DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
Resolución 1829/2021
RESOL-2021-1829-APN-DNV#MOP
Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2021
VISTO el Expediente EX-2021-50333256- -APN-DNV#MOP del Registro de esta
DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado bajo la
órbita del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD Nº
443/2016 se creó la Coordinación de Responsabilidad Social
Institucional con rango de Gerencia, la cual tiene entre sus
principales acciones la de preparar y ejecutar el PROGRAMA DE
RESPONSABILIDAD SOCIAL INSTITUCIONAL (PRSI) de esta Vialidad Nacional.
Que el concepto de Responsabilidad Social alude a un estilo de ser, a
la sensibilidad que debe tener y aplicar cualquier persona u
organización respecto a las necesidades de su entorno y de la sociedad
en general, contemplando los impactos económicos, sociales y
ambientales asociados al desarrollo de sus actividades.
Que dicho Programa busca contribuir al desarrollo sostenible del País,
de las comunidades en las que impactan las obras viales y,
fundamentalmente, promover la vinculación con las personas que se ven
afectadas en forma directa o indirecta en su acontecer diario como
consecuencia de dichas obras, mediante el desarrollo de acciones dentro
del ámbito interno del Organismo, involucrando a todas y todos las y
los trabajadores, fomentando así el sentido de pertenencia al Organismo
desde una perspectiva amplia de género, diversidad e igualdad,
solidaridad, respeto y fundamentalmente inclusión social.
Que el ámbito externo el Programa se enfoca en los ejes:
Ambiental/Social, Relaciones con la Comunidad e Inversión Social, los
cuales se abordan desde la implementación de tres estrategias
puntuales: Involucramiento, Fortalecimiento y Posicionamiento, los
cuales impulsarán la construcción de una política de sostenibilidad
institucional.
Que el Programa tiene como objeto elaborar y ejecutar un Plan
estratégico de Responsabilidad Social que contemple Capacitaciones,
Jornadas, Campañas Institucionales, Alianzas y Fortalecimiento
Interinstitucional, Cuidado Ambiental, Cultura Vial, Padrinazgo
Escuelas Rurales, y Comunicación interna y externa a través de mesas de
diálogo responsable, a fin de articular las acciones y/o tareas que
puedan ser de utilidad a las comunidades que se vean afectadas por las
obras viales.
Que, en dicho marco, la Coordinación de Responsabilidad Social
Institucional ha propiciado la aprobación del Programa de
Responsabilidad Social Institucional (PRSI).
Que dicho Programa se denominará “En cada obra vial, hay una Responsabilidad Social”.
Que en virtud del alcance y el objetivo de dicho Programa, la
Coordinación de Responsabilidad Social Institucional estará facultada a
solicitar a la Gerencia Ejecutiva de Proyectos y Obras la remisión de
los proyectos o anteproyectos correspondientes a las obras, a fin de
poder analizar y/o evaluar la implementación del programa en las
mismas, detectando cuales pueden ser las necesidades a cubrir o las
acciones a desarrollar en dicho marco.
Que la GERENCIA EJECUTIVA DE LICITACIONES Y CONTRATACIONES ha prestado
su conformidad a la documentación que como consecuencia de la
aprobación del Programa se comenzará a incluir en las Licitaciones y
Contrataciones que efectúe el Organismo.
Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA ha manifestado que el contenido del
referido proyecto no impactaría, en principio, en aspectos vinculados
al sistema de control interno del organismo, no habiendo observaciones
que formular con relación a la continuidad de su trámite.
Que han tomado conocimiento del mismo la GERENCIA EJECUTIVA DE
RELACIONES INSTITUCIONALES, COMUNICACIONES Y POLÍTICA; la GERENCIA
EJECUTIVA DE PROYECTOS Y OBRAS; la GERENCIA EJECUTIVA DE OPERACIÓN Y
MANTENIMIENTO; la GERENCIA EJECUTIVA DE PLANEAMIENTO Y CONCESIONES; la
GERENCIA EJECUTIVA DE RECURSOS HUMANOS; la UNIDAD DE GESTIÓN EN
POLÍTICAS DE GÈNERO Y DIVERSIDAD; la GERENCIA EJECUTIVA DE
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS; la GERENCIA EJECUTIVA DE LICITACIONES Y
CONTRATACIONES, la GERENCIA EJECUTIVA REGIONAL y la COORDINACION
GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS ESPECIALES CON FINANCIAMIENTO EXTERNO.
Que todas las Gerencias Ejecutivas precitadas han prestado su
conformidad con el PROGRAMA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL INSTITUCIONAL de
esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD.
Que en el mismo sentido que las ut-supra mencionadas Gerencias
Ejecutivas, ha tomado conocimiento y prestado su conformidad al
PROGRAMA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL INSTITUCIONAL de esta DIRECCIÓN
NACIONAL DE VIALIDAD, el Subadministrador General.
Que la aprobación que se propicia por las presentes actuaciones no
compromete erogación presupuestaria. Que la GERENCIA EJECUTIVA DE
ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia
Que la presente se suscribe en virtud de las atribuciones conferidas
por Decreto Ley N° 505/58, ratificado por Ley N° 14.467 y Ley 16.920.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el PROGRAMA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL
INSTITUCIONAL (PRSI), denominado “En cada obra vial, hay una
Responsabilidad Social”, que como Documento IF-2021-111118586-APN
RRIICP#DNV forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º.- Facultase a la COORDINACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOCIAL
INSTITUCIONAL de la GERENCIA EJECUTIVA DE RELACIONES INSTITUCIONALES,
COMUNICACIONES Y POLÍTICA, a ejecutar el Programa, conforme los
alcances y objetivos plasmados en el mismo, solicitando a las demás
Gerencias y áreas de la repartición, la asistencia necesaria para el
desarrollo del mismo.
ARTÍCULO 3º.- Publíquese por intermedio de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
REGISTRO OFICIAL, la presente Resolución, y en la página web de esta
DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD.
ARTÍCULO 4º.- Instrúyase a la GERENCIA EJECUTIVA DE LICITACIONES Y
CONTRATACIONES a comunicar a los oferentes la existencia del Programa
de Responsabilidad Social Institucional de Vialidad Nacional,
incluyendo en la documentación licitatoria la Declaración Jurada
obrante en el Documento IF-2021- 111210776-APN-RRIICP#DNV
ARTÍCULO 5°.- Tómese razón, a través de la SUBGERENCIA DE DESPACHO Y
MESA GENERAL DE ENTRADAS, quien comunicará mediante el Sistema de
Gestión Documental Electrónica (G.D.E. – C.C.O.O.) a las dependencias
intervinientes, cursará las notificaciones de práctica y arbitrará los
medios necesarios para la publicación en el Boletín Oficial. Cumplido,
pase a la GERENCIA EJECUTIVA DE RELACIONES INSTITUCIONALES,
COMUNICACIONES Y POLÍTICA.
ARTICULO 6°.- Notifíquese, comuníquese y dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación.
Gustavo Hector Arrieta
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/11/2021 N° 91203/21 v. 29/11/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexo I Anexo II)