MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CONTINUA
Disposición 20/2021
DI-2021-20-APN-DNFC#MT
Ciudad de Buenos Aires, 01/12/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-80973790- -APN-DGD#MT, la Ley N° 22.317
y sus modificatorias, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado
por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), y sus modificatorias y
complementarias, la Ley N° 27.591 del Presupuesto Nacional para el año
2021, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, y N° 990 del 11 de diciembre de 2020, la Decisión
Administrativa N° 1662 del 9 de septiembre de 2020, ,la Resolución del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 784 del 28 de
septiembre de 2020, la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N°996 del
28 de septiembre de 2021, la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
FORMACIÓN CONTINUA N° 8 del 4 de octubre del 2021 y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley N° 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal
para fomentar la capacitación de trabajadores ocupados y desocupados a
través de la intervención de las empresas mediante la cancelación de
tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.
Que por el Artículo 3° de la Ley N° 22.317 se estableció que el cupo
anual del citado régimen será fijado anualmente en el presupuesto
general de gastos y cálculo de recursos de la Administración nacional.
Que la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2021, en su Artículo 31, inciso c), fijó en
PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($650.000.000) el cupo anual de
crédito fiscal correspondiente al año 2021 a ser administrado por el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el marco de lo
normado por la Ley N° 22.317.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL N° 784/2020, se aprobó el PLAN DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y
CONTINUA, que como Anexo forma parte integrante de la citada
Resolución, el cual tiene por objeto estructurar, sistematizar e
impulsar programas, proyectos y acciones desarrollados en el ámbito del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL dirigidos a mejorarlas
competencias, habilidades y calificaciones de trabajadoras y
trabajadores de nuestro país.
Que por el Artículo 49 del Anexo de la Resolución del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 784/2020, se estableció que la
ejecución del cupo de crédito fiscal que anualmente se asigna al
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el marco del
Régimen de Crédito Fiscal creado por la Ley N° 22.317 y modificatorias,
forma parte del PLAN DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y CONTINUA y su
administración estará a cargo de la SECRETARÍA DE EMPLEO, la cual
dictará las normas necesarias para su implementación.
Que por la Resolución del SECRETARIO DE EMPLEO N° 996/2021 se aprobó el
Programa Crédito Fiscal correspondiente al año 2021, que como Anexo
forma parte integrante de la citada Resolución, facultando en su
Artículo 2° a la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CONTINUA a aprobar los
formularios, instrumentos operativos e instructivos necesarios para la
implementación del PROGRAMA CRÉDITO FISCAL correspondiente al año 2021.
Que por la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CONTINUA
N° 8/2021 se aprobaron los instrumentos operativos de evaluación y se
estableció el puntaje mínimo de pre-aprobación de las propuestas.
Que se encuentra vigente un período de presentación de propuestas en el
marco del Programa Crédito Fiscal correspondiente al año 2021, con
fecha límite de presentación en Plataforma Crédito Fiscal del 30
noviembre 2021.
Que la plataforma referida exhibe hoy errores de diseño que impiden la correcta presentación de las propuestas.
Que en función de las consideraciones planteadas, resulta necesario
extender el plazo para la presentación de propuestas en el marco del
PROGRAMA DE CRÉDITO FISCAL correspondiente al año 2021, previsto por el
Artículo 1° de la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN
CONTINUA N° 8/2021.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que
corresponde.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el Artículo 2° de la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 996/2021.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE FORMACIÓN CONTINUA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Modifícase las fechas de cierre para la presentación de
propuestas prevista en el Artículo 1º de la Disposición del DIRECCIÓN
DE FORMACIÓN CONTINUA N° 8/2021, por el siguiente:
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.
Edith Byk
e. 02/12/2021 N° 92911/21 v. 02/12/2021