MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 1803/2021
RESOL-2021-1803-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 15/11/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2021-82620309- -APN-DGD#MC del registro del
MINISTERIO DE CULTURA, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado
por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias), el Decreto Nº 50 de fecha
19 de diciembre de 2019 y su modificatorio, la Decisión Administrativa
N° 1428 de fecha 7 de agosto de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que en el año 2009 se sancionó en nuestro país la Ley Nº 26.485 de
Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
contra las Mujeres en los ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones
Interpersonales, con el objetivo, entre otros, de promover y garantizar
la remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la
desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres.
Que dicha ley, junto a la Ley de 26.743 de Identidad de Género, es el
principal marco normativo nacional en la materia y establece como
obligación a cargo del MINISTERIO DE MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD la
elaboración, implementación y monitoreo de un Plan Nacional de Acción
contra las violencias por motivos de género, a través del cual todos
los Ministerios Nacionales han asumido distintos compromisos, para la
transversalización de las políticas contra las violencias de género en
el Gobierno Nacional.
Que la música y en particular las canciones, han sido históricamente, una herramienta de expresión y comunicación.
Que, en tal sentido, es necesario fomentar la construcción de un nuevo
repertorio popular de canciones con letras con perspectiva de género,
especialmente orientadas a reflexionar sobre las prácticas y conductas
que reproducen las desigualdades y las violencias por motivos de género.
Que entre los objetivos asignados a la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL,
mediante el Decreto Nº 50/19, se encuentra el de “(...) Entender en la
planificación y ejecución de políticas públicas destinadas al
reconocimiento y fortalecimiento de la diversidad cultural en todas sus
formas (...)”.
Que entre las acciones asignadas a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DIVERSIDAD
Y CULTURA COMUNITARIA, a través de la Decisión Administrativa Nº
1428/20, se encuentra la de “(…) Formalizar acciones culturales
concertadas en torno a los diversos grupos sociales que por sus
características presentan particularidades identitarias que deben ser
atendidas con políticas específicas (…)” así como “(…) Fortalecer la
diversidad cultural desde una perspectiva de género y fomentar una
política activa de inclusión cultural”.
Que en este marco, la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL y la DIRECCIÓN
NACIONAL DE DIVERSIDAD Y CULTURA COMUNITARIA, propician la realización
del “CONCURSO FEDERAL DE CANCIONES POR UNA ARGENTINA SIN VIOLENCIAS DE
GÉNERO”.
Que dicha convocatoria está orientada a la presentación de una obra
musical cuya letra deberá incluir contenidos con perspectiva de género
y diversidad que reflexionen sobre las prácticas y conductas que
reproducen desigualdades y violencias por motivo de género.
Que, en virtud de las consideraciones precedentes, resulta oportuno
aprobar la realización de la convocatoria y su reglamento técnico y
establecer que la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL oficiará como
autoridad de aplicación del certamen.
Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL
DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado intervención de su competencia.
Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las
partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.591 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2021 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 15 de
enero de 2021 (DECAD-2021-4-APN-JGM).
Que la presente medida se dicta de conformidad con los objetivos y
competencias enunciados en la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto
ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias) y en el marco de
las facultades conferidas por el artículo 1°, inciso h) del Decreto Nº
392/86 y Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la realización del “CONCURSO FEDERAL DE CANCIONES
POR UNA ARGENTINA SIN VIOLENCIAS DE GÉNERO” y su reglamento técnico de
convocatoria, cuyos datos se detallan en el ANEXO I
(IF-2021-82163688-APN-DNDYCC#MC) que forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Destinar la suma de PESOS SETECIENTOS VEINTE MIL
($720.000.-) a la atención del pago de los premios detallados en el
punto 7) del reglamento técnico aprobado por el Artículo 1°, de la
presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Determinar que la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, será la
autoridad de aplicación e interpretación del reglamento técnico de
bases y condiciones aprobado en el Artículo 1° y se encuentra facultada
para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que
resulten necesarias para su implementación, con intervención de las
áreas técnicas pertinentes dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con
cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCIÓN
72 – MINISTERIO DE CULTURA.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/11/2021 N° 88036/21 v. 17/11/2021