MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL
Resolución 132/2021
RESOL-2021-132-APN-SABYDR#MAGYP
Ciudad de Buenos Aires, 10/11/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2021-04522885- -APN-DGD#MAGYP del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº RESOL-2017-235-APN#MA de fecha 6 de septiembre
de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, se
creó en el ámbito de la ex - SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del
entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA el “PROGRAMA BIOPRODUCTO
ARGENTINO”.
Que por la citada Resolución N° RESOL-2017-235-APN#MA se facultó a la
entonces Dirección de Biotecnología de la ex - SUBSECRETARÍA DE
BIOINDUSTRIA de la ex - SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del entonces
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA para administrar y ejecutar el citado
Programa, y para reglamentar los recaudos y condiciones para adquirir
el derecho de uso del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO”.
Que por la Resolución N° RESOL-2021-18-APN-MAGYP de fecha 28 de enero
de 2021 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se
introdujeron cambios a la citada Resolución Nº RESOL-2017-235-APN#MA,
sustituyéndose el Artículo 2º (definición de bioproducto) y el Artículo
4° (objetivos del Programa Bioproducto argentino) de la mencionada
normativa.
Que, en virtud de lo establecido por la precitada Resolución N°
RESOL-2017-235-APN#MA, se entenderá como bioproducto a “todo producto
de base biológica producido a partir de recursos agrícolas renovables,
incluyendo los subproductos y residuos agroindustriales”.
Que por la Resolución N° RESOL-2019-30-APN-SAYBI#MPYT de fecha 3 de
junio de 2019 de la ex – SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA de la ex
– SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO se aprobó el Reglamento para otorgamiento del
Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO”.
Que en virtud de la experiencia adquirida en la aplicación del
reglamento antes citado se observa necesario contar con una nueva
normativa que contemple la posibilidad de otorgar el derecho de uso del
Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” en distintas situaciones, así como de
otorgar un “Certificado de Interés” para entidades y/o personas humanas
que estén desarrollando investigación en la materia.
Que, atento lo anteriormente expuesto, se establecen las siguientes
categorías para las que se puede solicitar el uso del Sello
“BIOPRODUCTO ARGENTINO”: - exportación, - innovación y - sostenibilidad.
Que para el caso del “Certificado de Interés” se establecen las siguientes categorías: - investigación y – contenido biobasado.
Que el mérito para el otorgamiento del derecho de uso del Sello
“BIOPRODUCTO ARGENTINO” y del “Certificado de Interés”, será evaluado
por la COMISIÓN NACIONAL ASESORA DE BIOMATERIALES (COBIOMAT) y el
COMITÉ ASESOR EN BIOINSUMOS DE USO AGROPECUARIO (CABUA), según
corresponda.
Que se comparte el criterio de elevación de los presentes actuados por
parte de la Coordinación de Innovación y Biotecnología de la Dirección
Nacional de Bioeconomía de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y
DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención de su
competencia.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud
de lo dispuesto por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y
su modificatorio.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Reglamento para el Otorgamiento del Derecho
de Uso del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” y del “Certificado de Interés”
que, como Anexo I registrado con el N° IF-2021-89726867-APN-DNB#MAGYP,
forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Formulario de Solicitud del Derecho a Uso
del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” y del “Certificado de Interés”, que
como Anexo II, registrado con el N° IF-2021-51277380-APN-DNB#MAGYP,
forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- La SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO
REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA será la
Autoridad de Aplicación para el otorgamiento del Derecho de uso del
Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” y del “Certificado de Interés”.
ARTÍCULO 4º.- Delégase a la Coordinación de Innovación y Biotecnología
de la Dirección de Nacional de Bioeconomía de la SECRETARÍA DE
ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA la responsabilidad primaria en la
tramitación administrativa de los procedimientos que por la presente se
establecen, y el otorgamiento del “Certificado de Interés”.
ARTÍCULO 5º.- Derógase la Resolución Nº RESOL-2019-30-APN-SAYBI#MPYT de
fecha 3 de junio de 2019 de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y
BIOECONOMÍA de la ex – SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del
entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida no implicará costo fiscal alguno.
ARTÍCULO 7º.- La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.
Marcelo Eduardo Alos
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: www.magyp.gob.ar/normativa/
e. 12/11/2021 N° 86591/21 v. 12/11/2021