ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decisión Administrativa 1155/2021
DECAD-2021-1155-APN-JGM - Incorpóranse y asígnanse cargos vacantes.
Ciudad de Buenos Aires, 26/11/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-61342185-APN-SGYEP#JGM, las Leyes Nros.
25.164, 27.467 y 27.591, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de
2008, sus modificatorios y complementarios, 36 del 14 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, 4 del 2 de enero de 2020, 1421 del 8 de
agosto de 2002 y su modificatorio, las Decisiones Administrativas Nros.
1875 del 16 de octubre de 2020 y 4 del 15 de enero de 2021 y la
Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 1 del 30 de
enero de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 36/19 se instruyó a los/las titulares de las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional a
revisar los procesos concursales y de selección de personal con el fin
de analizar su legalidad y, en particular, el cumplimiento y
pertinencia de los requisitos previstos para el cargo concursado,
merituando los antecedentes presentados por los/las postulantes.
Que mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
N° 1/20 se estableció el procedimiento para cumplimentar la revisión
dispuesta por el Decreto N° 36/19.
Que por la Decisión Administrativa Nº 1875/20 se autorizó, como
excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.467 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2019, prorrogada por el Decreto N° 4/20, la cobertura mediante los
respectivos procesos de selección de personal de los cargos
pertenecientes a la reserva establecida por el artículo 6° de dicha ley.
Que por la Ley N° 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.
Que por el artículo 6° de la citada ley se facultó al Jefe de Gabinete
de Ministros mediante decisión fundada a incrementar la cantidad de
cargos aprobados, previa intervención de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, en el marco de las necesidades de dotaciones
que surjan de la aprobación de las estructuras organizativas de las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional, como también
de aquellas necesarias para responder a los procesos de selección
resultantes de los concursos regulados por la Ley Marco de Regulación
de Empleo Público Nacional N° 25.164 y los respectivos Convenios
Colectivos de Trabajo con el objeto de permitir un cambio en la
modalidad en la relación de empleo de contratos instrumentados en el
marco del artículo 9º del Anexo I del Decreto N° 1421/02.
Que, por su parte, por medio del artículo 1° de la Decisión
Administrativa N° 4/21 se distribuyó el presupuesto aprobado por la Ley
N° 27.591 para el Ejercicio 2021, en el que se encuentran contemplados
los cargos de la planta de personal permanente de cada una de las
Jurisdicciones y Entidades que conforman la Administración Pública
Nacional.
Que habiéndose sustanciado en los distintos organismos que conforman la
citada Administración Pública Nacional procesos de selección de
personal para la cobertura de cargos de planta permanente es que
resulta necesario incorporar y asignar cargos.
Que del relevamiento mencionado se han detectado necesidades
prioritarias de ordenamiento y regularización en la distribución de los
cargos de planta del personal en diversas Jurisdicciones y Entidades de
la Administración Pública Nacional para la implementación de los
procesos de selección, en el marco del Plan de Gestión Integral de
Regularización del Empleo Público.
Que, asimismo, resulta necesario instrumentar mecanismos con el fin de
que no se contrate nuevo personal que sustituya al contrato que se
rescinda, en virtud de la designación de personal en los cargos
concursados, dado que dichas posiciones pasarían a estar cubiertas por
cargos de planta permanente.
Que, sobre la base de la información suministrada por las
Jurisdicciones y Entidades, el análisis efectuado respecto de las
necesidades de cobertura de cargos vacantes y lo establecido en la
normativa correspondiente, resulta necesario asignar las vacantes para
los cargos autorizados para su cobertura mediante el Régimen de
Selección establecido por el Título IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto N° 2098/08.
Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la
SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la
intervención que les compete.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL
de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por los artículos 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL y 6° y 7° de la Ley N° 27.591.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Incorpóranse y asígnanse los cargos vacantes detallados
en el ANEXO I (IF-2021-105564056-APN-DNGIYPS#JGM) que forma parte
integrante de la presente decisión administrativa, con el fin de
proceder a la designación de personal en la planta permanente en las
distintas Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública
Nacional, atento los procesos de selección de personal oportunamente
sustanciados y a realizarse, con carácter de excepción al artículo 7°
de la Ley N° 27.591.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que en los casos en que la cobertura de los
cargos objeto de los concursos de posición recaiga en personas
vinculadas a la Administración Pública Nacional mediante cualquier
modalidad de contratación, esta vacante no podrá ser utilizada para una
nueva contratación de personal a partir de la toma de posesión del
cargo de planta permanente por parte del o de la postulante designado o
designada.
ARTÍCULO 3°.- Las distintas Jurisdicciones y Entidades de la
Administración Pública Nacional no podrán incorporar personal con el
objeto de reemplazar al o a la agente seleccionado o seleccionada bajo
ninguna modalidad contractual, a pesar de seguir contando con los
créditos presupuestarios oportunamente aprobados.
ARTÍCULO 4°.- Los funcionarios y las funcionarias de quienes dependan
las áreas de Recursos Humanos, con nivel no inferior a Subsecretario o
Subsecretaria, serán los y las responsables de la implementación y
cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes.
ARTÍCULO 5°.- La presente decisión administrativa entrará en vigencia en el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Luis Manzur - Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
(Nota Infoleg: por art. 5° de la Decisión Administrativa N° 1086/2022
de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 02/11/2022, se prorroga
hasta el 31 de diciembre de 2023 lo dispuesto en la presente norma.
Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL)
e. 29/11/2021 N° 91405/21 v. 29/11/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)