ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 8569/2021

DI-2021-8569-APN-ANMAT#MS

Ciudad de Buenos Aires, 17/11/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-94893277-APN-DSCLYA#ANMAT del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado la Dirección Evaluación y Control de Biológicos y Radiofármacos (Unidad Requirente) de esta Administración Nacional propicia la adquisición de Estabilizadores de Tensión.

Que bajo GEDO N° IF-2021-93960182-APN-DECBR#ANMAT la Unidad Requirente brinda los fundamentos técnicos que habilitan a la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC) a proceder en el marco de la emergencia sanitaria COVID 19.

Que la Coordinación de Compras ha emitido el informe de su competencia mediante el que aconseja utilizar el procedimiento de Contratación Directa por Emergencia COVID-19, ello en virtud de lo establecido en los Decretos de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE y DECNU-2020-287-APN-PTE, la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM y la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus normas modificatorias y complementarias.

Que bajo GEDO IF-2021-94910262-APN-DSCLYA#ANMAT se creó el proceso en el portal “COMPR.AR” bajo el número 66-0051-CDI21.

Que bajo GEDO N° PLIEG-2021-96423540-APN-DSCLYA#ANMAT constan las invitaciones a cotizar.

Que bajo N° GEDO IF-2021-95201783-APN-DSCLYA#ANMAT la UOC cursa, de manera complementaria, las invitaciones a cotizar a las firmas informadas por la Unidad Requirente.

Que bajo N° GEDO PLIEG-2021-101157348-APN-DSCLYA#ANMAT consta la publicidad del proceso 66-0051-CDI21.

Que bajo N° GEDO IF-2021-100247293-APN-DSCLYA#ANMAT consta el acta de apertura del proceso 66-0051-CDI21, para la que presentó oferta las firmas CAVEGO SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 33-70729225-9), LUCIANO DI GENNARO (CUIT 20-25930469-6), TACSO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-71046073-2), NEWAY IT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-71416018-0), MARCOS LUIS SARTORI (CUIT 20-12438963-2) y ROSANA MARÍA LEONOR POLLERO (CUIT 27-16910912-0).

Que mediante GEDO N° IF-2021-100360793-APN-DSCLYA#ANMAT e IF-2021-106662473-APN-DSCLYA#ANMAT la UOC realiza las verificaciones para corroborar el estado registral de los Oferentes en el portal COMPR.AR, posibles sanciones en el REPSAL y la existencia de deuda liquida y exigible o previsional ante la AFIP.

Que bajo N° GEDO IF-2021-102744546-APN-DECBR#ANMAT se vinculó la Evaluación Técnica realizada por la Unidad Requirente.

Que bajo GEDO N° IF-2021-106694061-APN-DSCLYA#ANMAT consta el informe de la Unidad Operativa de Contrataciones en el que se recomienda calificar en orden de mérito N° 1 para el renglón Nº 1 a la firma MARCOS LUIS SARTORI (CUIT 20-12438963-2).

Que el procedimiento seguido se halla comprendido dentro de las prescripciones contenidas en las aludidas normas.

Que la Dirección General de Administración y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de lo establecido en los Decretos de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE y DECNU-2020-287- APN-PTE, la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus normas modificatorias y complementarias y el Decreto N° 1490/92.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N° 014/2021 que tiene por objeto la adquisición de estabilizadores de tensión, conforme con lo establecido en los Decretos de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y DECNU-2020-287-APN-PTE del 17 de marzo de 2020, la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM del 18 de marzo de 2020 y la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus normas modificatorias y complementarias.

ARTÍCULO 2°.- Adjudícase el renglón Nº 1 de la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N° 014/2021 a la firma MARCOS LUIS SARTORI (CUIT 20-12438963-2) por la suma de PESOS CIENTO NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS ($109.332,00.-).

ARTÍCULO 3°.- La suma de PESOS CIENTO NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS ($109.332,00.-) se imputará con cargo a: Fuente de Financiación 12, inciso 4, Partida Principal 3, Partida Parcial 6, Ejercicio 2021.

ARTÍCULO 4°.- Autorízase a la COORDINACION DE COMPRAS a confeccionar la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 5°.- Dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Comuníquese. Dése a la Coordinación de Compras de la Dirección General de Administración para la difusión de la presente en el portal de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y a los efectos de la intervención de su competencia. Oportunamente, archívese.

Manuel Limeres

e. 19/11/2021 N° 88909/21 v. 19/11/2021