INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
Resolución 360/2021
RESFC-2021-360-APN-D#INCUCAI
Ciudad de Buenos Aires, 02/12/2021
VISTO el EX-2021-106090481- -APN-DA#INCUCAI, la Ley Nº 27.447 de
Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, y las Resoluciones INCUCAI
Nros. 70 y 26 de 2018; y
CONSIDERANDO
Que de conformidad a las funciones que le son encomendadas por el
artículo 57 de la Ley Nro. 27.447, corresponde al INSTITUTO NACIONAL
CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI) dictar las
normas técnicas a las que deberá responder la obtención y utilización
de órganos, tejidos y células para trasplante; promoviendo la calidad,
seguridad y trazabilidad de los procesos de donación y trasplante en el
ámbito nacional.
Que en ese marco de competencias, a través de las Resoluciones INCUCAI
Nros. 70 y 26 de 2018, se dictaron las normas y procedimientos para el
desarrollo de la práctica de ablación e implante de córneas y escleras,
contemplativos de las diferentes etapas y aspectos de la actividad.
Que en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE
LA SALUD (OMS) con relación al coronavirus COVID-19, y la ampliación de
la emergencia pública en materia sanitaria, se debieron implementar
medidas y acciones excepcionales para el adecuado cumplimiento de las
recomendaciones dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional, asegurando
los derechos de las personas involucradas y garantizando las
prestaciones básicas de la actividad trasplantológica.
Que en ese marco, la DIRECCIÓN MÉDICA ha señalado que “luego de más de
un año y medio de evolución de la pandemia, los escenarios
epidemiológicos se han modificado, dado por las medidas de protección
general, los esquemas iniciados (75%) y completos (57%) de vacunación
de la población, y la ausencia de evidencia actual de transmisión viral
por trasplante de córneas”, tornan necesaria la revisión de los
protocolos y procedimiento aplicables en la materia.
Que, agrega, diversos organismos relacionados con la procuración y el
trasplante de tejidos como la EUROPEAN CENTRE FOR DISEASE PREVENTION
AND CONTROL (ECDC) y la “EYE BANK ASSOCIATION OF AMERICA” (EBAA), como
así también agencias como la FOOD AND DRUG ADMINISTRATION (FDA) -en
trabajo colaborativo con el “CENTRO PARA EL CONTROL DE ENFERMEDADES
(CDC) de Estados Unidos-, han sostenido que no se han notificado casos
sospechosos de COVID 19 por transmisión de donantes en el contexto del
trasplante de córneas.
Que en ese marco, basado en la evidencia actual, la mencionada
Dirección ha elaborado un protocolo para la procuración de dichos
tejidos en el marco de la referida Pandemia , con el fin de dar
respuesta a la los pacientes que se encuentran en lista de espera.
Que las DIRECCIONES CIENTÍFICO TÉCNICA, MÉDICA y DE ASUNTOS JURÍDICOS, han tomado la intervención de su competencia.
Que la medida que se adopta ha sido resuelta por el DIRECTORIO del
INCUCAI en su sesión ordinaria del día 2 de diciembre de 2021, conforme
surge del texto del Acta Nº 50.
Que se actúa en el marco de las competencias otorgadas por el artículo 57 de la Ley Nº 27.447.
Por ello;
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el “PROTOCOLO PARA LA PROCURACIÓN DE CÓRNEAS EN
EL MARCO DE LA PANDEMIA DE SARS COV2”, establecido en el ANEXO ÚNICO
(IF-2021-116699322-APN-DM#INCUCAI) de la presente resolución, que forma
integrante de la misma.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Notifíquese. Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL para la publicación. Cumplido, archívese
Jose Luis Bustos - Carlos Soratti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/12/2021 N° 93301/21 v. 03/12/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)