SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
Resolución 737/2021
RESOL-2021-737-APN-SSN#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 14/10/2021
VISTO el Expediente EX-2021-02818121-APN-GA#SSN, el Decreto Nº 2.098 de
fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y complementarios, la
Decisión Administrativa Nº 616 de fecha 10 de agosto de 2017 y sus
modificatorias, la Resolución RESOL-2017-40715-APN-SSN#MF de fecha 17
de agosto y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa Nº 616 de fecha 10 de agosto de 2017
y sus modificatorias se aprobó la estructura organizativa de primer
nivel operativo de esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN,
Organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE
ECONOMÍA.
Que por el Artículo 3º de la citada norma se facultó a su titular,
previa intervención de la entonces SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar la
estructura organizativa de nivel inferior.
Que por la Resolución RESOL-2017-40715-APN-SSN#MF de fecha 17 de agosto
y sus modificatorias se aprobó la estructura organizativa de segundo
nivel operativo del Organismo.
Que las necesidades de gestión tornan menester efectuar modificaciones
en la estructura de segundo nivel operativo del Organismo, sin que ello
implique incremento de las unidades organizativas que lo componen ni de
las correspondientes partidas presupuestarias, y homologar diversos
cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo
Público (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.
Que la presente medida no genera erogación presupuestaria para el ESTADO NACIONAL.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN ha dictaminado en orden al particular.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por los Artículos 17 del Decreto N° 1.545 de fecha 31 de
agosto de 1994 y 3º de la Decisión Administrativa Nº 616 de fecha 10 de
agosto de 2017.
Por ello,
LA SUPERINTENDENTA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el Anexo I del Artículo 1º de la Resolución
RESOL-2017-40715-APN-SSN#MF de fecha 17 de agosto y sus modificatorias,
correspondiente a la estructura organizativa de segundo nivel operativo
de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, por el que, con igual
denominación, obra en la Planilla Anexa al presente Artículo
(IF-2021-92252222-APN-GA#SSN), que forma parte integrante de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Suprímense del Anexo II del Artículo 1º de la Resolución
RESOL-2017-40715-APN-SSN#MF de fecha 17 de agosto y sus modificatorias,
las acciones de la Subgerencia de Tecnología y Comunicaciones
dependiente de la Gerencia Administrativa.
ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse al Anexo II del Artículo 1º de la Resolución
RESOL-2017-40715-APN-SSN#MF de fecha 17 de agosto y sus modificatorias,
las acciones de la Subgerencia de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, dependiente de la Gerencia de Coordinación General, y
sustitúyense en el mismo Anexo II las acciones de la Subgerencia de
Recursos Humanos, dependiente de la Gerencia Administrativa y de la
Subgerencia de Procesos, dependiente de la Gerencia de Liquidaciones de
Entidades Controladas, de conformidad con el detalle obrante en la
Planilla Anexa al presente Artículo (IF-2021-92260956-APN-GA#SSN), que
forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- Homológanse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema
Nacional de Empleo Público (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº
2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, los cargos pertenecientes a esta SUPERINTENDENCIA DE
SEGUROS DE LA NACIÓN, Organismo descentralizado actuante en la órbita
del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de conformidad con el detalle obrante en la
Planilla Anexa al presente Artículo (IF-2021-92264547-APN-GA#SSN), que
forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mirta Adriana Guida
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 18/10/2021 N° 77760/21 v. 18/10/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)