EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA S.E.
Disposición 131/2021
Ciudad de Buenos Aires, 19/10/2021
VISTO el Decreto N° 260/2020, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 287
de fecha 17 de marzo de 2020, el Decreto N° 338/2020, la Decisión
Administrativa N° 409/2020, el Reglamento de Compras y Contrataciones
de EANA S.E., la Contratación Directa por Excepción Nº 76/2021
“Contratación médico laboral pandemia COVID-19” y las Especificaciones
Técnicas, la Orden de Compra N° 239/2021; y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD
(OMS) declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia.
Que por el Decreto N° 260/20 se facultó a la Autoridad Sanitaria, entre
otras atribuciones, a “Efectuar la adquisición directa de bienes,
servicios o equipamiento que sean necesarios para atender la
emergencia, en base a evidencia científica y análisis de información
estratégica de salud, sin sujeción al régimen de contrataciones de la
administración nacional. En todos los casos deberá procederse a su
publicación posterior”.
Que, con fecha 17 de marzo de 2020 se dictó el Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 287, por el cual se intensificaron las medidas
implementadas por su similar N° 260/20, atento a la evolución de la
pandemia.
Que, en concreto, por su artículo 3° se incorporó como artículo 15 ter
al Decreto Nº 260/20, el siguiente: “ARTÍCULO 15 TER: Durante el plazo
que dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades
comprendidos en el artículo 8º incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156
estarán facultados para efectuar la contratación directa de bienes y
servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción
al régimen de contrataciones de la Administración Pública Nacional o a
sus regímenes de contrataciones específicos. En todos los casos deberá
procederse a su publicación posterior en la página web de la Oficina
Nacional de Contrataciones y en el Boletín Oficial”.
Que por Decisión Administrativa N° 409/2020 el Jefe de Gabinete de
Ministros estableció los principios generales a los que deberá
ajustarse la gestión de los procedimientos de selección bajo el
Procedimiento de Contratación de Bienes y Servicios en la Emergencia,
que se lleven a cabo para atender la emergencia en el marco de lo
establecido en el Decreto Nº 260/20, serán los enumerados en el
artículo 3º del Régimen de Contrataciones de la Administración Pública
Nacional aprobado por el Decreto N° 1023/01.
Que, con fecha 14 de septiembre de 2021, la Gerencia de RRHH realizó el
ingreso de la SOLPED N° 6.000.231 que tiene como objeto la
“Contratación médico laboral pandemia COVID-19”, la cual tramitó
mediante Contratación Directa por Excepción N° 76/2021.
Que, a fs. 5, la Gerencia de RRHH emitió el informe de justificación
para realizar una Contratación Directa por Excepción que se encuadra en
el punto XIII.1 apartado 11 del Reglamento que establece: “Cuando
mediaran razones de seguridad pública, de emergencia sanitaria,
emergencia derivada de accidentes aéreos, actos de terrorismo,
circunstancias extraordinarias o bien imprevisibles derivadas de
desastre que requieran una acción inmediata. En el caso de la
emergencia sanitaria ésta deberá estar declarada por una autoridad
nacional o internacional.”
Que la urgencia está asociada a la necesidad de generar mayor cantidad
de acciones preventivas en el marco de una pandemia imprevista y
dinámica, de manera tal de contribuir al cuidado de la salud de nuestro
personal y sus familias, y así poder desempeñar sus operaciones con el
menor impacto posible sobre el servicio de tránsito aéreo.
Que, con fecha 23 de septiembre de 2021 la Gerencia de Compras publicó
la justificación de la excepción en la página web de EANA S.E. y, cursó
invitación a cotizar a Julio Andrés Auad, CUIT 20-10129399-9, a fs. 15.
Que, con fecha 27 de septiembre del corriente año el oferente Julio Andrés Auad presentó su oferta en legal tiempo y forma.
Que, el Gerente Ejecutivo, Administrativo, Legal y Financiero, mediante
Nota N° 256/2021, emitió la recomendación de adjudicación a favor del
oferente Julio Andrés Auad, lo que consta a fs. 26/27.
Que, el Departamento de Planeamiento y Control de Gestión ha verificado
la disponibilidad de la partida presupuestaria para afrontar el gasto
que genera la presente contratación, a fs. 08/10 y 74.
Que, ha tomado la intervención de su competencia la Gerencia de Asuntos
Legales emitiendo dictamen jurídico, mediante Nota 202/2021, no
encontrando objeciones formales para que se proceda a adjudicar la
presente contratación en los términos requeridos.
Que, el 07 de octubre de 2021 la Gerenta de Compras emitió la adjudicación, mediante Nota GC N° 995/2021.
Que, en virtud con lo dispuesto por el Decreto N° 260/2020, el Decreto
de Necesidad y Urgencia N° 287 de fecha 17 de marzo de 2020, el Decreto
N° 338/2020, la Decisión Administrativa N° 409/2020, se propicia
convalidar la Contratación Directa por Excepción N° 76/2021, que tiene
como objeto la “Contratación médico laboral pandemia COVID-19”, por un
monto total de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA MIL CON 00/100
CENTAVOS ($ 1.560.000,00) correspondiente a la Orden de Compra N°
239/2021, a favor de Julio Andrés Auad.
Que la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Acta
de Directorio EANA S.E. N° 24 de fecha 22 de enero de 2020, el Decreto
N° 260/2020, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 287 de fecha 17 de
marzo de 2020, el Decreto N° 338/2020, la Decisión Administrativa N°
409/2020 y el Reglamento de Compras y Contrataciones de EANA S.E.
Por ello,
La GERENTA GENERAL DE EANA S.E.
DISPONE:
ARTÍCULO 1º. – Convalidar la Contratación Directa por Excepción N°
76/2021 - “Contratación médico laboral pandemia COVID-19”, por un monto
total de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 CENTAVOS ($
1.560.000,00) correspondiente a la Orden de Compra N° 239/2021, a favor
de Julio Andrés Auad.
ARTÍCULO 2°. - Establecer que el gasto que demande la presente
contratación será imputado a la partida presupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 3°. – Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Gabriela Logatto
e. 08/11/2021 N° 85093/21 v. 08/11/2021