MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL
Resolución 121/2021
RESOL-2021-121-APN-SABYDR#MAGYP
Ciudad de Buenos Aires, 14/10/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2021-31915629- -APN-DGD#MAGYP del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y,
CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución Nº RESOL-2017-190-MA de fecha 8 de agosto de
2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se creó el PROGRAMA DE
FOMENTO DE LA BIOECONOMÍA en el ámbito de la entonces SUBSECRETARÍA DE
BIOINDUSTRIA de la ex – SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del precitado
ex - Ministerio.
Que el citado Programa tiene como principal objetivo fomentar el
desarrollo de la Bioeconomía como estrategia para la agregación de
valor, una mayor eficiencia en el uso de los recursos y el desarrollo
territorial en forma sustentable y sostenible.
Que la Bioeconomía se ha transformado en un medio válido de
organización económica y social para el logro de los nuevos objetivos
del desarrollo, recientemente resumidos por las NACIONES UNIDAS en su
Agenda 2030.
Que el Artículo 5° de la mencionada Resolución Nº RESOL-2017-190-MA
otorga a la ex- SUBSECRETARÍA DE BIOINDUSTRIA de la entonces SECRETARÍA
DE AGREGADO DE VALOR del ex - MINISTERO DE AGROINDUSTRIA la facultad de
dictar las normas interpretativas y complementarias que resulten
menester para mejorar la ejecución del aludido Programa.
Que por la Resolución Nº RESOL-2018-58-APN-SAYBI#MA de fecha 26 de
julio de 2018 de la ex – SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del
entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se delegó la Ejecución del
PROGRAMA DE FOMENTO DE LA BIOECONOMÍA, a la órbita de la entonces
Dirección de Bioenergía de la mencionada ex –Secretaría.
Que conforme al Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y su
modificatorio, la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO
REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA tiene entre
sus objetivos ejecutar el PROGRAMA DE FOMENTO DE LA BIOECONOMÍA.
Que en virtud de la re-estructuración del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, y teniendo en cuenta las atribuciones propias de la
SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL, se estima
oportuno delegar la ejecución del PROGRAMA DE FOMENTO DE LA BIOECONOMÍA
a la Dirección Nacional de Bioeconomía de la precitada Secretaría, la
cual tiene entre sus funciones, proponer y coordinar el diseño y
gestión de las actividades vinculadas a la biotecnología, la
bioenergía, la innovación y el conocimiento, originadas en las
actividades agroalimentarias, y promover un desarrollo productivo y
sustentable del medioambiente, y la de asistir en la ejecución y
coordinación de políticas de promoción, desarrollo y financiamiento de
las actividades de transformación bioenergética y biotecnológica
mediante la ejecución de programas, asistencia técnica y financiera, en
coordinación con las áreas con competencia en la materia, entre otras.
Que la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
otorgadas por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y su
modificatorio, y por la mencionada Resolución Nº RESOL-2017-190-MA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Delégase la Ejecución del PROGRAMA DE FOMENTO DE LA
BIOECONOMÍA, en adelante el PROGRAMA, a la órbita de la Dirección
Nacional de Bioeconomía de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y
DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Reglamento Interno que, como Anexo
registrado con el Nº IF-2021-51896768-APN-DNB#MAGYP forma parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Elabórese el Plan de Acción para la Bioeconomía, para
cuyo desarrollo se contará con un fondo de financiamiento que será
asignado a la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO
REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA, conforme los
procedimientos aplicables.
ARTÍCULO 4º.- Establécese que dicho fondo contará con un presupuesto
inicial de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000), el cual será
atendido en función de la disponibilidad presupuestaria del Programa 44
- Políticas para Incrementar el Agregado de Valor en las Cadenas
Agroindustriales, Servicio Administrativo Financiero 363, Jurisdicción
52 – MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
ARTÍCULO 5º.- Derógase la Resolución Nº RESOL-2018-58-APN-SAYBI#MA de
fecha 26 de julio de 2018 de la ex – SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y
BIOECONOMÍA del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Marcelo Eduardo Alos
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: www.magyp.gob.ar/normativa/
e. 18/10/2021 N° 77462/21 v. 18/10/2021