PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 9
IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo del Ministerio.
2. Coordinar el diseño e implementación de políticas administrativas, presupuestarias y financieras en el Ministerio.
3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero, con excepción de los que por su especificidad
sustantiva corresponden a la gestión otras unidades programáticas.
4. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos del Ministerio.
5. Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.
6. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios del Ministerio.
7. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las
contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y
demás adquisiciones destinadas al Ministerio.
8. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de la Jurisdicción.
9. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo del Ministerio.
10. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,
de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e
inmuebles y servicios del Ministerio.
11. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y
recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.
12. Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de
la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el
ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de acuerdo a las previsiones que
establezca la Autoridad de Aplicación en cada materia.
13. Intervenir en los supuestos contemplados en el artículo 24 de la Ley N° 27.401.
14. Dirigir el cumplimiento, por parte del Ministerio, de las
previsiones establecidas en la Ley N° 27.275, actuando en
representación del Ministerio ante la AGENCIA DE ACCESO A LA
INFORMACIÓN PÚBLICA.
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL
OBJETIVOS
1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
2. Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero, con excepción de aquellos procesos asignados a
otras unidades orgánicas de la Jurisdicción.
3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, efectuando los trámites administrativos necesarios para
la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos
tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los
objetivos y metas previstos en el Ministerio.
4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que
presta servicio, así como la planificación de las actividades de
administración generales, con excepción de aquellas que por su
especificidad sustantiva correspondan a la gestión de otras unidades
programáticas.
5. Coordinar la aplicación de la política de administración del
personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de
comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como
la gestión de los espacios físicos del Ministerio.
6. Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de
proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su
competencia.
7. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación
público-privada, en lo que es materia de su competencia.
8. Dirigir la aplicación de los programas de administración y
liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las
empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen
de operar por cualquier causa; así como coordinar todo lo vinculado con
la liquidación de aquellos fondos fiduciarios que comprometen bienes
y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o
Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional y de otros cuya
liquidación sea encomendada al MINISTERIO DE ECONOMÍA, como así también
de sus bienes, derechos y obligaciones remanentes.
9. Asistir en la dirección y la unificación de la representación de
todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA,
cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N°
24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del
sector privado de los que resulte acreedor el Sector Público Nacional.
10. Proponer las acciones vinculadas a los procesos de reconversión
empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO
NACIONAL, en lo que es materia de su competencia, y coordinar la
aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el
Sector Público Nacional y el sector privado, en el marco de las normas
vigentes.
11. Coordinar la gestión de los/as directores/as que representan al
ESTADO NACIONAL en las empresas con participación estatal en el ámbito
de la Jurisdicción, con excepción de aquellas que pertenezcan a los
sectores financieros y energéticos; y la representación del MINISTERIO
DE ECONOMÍA en aquellos órganos societarios de los entes donde la
Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria y
la tenencia accionaria sea ejercida por el MINISTERIO DE ECONOMÍA.
12. Coordinar la implementación y la ejecución de los Programas de
Propiedad Participada que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMÍA y la gestión en sede administrativa vinculada con la
cancelación de pasivos cuyo pago deba materializarse en bonos de
consolidación de deuda, en el marco de las competencias asignadas.
MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
OBJETIVOS
1. Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos
estratégicos para la programación de la política económica y la
planificación del desarrollo.
2. Coordinar el desarrollo e instrumentación de los mecanismos
institucionales que promuevan la sistematicidad, coherencia, unidad y
organicidad en la toma de decisiones de las diferentes áreas de la
Jurisdicción ministerial, en lo que es materia de su competencia.
3. Efectuar la evaluación del impacto económico del cumplimiento de las
políticas, planes y programas ejecutados en el ámbito de su
competencia, desarrollando criterios e indicadores que permitan un
adecuado control estratégico sobre su efectiva instrumentación.
4. Entender en la determinación de los objetivos de política económica
y elaborar las pautas que orienten al esquema de reestructuración y
negociación de los contratos suscritos por el Sector Público Nacional
en el ámbito de su competencia.
5. Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo en
el ámbito del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y otros espacios
económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia
específica.
6. Coordinar el seguimiento sistemático de la coyuntura local y mundial
y publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el
desempeño de la economía, y el impacto sobre la economía local de los
cambios en el contexto internacional, en coordinación con las áreas de
la Jurisdicción con competencia en la materia.
7. Programar y coordinar la realización de diagnósticos y seguimiento
de los niveles de vida, de pobreza de la población, del empleo y la
distribución del ingreso y coordinar la elaboración, propuesta y
seguimiento de estrategias y políticas tendientes a promover el
crecimiento económico con inclusión social, incorporando la perspectiva
de género.
8. Entender en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación
de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales, desde el
punto de vista de la finalidad e impacto económico de los mismos; y de
pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal
en el marco de la política económica vigente.
9. Entender en la programación regional y sectorial de la política
económica nacional, coordinando con las distintas Jurisdicciones del
ESTADO NACIONAL a fin de establecer coherencia y complementariedad en
los lineamientos estratégicos de la política económica para el
desarrollo de largo plazo.
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA
OBJETIVOS
1. Programar, coordinar y dirigir las tareas correspondientes al
seguimiento de la economía nacional e internacional, y entender en el
análisis de evaluación del impacto de los cambios en el contexto
internacional sobre la economía nacional, en coordinación con la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES.
2. Coordinar la elaboración e implementación de modelos de programación
macroeconómica, efectuar el análisis de consistencia de las políticas
macroeconómicas y asistir en la elaboración y propuesta de pautas
macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el
marco de la política económica vigente.
3. Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y la
elaboración de indicadores e informes periódicos que permitan evaluar
el desempeño de la economía y efectuar el seguimiento de las pautas de
programación fiscal nacional vigentes, evaluando su impacto sobre la
economía real.
4. Elaborar y proponer pautas de programación fiscal a mediano y largo
plazo basadas en experiencias internacionales o en acuerdos de
coordinación de políticas macroeconómicas.
5. Efectuar el seguimiento y diagnóstico de los niveles de empleo,
pobreza e indigencia y de distribución del ingreso, proponer vías de
acción para su mejoramiento, y asistir a la Secretaría en la
coordinación del diseño de estrategias y políticas tendientes a
promover el crecimiento económico con inclusión social.
6. Asistir a la Secretaría en la elaboración y propuesta de criterios
para la fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones
fiscales desde el punto de vista de su finalidad e impacto económico,
así como en la determinación de los objetivos y pautas generales de la
política económica.
7. Dirigir el seguimiento sistemático de las distintas cuentas del
balance de pagos y proponer las medidas tendientes a fortalecer el
desempeño del sector externo.
8. Asistir a la Secretaría y a las áreas correspondientes del
MINISTERIO DE ECONOMÍA en la representación ante los grupos y
comisiones de trabajo en el marco del Mercado
Común del Sur (MERCOSUR) y de otros espacios económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia específica.
MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE FINANZAS
OBJETIVOS
1. Entender en la ejecución de las políticas y medidas relativas a los
aspectos crediticios de la política financiera y el endeudamiento
externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA, interviniendo en las
negociaciones inherentes al tema con entes financieros nacionales y
extranjeros, públicos y privados, las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES y con el Fondo Monetario Internacional (FMI), tomando a
su cargo las relaciones con la comunidad financiera internacional y la
coordinación de las representaciones en el exterior, en el ámbito de su
competencia, en coordinación con la SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y
FINANCIEROS INTERNACIONALES en los casos en que corresponda.
2. Diseñar las acciones tendientes a la preservación del crédito público.
3. Coordinar la elaboración de las proyecciones presupuestarias del endeudamiento público y efectuar su seguimiento.
4. Dirigir y supervisar el Sistema de Crédito Público, coordinar la
administración de la deuda pública y ejercer con la SECRETARÍA DE
HACIENDA las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los
Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.
5. Entender en la gestión y administración de la deuda pública externa de la REPÚBLICA ARGENTINA.
6. Establecer las políticas de administración de los activos
financieros de la REPÚBLICA ARGENTINA y coordinar el análisis de los
aspectos financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea
parte.
7. Intervenir, en coordinación con la SECRETARÍA DE HACIENDA y la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES, en el
ámbito de sus respectivas competencias, en las relaciones,
negociaciones y representación del país con los organismos financieros
internacionales de crédito de los que la Nación forma parte, en los
aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de dichos
organismos y en los préstamos provenientes de los mismos.
8. Intervenir, en coordinación con la SECRETARÍA DE HACIENDA y la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES, en todo
lo vinculado a las relaciones y negociaciones con los organismos
financieros internacionales de crédito bilaterales y multilaterales,
para el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de
información destinados a optimizar la ejecución de los programas con
dichos organismos.
9. Entender en el diseño e implementación de políticas públicas
vinculadas a la inclusión financiera y en la elaboración de propuestas
tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras
oficiales nacionales.
10. Entender en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los
servicios financieros, el desarrollo del mercado de capitales y al
financiamiento de la actividad productiva.
11. Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen impositivo que involucre al crédito público de la REPÚBLICA ARGENTINA.
12. Entender en el análisis de la estructuración financiera del plan de
inversión pública, propiciando la preservación del crédito público de
la REPÚBLICA ARGENTINA e intervenir en la definición de los
requerimientos de financiamiento del Sector Público Nacional por los
que se originen o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.
13. Entender en el análisis de la asunción de riesgos y obligaciones
por parte del Sector Público Nacional, con relación a la estructura
financiera de los proyectos a instrumentarse en el marco del régimen de
Participación Público- Privada, en la medida que involucre
endeudamiento público.
14. Entender en la representación del MINISTERIO DE ECONOMÍA en
aquellos órganos societarios en empresas del sector financiero, donde
la Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria
y la tenencia accionaria sea ejercida por el MINISTERIO DE ECONOMÍA.
15. Coordinar la gestión de los/as directores/as que representan al
ESTADO NACIONAL en aquellas empresas del sector financiero con
participación estatal en el ámbito de la Jurisdicción.
16. Entender en las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES,
la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y el PODER EJECUTIVO
NACIONAL, y en los aspectos administrativos de las relaciones de la
UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA, del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y del BANCO HIPOTECARIO
SOCIEDAD ANÓNIMA con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
SECRETARÍA DE FINANZAS
SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS
OBJETIVOS
1. Supervisar la organización de los sistemas de información sobre mercados de capitales.
2. Asesorar en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los
servicios financieros del mercado de capitales y del financiamiento de
la actividad productiva.
3. Asesorar en el diseño e implementación de políticas públicas
vinculadas a la inclusión financiera y en la elaboración de propuestas
tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras
oficiales nacionales.
4. Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen impositivo que
involucre tanto al mercado de capitales como al mercado asegurador.
5. Entender en la elaboración de propuestas que vinculen las normas
involucradas en los distintos servicios financieros y de aquellas
medidas que propicien la transparencia de los mercados financieros y la
protección del consumidor en dicho ámbito.
6. Participar en los grupos intergubernamentales, foros financieros
internacionales y foros de cooperación y consulta en temas relacionados
con el Sistema Financiero Internacional en coordinación con la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES.
7. Coordinar las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, la
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y el PODER EJECUTIVO NACIONAL,
como así también los aspectos administrativos de las relaciones del
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y
del BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE ENERGÍA
OBJETIVOS
1. Intervenir en la elaboración y ejecución de la política energética nacional.
2. Entender en los planes, programas y proyectos del área de su
competencia y en su gestión presupuestaria, contable y financiera.
3. Intervenir en la elaboración y fiscalización del régimen de
combustibles y entender en la fijación de sus precios, cuando así
corresponda, acorde con las pautas respectivas.
4. Intervenir en la elaboración de las políticas y normas de regulación
de los servicios públicos del área energética, en la supervisión de los
organismos y entes de control de los concesionarios de obra o de
servicios públicos, así como en la elaboración de normas de regulación
de las licencias de servicios públicos aplicables a los regímenes
federales en materia energética.
5. Ejercer las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que
regulan el ejercicio de las actividades en materia energética.
6. Entender en la elaboración de estructuras arancelarias en materia de energía.
7. Entender en el diseño y ejecución y, asistir en la elaboración de la política de reembolsos y reintegros a la exportación.
8. Asistir al/a la Ministro/a en la investigación y desarrollo tecnológico en las distintas áreas de energía.
9. Ejercer las atribuciones otorgadas a los órganos del ESTADO NACIONAL en la Ley N° 27.007.
10. Dirigir la representación en las empresas del sector energético,
donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia
accionaria.
11. Coordinar la gestión de los/as directores/as que representan al
ESTADO NACIONAL en aquellas empresas del sector energético con
participación estatal en el ámbito de la Jurisdicción.
12. Promover la aplicación de la política sectorial fomentando la
explotación racional de los recursos naturales y la preservación del
ambiente.
13. Promover la utilización de nuevas fuentes de energía, la
incorporación de oferta hidroeléctrica convencional y la investigación
aplicada a estos campos.
14. Asistir en la celebración de los acuerdos de cooperación e
integración internacionales e interjurisdiccionales en materia
energética en los que la Nación sea parte, y supervisar su ejecución.
15. Entender en el diseño y la ejecución de la política de
relevamiento, conservación, recuperación, defensa y desarrollo de los
recursos naturales en el área de energía.
16. Ejercer la representación de la Secretaría en el Consejo Federal de la Energía Eléctrica.
17. Entender en la definición de la política nuclear, en todo lo
relacionado con los usos pacíficos de la energía nuclear o fuentes
radiactivas, el ciclo de combustibles, la gestión de residuos
radiactivos, el desarrollo e investigación de la actividad nuclear, y
en particular lo relacionado con la generación de energía
nucleoeléctrica.
IF-2021 -100490267-APN-DNDO# JGM
18. Ejercer el control tutelar del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE), del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), de
la UNIDAD ESPECIAL DEL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
(UESTEE) y de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).
19. Propiciar y celebrar convenios con entidades públicas y privadas y
participar en las negociaciones con organismos nacionales e
internacionales en materia de energía.
SECRETARÍA DE ENERGÍA
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL DE ENERGÍA
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la planificación y control de la gestión
presupuestaria y financiera, y en la coordinación integral de los
circuitos destinados a dar respuesta a las cuestiones priorizadas por
el/la Secretario/a, interactuando con las Subsecretarías que le
dependen, en las cuestiones vinculadas específicamente con los
Programas de Energía.
2. Articular las cuestiones vinculadas a los aspectos logísticos y
administrativos propios del desarrollo de las funciones institucionales
de la Secretaría, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE
ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y
ADMINISTRATIVA.
3. Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones con la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).
4. Intervenir en la coordinación del accionar de los diferentes actores
políticos y sociales involucrados con la actividad nuclear, y asesorar
en lo relativo a la participación de la REPÚBLICA ARGENTINA en foros,
organizaciones, iniciativas y cualquier ámbito a nivel nacional e
internacional.
5. Efectuar el control de las participaciones del Estado en las
entidades, sociedades y empresas con actividad en el sector de Energía
y de la gestión de los/as directores/as, interventores/as,
delegados/as, consejeros/as o representantes del ESTADO NACIONAL.
6. Asistir a la Secretaría en materia de relaciones institucionales,
ceremonial y protocolo y en la articulación de las relaciones que se
establezcan con otras jurisdicciones del gobierno nacional, provincial,
municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en el ámbito de su
competencia, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES
INSTITUCIONALES.
7. Articular la comunicación institucional interna y externa de la
Secretaría, la difusión de sus contenidos, el desarrollo e
implementación de su imagen institucional y su relación con la prensa y
los medios de comunicación, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE
DIFUSIÓN E INFORMACIÓN ECONÓMICA de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES.
8. Intervenir en el trámite de los convenios que propicie la Secretaría
con organismos estatales e instituciones públicas o privadas, del
ámbito nacional e internacional, y asistir en las negociaciones con
organismos nacionales e internacionales que fomenten y faciliten el
acceso al financiamiento, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE
ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL y
ADMINISTRATIVA.
9. Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos
específicos en materia energética; así como el diseño, elaboración,
definición de instrumentos, herramientas y procedimientos para generar
información que permita optimizar la gestión.
10. Coordinar las relaciones con las entidades binacionales e internacionales del sector energético.
11. Articular las actividades presupuestarias y administrativas
relativas a los programas de la Secretaría en los que se tramiten
aplicaciones financieras con entes o instituciones de la comunidad.