MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 1804/2021
RESOL-2021-1804-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 15/11/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-90746452- -APN-DGD#MC, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias), el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y
sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA por la Ley
de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias) se encuentran los de: “Dirigir políticas de
conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la
Nación” y: “Promover políticas de incentivo y desarrollo cultural de la
Nación, propiciando la creación, la experimentación y la
democratización del acceso a bienes culturales.”
Que, asimismo, de conformidad con las disposiciones del Decreto N°
50/19 y sus modificatorios, la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL tiene
como objetivos, entre otros: “Diseñar y gestionar políticas y acciones
para la conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio
Cultural de la Nación”, y: “Fomentar la divulgación del Patrimonio
Cultural de la Nación y su acceso a través de la multiplicidad de vías
existentes.”
Que, en línea con tales objetivos, resulta adecuado instituir la
CONVOCATORIA SONIDOS Y LENGUAS, consistente en el otorgamiento de
subsidios para la realización de proyectos sobre identificación y
organización archivística y conservación, restauración, digitalización,
creación y gestión de archivos sonoros, por parte de instituciones,
colectivos y organizaciones de la sociedad civil, artistas y
profesionales.
Que, a los efectos de facilitar la implementación de la Convocatoria,
la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL dependiente de la
SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL será la autoridad de aplicación e
interpretación de sus bases y condiciones, encontrándose facultada para
dictar las normas de carácter operativo o interpretativo que resulten
necesarias.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las
partidas presupuestarias correspondientes a la JURISDICCIÓN 72 -
MINISTERIO DE CULTURA.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y
facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto
ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias) y las facultades
conferidas por el artículo 1°, inciso g) del Decreto N° 101/85 y sus
modificatorios y Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la CONVOCATORIA SONIDOS Y LENGUAS, conforme a las
Bases y Condiciones que como ANEXO I (IF-2021-98394364-APN-DNGP#MC)
forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Destinar la suma de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000.-), a
la atención de DIEZ (10) subsidios de hasta PESOS DOSCIENTOS MIL
($200.000.-) cada uno.
ARTÍCULO 3°.- Establecer como fecha de apertura de la Convocatoria
aprobada por el artículo 1°, el segundo día hábil siguiente a la
publicación del presente acto en el Boletín Oficial.
(Nota Infoleg: por art. 1º de la Resolución Nº 1948/2021 del Ministerio de Cultura B.O. 2/12/2021 se difiere hasta el 15 de diciembre de 2021 la fecha de
apertura de la CONVOCATORIA SONIDOS Y LENGUAS, establecida por el presente
artículo.)
ARTÍCULO 4°.- La DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL de la
SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL será la autoridad de aplicación e
interpretación de las bases y condiciones de la CONVOCATORIA SONIDOS Y
LENGUAS aprobada por el artículo 1°, encontrándose facultada para
dictar las normas de carácter operativo o interpretativo que resulten
necesarias para su implementación.
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con
cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la JURISDICCIÓN
72 - MINISTERIO DE CULTURA.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/11/2021 N° 88065/21 v. 17/11/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
Convocatoria Sonidos y Lenguas.
MINISTERIO DE CULTURA
SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL
Subsidios a instituciones, colectivos y organizaciones de la sociedad
civil, artistas y profesionales para la realización de proyectos
vinculados a la preservación y el acceso de archivos sonoros.
El MINISTERIO DE CULTURA, a través de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO
CULTURAL, convoca a la presentación de proyectos sobre identificación y
organización archivística y conservación, restauración, digitalización,
creación y gestión de archivos sonoros, por parte de instituciones,
colectivos y organizaciones de la sociedad civil, artistas y
profesionales, con el objeto de adjudicar subsidios destinados al
fomento de tales iniciativas.
La presente convocatoria tiene alcance federal y es impulsada por la
citada Secretaría en el marco de las políticas públicas que lleva
adelante para promover, valorizar y difundir la riqueza, singularidad y
diversidad del patrimonio y del proyecto "Sonidos y Lenguas -Argentina"
que se desarrolla en su ámbito, dedicado a la preservación y difusión
de registros y archivos sonoros. La misma está destinada
específicamente a proyectos que tiendan a fortalecer la preservación y
el acceso del patrimonio sonoro nacional.
Se destinará para la presente convocatoria la suma de PESOS DOS
MILLONES ($ 2.000.000.-), distribuida en DIEZ (10) subsidios de PESOS
DOSCIENTOS MIL ($ 200.000) cada uno.
La DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA DE
PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA será la autoridad de
aplicación e interpretación de las presentes bases y condiciones.
1.- Apertura y cierre de la convocatoria.
Las propuestas de trabajo se podrán presentar desde el 15 de diciembre de 2021 y hasta TREINTA (30) días corridos después. (Párrafo sustituido art. 2º de la Resolución Nº 1948/2021 del Ministerio de Cultura B.O. 2/12/2021.)
(Nota Infoleg: por párrafo primero de la Circular N° 1/2022
de la Dirección Nacional de Gestión Patrimonial B.O. 11/01/2022 se
prorroga desde su vencimiento y hasta el 15 de febrero de 2022, el
plazo para la recepción de postulaciones para la CONVOCATORIA SONIDOS Y
LENGUAS)
La DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA DE
PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA podrá prorrogar hasta
TREINTA (30) días corridos la fecha límite para la recepción de
postulaciones, debiendo anunciarlo públicamente a través del sitio web
del MINISTERIO DE CULTURA, con una antelación no menor a TRES (3) días
y mediante publicación en el Boletín Oficial.
2.- Postulantes.
Podrán presentarse a esta convocatoria:
a) Personas humanas y jurídicas que resguarden fondos o colecciones y
que desarrollen proyectos culturales vinculados a los registros sonoros.
b) Colectivos y organizaciones de la sociedad civil, vinculados al campo de los archivos sonoros.
c) Personas jurídicas que tengan como objeto el apoyo a organismos
públicos provinciales o municipales o a personas jurídicas privadas
vinculados al campo de los archivos sonoros, que cuenten con el
consentimiento expreso de ellos, para la realización del respectivo
proyecto.
3.- Presentación de propuestas.
Las propuestas deberán estar centradas en uno o más de los siguientes ejes:
- La identificación y/o creación de acervos sonoros.
- El tratamiento archivístico.
- El desarrollo de planes de conservación y restauración.
- La digitalización de soportes analógicos.
- El diseño e implementación de softwares de gestión documental.
- La implementación de estrategias de acceso y difusión.
Deberán estar radicadas dentro del territorio nacional.
La duración del proyecto será de hasta UN (1) año a partir del momento
de la transferencia del subsidio a quienes resulten ganadores.
4.- Destino de los subsidios.
Los subsidios que se otorguen en virtud de la presente convocatoria
tendrán por finalidad cubrir gastos de equipamiento, insumos,
honorarios y capacitación, a través de los siguientes rubros:
a) Compra de insumos y equipamiento técnico, tales como materiales y
herramientas para la conservación y/o restauración; mobiliario,
reproductores analógicos, software y hardware para la digitalización e
insumos para el almacenamiento físico o digital.
b) Pago de honorarios a personal técnico como archivistas,
conservadoras/es, restauradoras/es, digitalizadoras/es e
informáticas/os.
c) Pago de gastos de capacitación tales como cursos, talleres y seminarios de formación.
Según lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 11.672,
Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), no se podrá
destinar más del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la suma que perciba en
concepto de subsidio, a la atención de sueldos, viáticos o imputaciones
equivalentes.
5.- Requisitos y documentación necesaria para la inscripción.
Para postularse a la presente convocatoria el/la/les interesade/s deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Personas humanas:
i.- Contar con ciudadanía argentina o residencia permanente en el país.
Ser mayor de DIECIOCHO (18) años al momento de presentarse a la
presente convocatoria. Sin límite máximo de edad.
ii.- Deberá contar con una cuenta bancaria (caja de ahorros o cuenta
corriente) para el depósito correspondiente al beneficio obtenido.
iii.- No podrán presentarse personas que se encuentren prestando
servicios en el MINISTERIO DE CULTURA bajo cualquiera de las
modalidades de contratación.
iv.- Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI).
v.- Constancia de CUIL o CUIT.
vi.- Currículum Vitae actualizado, siguiendo el modelo obrante como Anexo B.
vii.- Declaración jurada a través de la cual el/la/les interesade/s
manifiesten que contribuirán con el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) por lo
menos de recursos propios, ajenos al subsidio del MINISTERIO DE CULTURA
para la atención de los gastos del proyecto; y que no han percibido
aportes o contribuciones para el mismo fin, de organismos públicos del
orden Nacional, Provincial o Municipal.
b) Personas jurídicas privadas:
i.- Resolución o acto de otorgamiento de personería jurídica de la entidad postulante.
ii.- Última acta de designación de autoridades, extraída del libro de
actas debidamente rubricado y vigente en el momento de postularse para
el apoyo económico.
iii.- Estatuto de la entidad actualizado con todas las modificaciones que hayan resultado de la vida social.
iv.- Último balance de la entidad con su respectiva memoria institucional
v.- Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) del representante
legal de la entidad y de la persona que ejercerá la representación de
aquella, para efectuar todas las gestiones relacionadas con el
proyecto, su eventual ejecución y la rendición de cuentas del subsidio
otorgado.
vi- Constancia de inscripción ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE
INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), de la cual surja el tipo de inscripción y
situación fiscal de la entidad, con su número de Clave Única de
Identificación Tributaria (CUIT) y mención de la situación frente al
I.V.A. e Impuesto a las Ganancias.
vii.- Inscripción en el Centro Nacional de Organizaciones de la
Comunidad (C.E.N.O.C.), cuando corresponda según la naturaleza de la
entidad.
viii.- Datos completos de la cuenta bancaria de la entidad.
ix.- Declaración jurada según el modelo obrante como Anexo C, firmada por el representante de la entidad.
x.- En el caso de tratarse de personas jurídicas privadas que tengan
como objeto el apoyo a organismos públicos provinciales o municipales o
a otras personas jurídicas privadas, deberán presentar, además, una
nota de la máxima autoridad de la Institución destinataria del
beneficio en la que se exprese el consentimiento para que, en caso de
obtenerse el subsidio, la entidad postulante pueda implementar el
proyecto, administrar los fondos y rendir cuentas de ellos.
xi.- Declaración jurada a través de la cual la persona jurídica
manifieste que contribuirá con el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) por lo
menos de recursos propios, ajenos al subsidio del MINISTERIO DE CULTURA
para la atención de los gastos del proyecto; y que no ha percibido
aportes o contribuciones para el mismo fin, de organismos públicos del
orden Nacional, Provincial o Municipal.
c) Colectivos y organizaciones de la sociedad civil que no cuenten con personería jurídica:
i.- Apellidos, nombres y números de documentos nacional de identidad de
cada uno de los y las integrantes y copia del acta o documento, a
través de los cuales se haya constituido el colectivo o la organización
de la sociedad civil.
ii.- Designación de la persona que ejercerá la representación del
colectivo o la organización de la sociedad civil, para efectuar todas
las gestiones relacionadas con el proyecto, su eventual ejecución y la
rendición de cuentas del subsidio otorgado. Dicha persona deberá contar
con una cuenta bancaria (caja de ahorros o cuenta corriente para el
depósito correspondiente al beneficio obtenido). Además, debe contar
con ciudadanía argentina o residencia permanente en el país, ser mayor
de 18 años al momento de presentarse a la presente convocatoria y no
encontrarse prestando servicios en el MINISTERIO DE CULTURA bajo
cualquiera de las modalidades de contratación.
iii.- Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) del representante
del colectivo o la organización de la sociedad civil, constancia de
CUIL o CUIT y Currículum Vitae de acuerdo al modelo obrante como Anexo
B.
iv.- Declaración jurada a través de la cual el colectivo o la
organización de la sociedad civil manifieste que contribuirá con el
VEINTICINCO POR CIENTO (25%) por lo menos de recursos propios, ajenos
al subsidio del MINISTERIO DE CULTURA para la atención de los gastos
del proyecto; y que no ha percibido aportes o contribuciones para el
mismo fin, de organismos públicos del orden Nacional, Provincial o
Municipal.
En atención a la situación de emergencia COVID, la inscripción a la
convocatoria se hará exclusivamente a través de internet, por lo que
los/las/les postulantes deberán presentar la documentación solicitada
en formato digital. La presentación de estos documentos lleva implícita
la declaración jurada del postulante respecto de su veracidad.
No obstante ello, la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO
DE CULTURA podrá —en cualquier momento y de considerarlo necesario—
requerir la presentación de dicha documentación original en versión
papel.
6.- Formularios y Presentación de los Proyectos.
Las postulaciones se recibirán exclusivamente a través de la plataforma del Registro Federal de Cultura:
www.somos.cultura.gob.ar
Para poder postular, los/las/les interesados/as/es deberán contar con
una cuenta o crear una, para lo cual deberán completar la información
básica solicitada por el Registro Federal de Cultura. Una vez
habilitada la cuenta, podrán ingresar al Registro y realizar la
inscripción a la convocatoria ingresando al link "Convocatorias
Abiertas" y seleccionando allí la opción "Sonidos y Lenguas".
En el proceso de inscripción, deberán completar la información solicitada por el formulario online.
Para consultas sobre aspectos específicos del ingreso de datos en el
formulario, deberá dirigirse por correo electrónico a la siguiente
dirección:
sonidosylenguasargentina@cultura.gob.ar
Las consultas sobre el Registro Federal de Cultura deberán enviarse por correo electrónico a la siguiente dirección:
consultas.rfc@cultura.gob.ar
7.- Evaluación de las propuestas.
Luego de la verificación inicial del cumplimiento de los requisitos
mínimos de índole general que configuran los criterios de admisión, las
propuestas presentadas ingresarán a un sistema de evaluación a cargo de
una Comisión Evaluadora compuesta por CINCO (5) miembros, la que
determinará la pertinencia de los proyectos y establecerá un orden de
mérito basándose en los criterios de evaluación y selección
establecidos para esta convocatoria. La Comisión Evaluadora será
designada mediante acta suscripta por la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN
PATRIMONIAL de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE
CULTURA y estará integrada por autoridades y agentes de la citada
Secretaría y especialistas en materia de preservación de documentos
sonoros o disciplinas afines. Además de las mejores DIEZ (10)
propuestas de trabajo que conformen el orden de mérito, se
seleccionarán CINCO (5) más, que revestirán a condición de suplentes y
podrán acceder al beneficio del subsidio en el caso de que los/las/les
participantes seleccionados inicialmente estén impedidos de percibir
dicho beneficio o renuncien al mismo.
8.- Criterios de evaluación.
Serán considerados los siguientes criterios para la evaluación de los proyectos presentados:
- Originalidad de la propuesta e impacto del proyecto.
- Relevancia.
- Urgencia y vulnerabilidad.
- Coherencia entre objetivos y metodología del plan de trabajo.
- Factibilidad.
Se valorarán especialmente trabajos sobre las siguientes temáticas:
- Fomento a la perspectiva de género.
- Fomento a la perspectiva multicultural.
- Fomento a la no discriminación y a la diversidad.
- Fomento a la defensa y promoción de los derechos humanos.
9.- Selección de los beneficiarios.
La selección se hará de acuerdo a las pautas indicadas en los puntos 7 y 8.
Las decisiones de la Comisión Evaluadora serán irrecurribles. La
adjudicación de los subsidios será notificada a las direcciones de
correo electrónico que hayan sido indicadas por los participantes en la
presentación de sus propuestas de trabajo y serán además publicadas en
la página web del MINISTERIO DE CULTURA (www.cultura.gob.ar).
10.- Obligaciones de los beneficiarios.
Los/las/les beneficiarios/as/es de los subsidios deberán realizar su
trabajo de acuerdo a la disponibilidad, normativas y criterios de
la/las institución/es en la/s que se desarrollará el proyecto, por lo
que deberán observar las reglas de cuidado, prevención y conservación
del patrimonio relacionado con la propuesta. Dentro de los TRES (3)
meses siguientes a la finalización del proyecto, se deberá presentar un
informe final que incluya la descripción del proceso de trabajo, los
resultados, el impacto esperado y las perspectivas a futuro, siguiendo
las normas y el formato que serán indicados oportunamente.
11.- Uso de los resultados.
La SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA se
reserva los derechos de publicación, reproducción, utilización y/o
exposición en todos sus formatos de los resultados obtenidos en el
marco de la presente convocatoria. Los/las/les beneficiarios/as/es
podrán hacer uso de los resultados de sus proyectos de forma autónoma,
por lo que deberán indicar en toda oportunidad que los mismos han sido
fomentados mediante el subsidio asignado por el MINISTERIO DE CULTURA.
La SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA podrá
solicitar a los/las/les beneficiarios/as/es, una vez realizada la
rendición de cuentas del subsidio, el aporte —a título de colaboración—
de uno o más registros sonoros correspondientes al proyecto ganador,
con destino a la plataforma "Sonidos y Lenguas -Argentina".
12.- Aceptación de las bases y condiciones.
El hecho de inscribirse y participar de la presente convocatoria
implica la aceptación y conocimiento de todas sus cláusulas. Toda la
documentación relativa a la presentación de las propuestas de trabajo,
por parte de los/las/les interesados/as/es, tendrá un carácter
confidencial durante el proceso de evaluación, por lo que tendrán
acceso a la misma solamente el personal técnico autorizado de la
SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL y los/las/les miembros de la Comisión
Evaluadora.
13.- Rendición de cuentas de los subsidios.
Los/las/les beneficiarios/as/es de los subsidios deberán rendir cuentas
de los gastos realizados con el producto de tales prestaciones
públicas, conforme a la Resolución SC N° 2329/08 y sus modificatorias.
Para ello, deberá escanear o digitalizar y enviar los originales de las
facturas y recibos de pago conformados (firmados) por la persona
responsable del proyecto, en el término máximo de TREINTA (30) días
contados desde la fecha de finalización del plazo de implementación.
Asimismo, deberá presentar una planilla en la cual conste el detalle de
los comprobantes, indicando nombre del proveedor, fecha de emisión,
número de comprobante, monto erogado y detalle. La misma deberá estar
fechada y firmada por la autoridad máxima de la entidad, otorgando
conformidad, o en su defecto, por la persona responsable del proyecto.
Los/las/les beneficiarios/as/es de los subsidios deberán conservar por
el plazo de CINCO (5) años, contados a partir de la aprobación de la
rendición de cuentas, los comprobantes originales en soporte papel o en
soporte electrónico.
La omisión de rendir cuentas o el incumplimiento de cualquiera de las
obligaciones previstas en estas bases y condiciones, dentro de los
plazos indicados, dará lugar a la declaración de caducidad total o
parcial del beneficio acordado, en los términos del artículo 21 de la
Ley Nacional de Procedimiento Administrativo N° 19.549 y al reintegro
de lo recibido.
Condiciones de los comprobantes a presentar:
- Originales de facturas B o C o recibos de pago que reúnan los
requisitos previstos en la normativa pertinente de la ADMINISTRACIÓN
FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).
- Las facturas o recibos de pago deberán estar emitidos a nombre de
los/las/les beneficiarios/as/es de los subsidios. También pueden
emitirse comprobantes a consumidores finales.
- La fecha de emisión del comprobante de gastos debe estar relacionada con la actividad objeto del subsidio.
- Deben ser legibles, no deben presentar enmiendas ni tachaduras que no hayan sido debidamente salvadas por el proveedor.
- Sólo se recibirán y aceptarán facturas correspondientes a gastos y rubros aprobados en el proyecto postulado.
- Sólo se aceptarán rendiciones que consideren los rubros especificados
en el presupuesto presentado y aprobado en el formulario de postulación.
14.- Consideraciones generales.
Para la recepción efectiva de los fondos, los/las/les
beneficiarios/as/es de los proyectos seleccionados deberán cumplimentar
dentro del plazo de VEINTE (20) días hábiles, la documentación
administrativa necesaria, según la normativa vigente del MINISTERIO DE
CULTURA, la cual será informada oportunamente.
Anexo A
El presente anexo contiene la información requerida en el formulario de
inscripción online. No es necesario adjuntar este anexo al formulario;
su inclusión en las bases y condiciones se encuentra exclusivamente
destinada a orientar a los/las/les interesados/as/es sobre la
información que necesitarán para inscribirse en la convocatoria.
Formulario de inscripción digital
Convocatoria Sonidos y Lenguas
1.- Reseña institucional o Currículum vitae (hasta 1000 palabras).
Describir brevemente la historia de la institución, colectivo u
organización de la sociedad civil, indicando su misión, actividades,
servicios y vinculación con la comunidad, entre otros aspectos o el
Currículum de la persona física responsable del proyecto.
2.- Título del proyecto.
3.- Descripción del proyecto (hasta 500 palabras).
Explicar de manera breve y concisa las características del proyecto.
4.- Fundamentación (hasta 500 palabras).
Describir brevemente los fundamentos que motivan la realización del
proyecto, tales como la relevancia y/o urgencia y la vulnerabilidad del
acervo patrimonial en cuestión.
5.- Objetivos (hasta 300 palabras).
Describir de manera breve y concisa los objetivos generales y específicos del proyecto.
6.- Actividades y Metodología (hasta 500 palabras).
Describir de manera detallada las acciones, tareas y/o actividades
necesarias para llevar a cabo el proyecto propuesto y las técnicas que
se implementarán para obtener los resultados deseados.
7.- Cronograma y Plan de trabajo.
Describir de manera breve y concisa la implementación del proyecto según etapas.
8.- Resultados esperados e impacto social (hasta 300 palabras).
Explicar los resultados esperados a partir de la realización del
proyecto, en función del impacto sobre el acervo patrimonial así como
sobre la sociedad.
9.- Comunicación y difusión de los resultados (hasta 300 palabras).
Describir brevemente las estrategias que se usarán para informar los resultados del proyecto.
10.- Presupuesto.
Listar el detalle del presupuesto con el que se realizará el proyecto,
indicando los rubros, ítems, costo por ítem, total por rubro y total
general.
Anexo B
Especificaciones para la presentación del CV, que deberá ser adjuntado como un archivo en formato PDF en el formulario online.
- Datos personales e información de contacto (mail y teléfono).
- Estudios realizados. Mencionar los CINCO (5) más relevantes.
- Antecedentes de formación (cursos, capacitaciones, clínicas, entre otras actividades). Mencionar las CINCO (5) más relevantes.
- Antecedentes laborales relacionados con la presentación. Mencionar los CINCO (5) más relevantes.
- Premios/becas/reconocimientos obtenidos. Mencionar los CINCO (5) más relevantes.
Anexo C
Declaración jurada de postulación a la convocatoria.
Convocatoria Sonidos y Lenguas.
Nombre y apellido completos:
___________________________________________________________ DNI
N°________________________, en mi carácter de representante de la
entidad
_______________________________________________________________________habiendo
postulado a la CONVOCATORIA SONIDOS Y LENGUAS el proyecto
titulado_______________________________________, declaro bajo juramento
que he leído, comprendo, y acepto en todos sus términos las bases y
condiciones de la convocatoria, y específicamente, que:
1) En caso de ser seleccionado el proyecto de la entidad referida,
cumpliré con las obligaciones previstas en el Punto 5, inciso b) de las
bases y condiciones de la convocatoria.
2) La entidad que represento no empleará más del CINCUENTA POR CIENTO
(50%) del importe solicitado con destino a sueldos, honorarios,
viáticos e imputaciones equivalentes.
3) Dicha entidad no ha percibido aportes o contribuciones para el mismo
fin de la presente convocatoria, de organismos públicos del orden
Nacional, Provincial o Municipal.
4) La entidad que represento cuenta con aportes válidos para la
ejecución del proyecto, tanto en el caso de recursos propios
tecnológicos, insumos o materiales, infraestructura, como en la
participación de profesionales o especialistas ajenos a ella.