INMUEBLES
Ley 27649
Transferencia.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Artículo 1°- Transfiérese a título gratuito a la Municipalidad de
Pocito, provincia de San Juan, la parcela de terreno de propiedad del
Estado nacional ubicada en calle Furque y Picón, Villa Aberastain,
Pocito, provincia de San Juan, Nomenclatura Catastral: 05-44-570650,
que tiene una superficie aproximada de 40.354,75 metros cuadrados.
Artículo 2º- La transferencia dispuesta en el artículo 1° se efectúa
con cargo a que la beneficiaria destine exclusivamente a la
regularización dominial del terreno donde funciona desde hace décadas
el Polideportivo Municipal, contando con múltiples campos deportivos
como cancha de fútbol, patinódromo, pista de atletismo y estadio
cerrado con capacidad para 5.000 personas.
Artículo 3º- Establécese un plazo de diez (10) años para el
cumplimiento del cargo impuesto en el artículo 2º, vencido el cual sin
que mediara observancia, el dominio del inmueble objeto de la presente
revertirá a favor del Estado nacional.
Artículo 4º- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS 26 DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.
REGISTRADO BAJO EL N° 27649
CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - SERGIO MASSA - Marcelo Jorge Fuentes - Eduardo Cergnul
e. 17/11/2021 N° 88343/21 v. 17/11/2021