PERSONAL MILITAR
Ley 27645
Autorízase la entrada de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida de fuerzas nacionales.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Artículo 1º- Autorízase la entrada de tropas extranjeras al territorio
nacional y la salida fuera de él de fuerzas nacionales, según
corresponda, para participar en los ejercicios contemplados en el
Programa de Ejercitaciones Combinadas a realizarse desde el 1° de
septiembre de 2021 hasta el 31 de agosto de 2022. Los ejercicios
combinados que componen el presente Programa Anual se detallan en los
ANEXOS: I: “ACRUX X”, II: “ATLASUR”, III: “FRATERNO”, IV: “INALAF”, V:
“PASSEX”, VI: “UNITAS”, VII: “VIEKAREN”, VIII: “TANQUE”, IX: “RÍO”, X:
“ARPA” y XI: “COOPERACIÓN VII”, los cuales forman parte integrante de
la presente Ley.
Artículo 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS 26 DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.
REGISTRADO BAJO EL N° 27645
CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - SERGIO MASSA - Marcelo Jorge Fuentes - Eduardo Cergnul
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 11/11/2021 N° 86751/21 v. 11/11/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)