UNIDAD
DE COMUNICACIÓN DE GESTIÓN PRESIDENCIAL
Decreto 710/2021
DCTO-2021-710-APN-PTE - Créase y
desígnase Titular.
Ciudad de Buenos Aires, 14/10/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2021-97625104-APN-DNDO#JGM, los Decretos
Nros. 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio y 50 del 19 de
diciembre de 2019 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y
se establecieron, asimismo, sus objetivos y los ámbitos
jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y
descentralizados.
Que por razones de optimización de la gestión de gobierno resulta
necesario modificar los objetivos de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y
PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y de la SUBSECRETARÍA DE
COMUNICACIÓN Y PRENSA que le depende.
Que, asimismo, resulta necesario proceder a la creación de la Unidad de
Comunicación de Gestión Presidencial, como cargo extraescalafonario con
rango y jerarquía de Ministro o Ministra.
Que por el Decreto N° 355/17 se dispuso que las designaciones
correspondientes a cargos de Subsecretario o Subsecretaria o de rango o
jerarquía equivalente o superior y de titulares o integrantes de
órganos superiores de entes descentralizados, cualquiera sea su
denominación o naturaleza jurídica, serán efectuadas por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la
SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA y la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA
SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO han tomado la intervención que les compete.
Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Suprímense del Anexo II -Objetivos- aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN el Objetivo 10 y en la SUBSECRETARÍA DE
COMUNICACIÓN Y PRENSA, los Objetivos 5 y 9.
ARTÍCULO 2°.- Créase, con dependencia directa de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, la Unidad de Comunicación de Gestión Presidencial como cargo
extraescalafonario con rango y jerarquía de Ministro o Ministra, cuyas
funciones se detallan en la planilla anexa al presente artículo que
forma parte integrante del presente decreto
(IF-2021-98132702-APN-DNDO#JGM).
(Nota Infoleg: por art. 1° del Decreto N° 404/2022 B.O. 15/7/2022 se suprime la Unidad de Comunicación de Gestión
Presidencial, cargo extraescalafonario con dependencia directa de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con rango y jerarquía de Ministro o Ministra
creado por el presente artículo. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)
ARTÍCULO 3°.- Desígnase, a partir de la fecha de la presente medida, en
el cargo de titular de la Unidad de Comunicación de Gestión
Presidencial a la señora Gabriela Carla CERRUTI (D.N.I. N° 17.875.702).
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto
será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto
vigente de la Jurisdicción 20 – PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - E/E Eduardo Enrique de Pedro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 15/10/2021 N° 77477/21 v. 15/10/2021
PLANILLA
ANEXA AL ARTÍCULO 2
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
UNIDAD DE COMUNICACIÓN DE GESTIÓN
PRESIDENCIAL
FUNCIONES:
1. Actuar en calidad de portavoz de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
comunicando las medidas de gobierno.
2. Entender en el diseño y la articulación de la estrategia de
comunicación presidencial y en la difusión de los objetivos de gestión
del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
3. Asistir a la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en la tarea de brindar la
información pertinente referida a las diversas actividades
desarrolladas en la gestión de Gobierno.
4. Articular con la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN la planificación, ejecución y supervisión de
la política de prensa y comunicación presidencial.
5. Articular con la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN la información que se brinda sobre la gestión
de gobierno a los medios de comunicación, nacionales, provinciales,
locales e internacionales.
IF-2021-98132702-APN-DNDO#JGM