MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Resolución 147/2021
RESOL-2021-147-APN-SAGYP#MAGYP
Ciudad de Buenos Aires, 19/11/2021
VISTO el Expediente N° EX-2020-72315572- -APN-DGD#MAGYP del Registro
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley N° 25.080 de
Inversiones para Bosques Cultivados modificada por sus similares Nros.
26.432 y 27.487 y sus normas complementarias, el Decreto N° 133 de
fecha 18 de febrero de 1999 y sus resoluciones complementarias, y las
Resoluciones Nros. RESOL-2020-116-APN-SAGYP#MAGYP de fecha 23 de
octubre de 2020 y RESOL-2021-22-APN-SAGYP#MAGYP de fecha 12 de marzo de
2021, ambas de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por la Ley N° 25.080 de Inversiones para
Bosques Cultivados modificada por sus similares Nros. 26.432 y 27.487 y
sus normas complementarias, el Decreto N° 133 de fecha 18 de febrero de
1999 y sus resoluciones complementarias, se implementó el Régimen de
Promoción de Inversiones para Bosques Cultivados.
Que la citada Ley N° 25.080 en su Título V incorpora un Apoyo Económico no Reintegrable a los Bosques Implantados.
Que la mencionada Ley N° 25.080 en sus Artículos 17 y 18, sustituidos
por los Artículos 14 y 15 de su similar modificatoria N° 27.487,
establece que dicho apoyo económico no reintegrable consistirá en un
monto por hectárea variable por zona, especie y actividad forestal,
según lo determine la Autoridad de Aplicación y conforme a escalas de
porcentajes en función de los costos de plantación y tratamientos
silviculturales.
Que en el Artículo 23 de la mencionada Ley N° 25.080, sustituido por el
Artículo 17 de su similar modificatoria N° 27.487, se establece que la
Autoridad de Aplicación es la actual SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA del citado Ministerio, siendo éste el organismo
competente para determinar los costos de las distintas actividades
silviculturales, a los fines de la aplicación y pago del apoyo
económico no reintegrable.
Que por la Resolución N° RESOL-2020-116-APN-SAGYP#MAGYP de fecha 23 de
octubre de 2020 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se aprobaron los costos de
implantación y tratamientos silviculturales a los fines del
otorgamiento del apoyo económico no reintegrable para los
emprendimientos presentados durante el año 2019 y sucesivos y para los
emprendimientos plurianuales cuyas etapas se cumplieran desde dicho año.
Que desde la vigencia de la mencionada Resolución N°
RESOL-2020-116-APN-SAGYP#MAGYP a la fecha, se han producido cambios de
orden económico que implicaron un desfasaje entre los costos
establecidos por dicha Resolución y los actuales.
Que el mantenimiento de la vigencia de los mismos implicaría un
desaliento a la actividad que actuaría en detrimento de uno de los
objetivos de la citada Ley N° 25.080, como es la promoción de las
inversiones en bosques implantados.
Que por la Resolución N° RESOL-2021-22-APN-SAGYP#MAGYP de fecha 12 de
marzo de 2021 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se establecieron
beneficios adicionales al otorgamiento del apoyo económico no
reintegrable para los emprendimientos presentados durante el año 2019 y
sucesivos y para los emprendimientos plurianuales cuyas etapas se
cumplieran desde dicho año y se agregó el requerimiento de seguimiento
técnico profesional a todas las presentaciones con sus correspondientes
informes anuales.
Que se hace necesaria una actualización de los costos vigentes a ser
aplicados a los fines del pago del apoyo económico no reintegrable.
Que por razones de equidad con los productores, en cuanto al
otorgamiento del beneficio del referido apoyo económico, corresponde
hacer efectiva la actualización de los costos a partir de las
presentaciones de emprendimientos realizadas desde el 1 de enero de
2020.
Que en atención a las consultas de metodología de costos realizadas en
las distintas zonas forestales con la participación de productores y
autoridades provinciales, se propiciaron nuevas estructuras de costos.
Que por todo lo expuesto, es apropiado describir con mayor nivel de
detalle la información del esquema de costos de implantación y
tratamientos silviculturales, tal como se expone en el Anexo que,
registrado con el N° IF-2021-87692068-APN-DNDFI#MAGYP, forma parte
integrante de la presente resolución, separando los datos
correspondientes a la implantación en zona de secano de los
correspondientes a la implantación en zona de riego.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en
virtud de lo establecido por el Artículo 23 de la citada Ley N° 25.080,
sustituido por el Artículo 17 de su similar modificatoria N° 27.487 y
el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse a los fines exclusivos de la aplicación de la
Ley N° 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados modificada por sus
similares Nros. 26.432 y 27.487 y sus normas complementarias, los
costos de implantación y tratamientos silviculturales, según se
detallan en el Anexo que, registrado con el N°
IF-2021-87692068-APN-DNDFI#MAGYP, forma parte integrante de la presente
resolución.
ARTÍCULO 2°.- A los fines del otorgamiento del apoyo económico no
reintegrable, los costos que se aprueban por el Artículo 1° de la
presente resolución tendrán vigencia para los emprendimientos
presentados para ejecutarse en el año 2020 y sucesivos y para aquellos
emprendimientos plurianuales cuyas etapas se cumplan desde el año 2020
en adelante.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Jorge Alberto Solmi
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: www.magyp.gob.ar/normativa/
e. 24/11/2021 N° 89740/21 v. 24/11/2021