ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 366/2021
RESOL-2021-366-APN-ANAC#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 25/10/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2021-62594950-APN-ANAC#MTR la Ley N° 13.891 y el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Expediente citado en el Visto, la DIRECCIÓN GENERAL DE
INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS (DGIYSA) de esta
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) elaboró un proyecto
para la actualización del Plan de Acción del Estado Argentino para la
Reducción de Emisiones de CO2 en la Aviación.
Que, en virtud de lo solicitado oportunamente por la Resolución A37-19
de la Asamblea de la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL
(OACI), el Estado Argentino remitió, en febrero del año 2013, el Plan
de Acción de Reducción de Emisiones de Emisiones de CO2 en la Aviación.
Que, conforme lo establecido en los párrafos 11 y 12 de la Resolución
A40-18 de la Asamblea de la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL
INTERNACIONAL (OACI), se invita a los Estados a actualizar los
mencionados planes de acción de forma trienal.
Que asimismo, mediante Carta a los Estados N° LT 22/3-SA184 y N° LT
22/3– SA013 de la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI),
se solicito al Estado Argentino, preparar y remitir la actualización
del Plan de Acción del Estado Argentino para la Reducción de CO2 en el
sector de aviación.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIONES DE NAVEGACIÓN AÉREA (DNINA),
la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) y la DIRECCIÓN
NACIONAL DE TRANSPORTE AÉREO (DNTA), todas de esta ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), han tomado la intervención en las
áreas de su competencia.
Que la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA
S.E) y el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
(ORSNA), han tomado la intervención en las áreas de su competencia.
Que la Empresa AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA y la Empresa
INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (INTERCARGO S.A.U), han tomado
la intervención en las áreas de su competencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTYA), de esta
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el texto de la Edición 2021 del “Plan de Acción
del Estado Argentino para la Reducción de Emisiones de CO2 en la
Aviación”, que como Anexo GDE N° IF-2021-101617650-APN-ANAC#MTR forma
parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Notifíquese a la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y
SERVICIOS AEROPORTUARIOS (DGIYSA), a la DIRECCIÓN NACIONAL DE
INSPECCIONES DE NAVEGACIÓN AÉREA (DNINA), a la DIRECCIÓN NACIONAL DE
SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) y a la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE
AÉREO (DNTA) todas dependientes de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE
AVIACIÓN CIVIL (ANAC), a la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA
SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E), al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), a la Empresas AEROLÍNEAS ARGENTINAS
SOCIEDAD ANÓNIMA e INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (INTERCARGO
S.A.U).
ARTÍCULO 3º.- Dese intervención a la UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL
DE GESTIÓN (UPYCG) de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
(ANAC), difúndase mediante las publicaciones de información aeronáutica
y sitio “web” institucional de esta Administración Nacional.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL y cumplido, archívese.
Paola Tamburelli
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en:
https://www.argentina.gob.ar/anac/normativa
e. 27/10/2021 N° 81256/21 v. 27/10/2021