MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES
Resolución 110/2021
RESOL-2021-110-APN-SPYMEYE#MDP
Ciudad de Buenos Aires, 20/10/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-28093164- -APN-DGD#MDP, las Leyes Nros.
24.467 y sus modificaciones y 25.300 y sus modificatorias, los Decretos
Nros. 11 de fecha 7 de enero de 2014 y 50 de fecha 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 1.212 de fecha 1 de
octubre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y su modificatoria,
y 20 de fecha 7 de abril de 2021 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO, el Contrato de Préstamo BID Nº 2923/OC-AR suscripto por el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y la REPÚBLICA ARGENTINA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 11 de fecha 7 de enero de 2014, se aprobó el
Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1145, con destino al PROGRAMA DE
APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
(MiPyME), el que fuera suscripto bajo la denominación Contrato de
Préstamo BID Nº 2923/OC-AR por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(BID) y la REPÚBLICA ARGENTINA con fecha 26 de marzo de 2014.
Que por el Artículo 4º del citado decreto, la ex SECRETARÍA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE
INDUSTRIA fue designada como Organismo Ejecutor del PROGRAMA DE APOYO A
LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).
Que por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría,
estableciendo entre los objetivos de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO, el carácter de Autoridad de Aplicación en la aplicación de
las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros.
24.467 y sus modificaciones y 25.300 y sus modificaciones.
Que mediante la Resolución Nº 1.212 de fecha 1 de octubre de 2014 de la
ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y su modificatoria, y a fin de implementar
la ejecución del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO,
PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), se aprobó el Reglamento
Operativo de conformidad con lo establecido en el “Apartado a) de la
Cláusula 3.02 Condiciones previas al primer desembolso del Capítulo III
– Desembolsos” del Contrato de Préstamo BID Nº 2.923/OC-AR.
Que el Reglamento Operativo del mencionado Programa establece los
términos, condiciones y procedimientos a ser observados por las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas interesadas en participar del mismo.
Que por el Artículo 1° de la Resolución N° 20 de fecha 7 de abril de
2021 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS
EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se aprobó la
convocatoria a la presentación de Proyectos de Desarrollo Empresarial
PAC en el marco del Documento Ejecutivo del Préstamo BID 2923 OC/AR.
Que el Artículo 2° de la mencionada resolución aprobó el “Documento
Ejecutivo Componente 1 Asistencia Técnica a MiPyMe”, por el cual se
rige dicha convocatoria y la presentación y ejecución de proyectos en
el marco del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS
Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).
Que a los fines de incentivar e incrementar el ingreso de proyectos de
las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) en la convocatoria
indicada, se estima conveniente realizar modificaciones a las bases y
condiciones que rigen la convocatoria y que fueran aprobadas por el
Artículo 2° de la Resolución N° 20/21 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES.
Que los cambios al “Documento Ejecutivo de las Bases y Condiciones de
la convocatoria para el Componente 1 Asistencia Técnica a MiPyMe”, para
los proyectos que ingresen a partir de su entrada en vigencia,
consisten en: (i) prorrogar al día 26 de marzo de 2022 inclusive el
plazo de cierre de la convocatoria; (ii) aumentar el monto máximo de
los Aportes No Reembolsables (ANR) a PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000);
(iii) reconocer gastos de formulación y acompañamiento de los proyectos
presentados por un monto equivalente al CINCO POR CIENTO (5 %) del ANR
aprobado con un tope de PESOS CIEN MIL ($ 100.000); (iv) habilitar la
opción del anticipo como forma de desembolso de los ANR; y (v)
simplificar los procedimientos para agilizar la evaluación de la
documentación de los proyectos pre aprobados, las solicitudes de
cambios en la ejecución del proyecto, y las solicitudes de desembolso
en la etapa de rendición tanto de los proyectos ya presentados en el
marco de la Resolución N° 20/21 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES como los que se presenten a partir
de la publicación de la presente resolución.
Que conforme el Informe Gráfico obrante como
IF-2021-27966373-APN-DNGYPP#MDP en las actuaciones de la referencia, el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) ha manifestado su “No
Objeción” al nuevo “Documento Ejecutivo de las Bases y Condiciones de
la convocatoria para el Componente 1 Asistencia Técnica a MiPyMe” que
por la presente se propicia.
Que, por su parte, la Dirección General de Programas y Proyectos
Especiales y Sectoriales, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, ha tomado la
intervención de su competencia, sin efectuar observaciones respecto al
“Documento Ejecutivo” mencionado.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Artículo 4º del Decreto N° 11/14 y por el Decreto Nº 50/19 y sus
modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “Documento Ejecutivo de las Bases y
Condiciones de la convocatoria para el Componente 1 Asistencia Técnica
a MiPyMe”, que como Anexo IF-2021-99458646-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte
integrante de la presente resolución, por el cual se regirá la
convocatoria, presentación y ejecución de Proyectos de Desarrollo
Empresarial PAC en el marco del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD
PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME) de la SECRETARÍA DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO, que fuera aprobada por la Resolución N° 20 de
fecha 7 de abril de 2021 de la mencionada Secretaría.
ARTÍCULO 2°.- Déjase establecido que aquellas empresas que hubiesen
presentado un proyecto, en el marco de las Bases y Condiciones
aprobadas mediante la Resolución N° 20/21 de la SECRETARÍA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES, podrán optar por la
modalidad de desembolso mediante anticipo cumpliendo los requisitos
previstos para tal modalidad en el Documento Ejecutivo aprobado por la
presente medida, y respecto de las actividades aprobadas en el marco de
Proyectos de Desarrollo Empresarial (PDE) presentado, cuya ejecución
sea posterior a la publicación de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo Merediz
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/10/2021 N° 79491/21 v. 21/10/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)