. 13/10/2021 N° 76095/21 v. 13/10/2021