MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 651/2021
RESOL-2021-651-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 08/10/2021
VISTO el expediente EX-2021-43001326- -APN-CNA#MTYD, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 formulado por la
Comisión Nacional Antidopaje (CNAD), organismo actuante en el ámbito
del Ministerio de Turismo y Deportes.
Que la ley 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Capítulo III del
Título II, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos
Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración
Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2021 de la Comisión Nacional Antidopaje (CNAD), organismo
actuante en el ámbito del Ministerio de Turismo y Deportes, de acuerdo
al detalle obrante en los anexos I (IF-2021-91508266-APN-SSP#MEC) y II
(IF-2021-81955424-APN-SSP#MEC), que integran esta medida.
ARTÍCULO 2º.- Estímanse en la suma de ochenta y ocho millones
novecientos trece mil novecientos cincuenta y dos pesos ($ 88.913.952)
los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de noventa y dos millones
novecientos cincuenta y dos mil novecientos cuarenta y seis pesos ($
92.952.946) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Económico (Desahorro) estimado en cuatro
millones treinta y ocho mil novecientos noventa y cuatro pesos ($
4.038.994), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del
anexo II (IF-2021-81955424-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3º.- Estímanse en la suma de cero pesos ($ 0) los recursos de
capital y fíjanse en la suma de cuatrocientos cuarenta y ocho mil
ciento cuarenta y cinco pesos ($ 448.145) los gastos de capital, y como
consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico
establecido en el artículo 2º de esta resolución, estímase el Resultado
Financiero (Déficit) para el ejercicio 2021, en la suma de cuatro
millones cuatrocientos ochenta y siete mil ciento treinta y nueve pesos
($ 4.487.139), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas
del anexo II (IF-2021-81955424-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/10/2021 N° 76219/21 v. 13/10/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)