COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
Disposición 932/2021
DI-2021-932-APN-CNRT#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 21/10/2021
Visto el Expediente N° EX-2021-84949725-APN-DCSYL#CNRT, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, tramita la Contratación
Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia Nº 73-0042-CDI21 –
denominada COMPULSA – COVID 19 – N° 9/2021 – ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE
PROTECCIÓN PARA EL PERSONAL EN EL MARCO DE LA PANDEMIA POR COVID-19.
Que la presente contratación tiene lugar de conformidad con lo
dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las
Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y
DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARIA DE COMERCIO
INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020 y sus
complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la
Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N°
DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN
MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID 19, como una PANDEMIA.
Que dicho procedimiento se inició a instancias de lo solicitado por la
GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DE GESTIÓN FERROVIARIA mediante la Nota N°
NO-2021-68427828-APN-GFGF#CNRT, la GERENCIA DE FISCALIZACIÓN TÉCNICA
FERROVIARIA mediante la Nota N° NO-2021-72842279-APN-GFTF#CNRT y la
SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS mediante la Nota N°
NO-2021-84113487-APN-SRRHH#CNRT, a los efectos de adquirir insumos y
elementos de protección necesarios, tanto para el cuerpo de
fiscalizadores, que se encuentran cumpliendo tareas de apoyo y control
en los distintos puntos de fiscalización en el marco de la Pandemia
COVID19.
Que corresponde encuadrar el presente trámite, en una Contratación
DIRECTA POR EMERGENCIA, de acuerdo a lo previsto, específicamente, en
el artículo 3° de la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM,
en el Anexo de la Disposición N° DI-2020-48-APN-ONC#JGM y en el
artículo 1° de la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, ambas emitidas
por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
Que la convocatoria a presentar ofertas se efectuó en cumplimiento de
lo establecido en el artículo 2° de la Disposición N°
DI-2020-55-APN-ONC#JGM, conforme surge de la constancia incorporada al
expediente de la referencia como informe N°
IF-2021-91951086-APN-DCSYL#CNRT, incluyéndose como parte de ella, todos
las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente
contratación en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N°
PLIEG-2021-85088256-APN-DCSYL#CNRT que como anexo, forma parte
integrante de la presente medida.
Que el 21 de septiembre de 2021, se efectuó el Acto de Apertura,
generándose el acta correspondiente a través del Sistema Electrónico de
Contrataciones de la Administración Nacional “Compr.AR”, recibiéndose
las ofertas de las firmas MIKRO BIOL S.A.S. (CUIT N° 30-71649553-8),
UNOLEX S.A. (CUIT N° 33-70936634-9), TRIGEMIOS S.R.L. (CUIT N°
30-71154458-1), la señora ROSANA MARIA LEONOR POLLERO (CUIT N°
27-16910912-0), la firma ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. (CUIT N°
30-65687578-6) y el señor ANDRES DIEGO MACRI (CUIT N° 20-25865861-3).
Que, analizadas las ofertas el DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y
LOGÍSTICA emitió recomendación mediante el Informe N°
IF-2021-92289675-APN-DCSYL#CNRT, aconsejando adjudicar los Renglones
Nros. 1, 2, 5 y 7 al señor ANDRES DIEGO MACRI por la suma de PESOS
CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ($ 155.500.-), los Renglones
Nros. 3, 4, 9 y 10 a la firma ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. por la suma de
PESOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO ($ 53.441.-) y
el Renglón N° 6 a la firma UNOLEX S.A. por la suma de PESOS NUEVE MIL
($ 9.000.-), por resultar sus ofertas admisibles y convenientes,
ajustarse técnicamente a lo establecido en el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares PLIEG-2021-85088256-DCSYL#CNRT que rige la
presente contratación, cumplir con la documentación solicitada en el
mencionado Pliego, cumplir con lo solicitado por las Unidades
Requirentes y resultar sus precios convenientes.
Que, en ese mismo orden de ideas, atento a que no se ha presentado
oferta alguna para el Renglón N° 8 aconseja declarar el mismo desierto.
Que intervendrán en la contratación que nos ocupa, los miembros
titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados mediante la
Disposición CNRT N° DI-2020-125-APN-CNRT#MTR o la que en el futuro la
reemplace, dictada de conformidad con lo establecido en el artículo 84
y concordantes del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional”, aprobado por el Decreto Nº 1030/16, sus
modificatorios y complementarios.
Que la SUBGERENCIA DE CONTABILIDAD, PRESUPUESTO Y RECAUDACIONES, ha
informado la existencia de disponibilidad presupuestaria para afrontar
la presente medida.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades
establecidas en el artículo 6° de la Decisión Administrativa N°
DECAD-2020-409-APN-JGM, en el artículo 35, inciso b) del “Reglamento de
la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional Nº 24.156”, aprobado por el Decreto Nº 1344/07,
sus modificatorios y complementarios, el Anexo al referido artículo 35,
y lo dispuesto por el artículo 9º, incisos d) y e) del “Reglamento del
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por
Decreto Nº 1030/16, y el Anexo al referido artículo 9º.
Que este acto se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el
Decreto Nº 1388/96 y sus modificatorios, y en los términos del Decreto
Nº 302/2020.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese la Contratación Directa por Compulsa Abreviada
por Emergencia Nº 73-0042-CDI21 – denominada COMPULSA – COVID 19 – N°
9/2021 – ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE PROTECCIÓN PARA EL PERSONAL EN EL
MARCO DE LA PANDEMIA POR COVID-19, de conformidad con lo dispuesto por
los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE y sus
modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas Nº
DECAD-2020-409-APN-JGM y DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la
SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
N° 100/2020 y sus complementarias, la Disposición de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus
modificatorias, la Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la
Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID 19, como
una PANDEMIA.
ARTÍCULO 2º.- Apruébese las condiciones particulares y técnicas que
rigieron la presente contratación como Pliego de Bases y Condiciones
Particulares N° PLIEG-2021-85088256-APN-DCSYL#CNRT que como anexo,
forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Adjudíquese los Renglones Nros. 1, 2, 5 y 7 al señor
ANDRES DIEGO MACRI por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL
QUINIENTOS ($ 155.500.-), los Renglones Nros. 3, 4, 9 y 10 a la firma
ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. por la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL
CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO ($ 53.441.-) y el Renglón N° 6 a la firma
UNOLEX S.A. por la suma de PESOS NUEVE MIL ($ 9.000.-), por resultar
sus ofertas admisibles y convenientes, ajustarse técnicamente a lo
establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
PLIEG-2021-85088256-DCSYL#CNRT que rige la presente contratación,
cumplir con la documentación solicitada en el mencionado Pliego,
cumplir con lo solicitado por las Unidades Requirentes, y resultar sus
precios convenientes.
ARTÍCULO 4º.- Declárese desierto el Renglón N° 8, por las razones vertidas en los considerandos de la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Establécese que intervendrán en la recepción de los
bienes a que se refiere el artículo 1º de la presente Disposición, los
miembros titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta
COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados por la
Disposición CNRT N° DI-2020-125-APN-CNRT#MTR dictada de conformidad con
lo establecido en el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por
el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 3º por
la suma total de PESOS DOSCIENTOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y
UNO ($ 217.941.-) se imputará con cargo para el ejercicio
presupuestario y a las partidas que correspondan.
ARTÍCULO 7º.- Dese intervención a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS.
ARTÍCULO 8º.- Publíquese la presente medida en el Portal de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de UN
(1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificada la presente, según
lo establecido en el punto 8° del Anexo a la Disposición N° 48/2020 de
la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación en los términos consignados en el artículo
anterior y archívese.
Jose Ramon Arteaga
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en COMPR.AR, ingresando el
número de procedimiento.
e. 28/10/2021 N° 81784/21 v. 28/10/2021