INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE
Resolución 373/2021
Posadas, Misiones, 25/11/2021
VISTO: las disposiciones de la Ley 25.564, el Decreto Reglamentario Nº
1.240/02, y la Resolución 11/2017, texto actualizado según Resolución
347/2021, y;
CONSIDERANDO:
QUE, es función del INYM aplicar y hacer cumplir las leyes, decretos
reglamentarios y disposiciones existentes y las que pudieran dictarse
relacionadas con los objetivos establecidos en la Ley 25.564; y,
asimismo, identificar, diseñar estrategias e implementar procedimientos
tendientes a optimizar la rentabilidad y competitividad del sector
yerbatero.
QUE, se encuentra vigente el “REGLAMENTO DE CONTROL DE CALIDAD DE
MATERIA PRIMA DE YERBA MATE”, oportunamente aprobado por Resolución
11/2017, de aplicación a todos los operadores que efectúen tareas de
recepción, transporte y/o secado de hoja verde de yerba mate, así como
a aquellos operadores que tengan a cualquier título, yerba mate
canchada, sea ésta de origen nacional o importada, independientemente
de que la materia prima sea propia o de terceros.
QUE, por Resolución 347/2021 se modificó el texto del Art. 5° de la
Resolución del INYM Nº 11/2017, estableciéndose que los operadores
alcanzados deben controlar la materia prima hoja verde que reciban,
pudiendo poseer palo hasta un diámetro máximo de 12 milímetros, lo que
será verificado mediante instrumentos de medición normalizados.
Asimismo determina que en caso de constatarse hoja verde con palo que
exceda los 12 milímetros de diámetro, el inspector actuante deberá
intervenirla, exigiendo su despale, con el objetivo de impedir su
incorporación al proceso de secanza.
QUE, a los efectos de realizar el control correspondiente, desde el
Area Fiscalización se elaboró la GUIA DE PROCEDIMIENTO PARA CONTROL DEL
PALO PERMITIDO EN LA HOJA VERDE, que contempla las acciones y
procedimientos a seguir, como los implementos a utilizar para el
correcto control del palo en la materia prima recibida.
QUE, el tema fue tratado en reunión de Subcomisión de Fiscalización de
fecha 24/11/2021, sugiriendo la aprobación de la guía correspondiente.
QUE, el Área Legales del INYM ha tomado intervención.
QUE, el INYM se encuentra facultado para disponer las medidas y
acciones necesarias a fin de hacer cumplir la Ley 25.564, su Decreto
Reglamentario 1240/02 y las disposiciones que en su consecuencia se
dicten relacionadas con los objetivos del INYM, según se desprende de
lo dispuesto en los Art. 4 y 5 de la Ley 25.564.
QUE, en virtud a lo expuesto, corresponde dictar el instrumento legal respectivo.
POR ELLO,
EL DIRECTORIO DEL INYM
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: APROBAR la GUIA DE PROCEDIMIENTO PARA CONTROL DEL PALO
PERMITIDO EN LA HOJA VERDE que se adjunta a la presente como Anexo I,
de aplicación para las tareas de control de lo establecido en el Art. 5
del “REGLAMENTO DE CONTROL DE CALIDAD DE MATERIA PRIMA DE YERBA MATE”,
oportunamente aprobado por Resolución 11/2017 del INYM.
ARTÍCULO 2 º: VIGENCIA. La presente Resolución tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su publicación.
ARTÍCULO 3 º: REGÍSTRESE. PUBLIQUESE en el Boletín Oficial. Tomen conocimiento las Áreas de competencia. Cumplido, ARCHÍVESE.
Nelson Omar Dalcolmo - Juan José Szychowski - Claudio Marcelo
Hacklander - Rubén Oscar Alvez - Danis Koch - Jonas Erix Petterson -
Denis Alfredo Bochert
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/11/2021 N° 91539/21 v. 29/11/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)