e. 07/12/2021 N° 94089/21 v. 07/12/2021
(Nota
Infoleg: Los anexos
referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial.)
ANEXO I
PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD
- SUBCOMPONENTE 2.1-
BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE
INICIATIVAS DE PROMOCIÓN DE CONGLOMERADOS PRODUCTIVOS TIC
(IPROA-TIC)
I. DEFINICIONES Y SIGLAS
Los términos y siglas definidos a continuación tendrán el significado
que se les asigna en el presente artículo y en el cuerpo de las
presentes Bases y Condiciones. Los términos en singular deben
extenderse igualmente al plural y viceversa cuando la interpretación de
los textos así lo requiera.
ANR: Aportes No Reembolsables.
BID o BANCO: Banco Interamericano de Desarrollo.
CONGLOMERADOS PRODUCTIVOS TIC: Son concentraciones territoriales de
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas empresas TIC,, sus organizaciones
(cámaras, cooperativas, asociaciones, etc.), e instituciones de apoyo
(universidades, institutos técnicos, áreas del gobierno local, etc.),
que se caracterizan por: i) interactuar con diferente intensidad,
focalización y grado de complementariedad, alrededor de un determinado
campo o sector económico en un mismo espacio geográfico o temático; y
ii) tener por finalidad brindar a sus integrantes relaciones más
estrechas, una mejor información sobre mercados y tendencias, datos
analíticos de la actividad, uso de mejores prácticas y otras ventajas
que produzcan una mayor productividad y mejor acceso a la innovación y
que, en consecuencia, debería redundar en una mejora para los
integrantes de dicho Conglomerado.
CONGLOMERADO PRODUCTIVO INCIPIENTE: son aquellos que buscan adecuar,
ajustar y/o desarrollar una planificación estratégica.
CPP: Comité de Pre Aprobación de Proyectos integrado por el Director
Nacional del Programa, el Subsecretario de la Productividad y
Desarrollo Regional Pyme, la Directora Nacional de Política y Gestión
Pyme, el Director de Políticas Pyme y la Coordinadora General del
PROGRAMA PAC.
EMPRESAS TIC : son aquellas que realizan alguna/s de las actividades
promovidas por la Ley N° 27.506 y su modificatoria (Artículo 2° a).
ENTIDADES PATROCINANTES (EP): serán las encargadas de presentar el
IPROA por si (en caso de Conglomerados con personería jurídica), o en
representación del Conglomerado, pudiendo actuar como tales
instituciones públicas, mixtas y/o privadas colectivas que gocen de la
representatividad del Conglomerado formalizada por escrito.
ROP: Reglamento Operativo del Programa de Apoyo a la Competitividad
RUMP: Registro Único de la Matriz Productiva
(https://www.argentina.gob.ar/inscribirse-
al-registro-unico-de-la-matriz-productiva-rump) aprobado por Resolución
N° 328 de fecha 30 de junio de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO.
INICIATIVA DE PROMOCIÓN DEL CONGLOMERADO (IPROA): Presentación que
realiza la Entidad Patrocinante a partir del llamado público donde se
expone la información y antecedentes del Conglomerado.
IPP: Idea de Proyecto Prioritario.
PROYECTO PRIORITARIO (PPr): en el marco de la presente convocatoria
será considerado Proyecto Prioritario aquel que se oriente al ajuste,
actualización y/o desarrollo de la planificación estratégica del
Conglomerado para coadyuvar al cumplimiento de UNA (1) de las
siguientes finalidades: a) el desarrollo de productos y soluciones TIC
para apoyar la producción de bienes locales: provisión de soluciones
generales y customizadas de digitalización y automatización, sistemas
para la implementación de Internet de las Cosas (Iot), Inteligencia
Artificial y Ciencia de Datos en sectores productivos de la región; o
b) a la exportación de los productos y/o servicios del Conglomerado.
MiPyMEs: Aquellas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que cumplan con
los requisitos previstos en la Resolución N° 220 de fecha 12 de abril
de 2019 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y sus modificatorias.
NO: No Objeción del BID.
PROGRAMA PAC: Programa de Apoyo a la Competitividad Para Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs), financiado con recursos del
Préstamo BID 2923/OC- AR y contrapartida local.
UNIDAD EJECUTORA DEL CONGLOMERADO PRODUCTIVO (UEC): es la institución
que gestiona y administra los fondos del Proyecto. Pueden actuar como
UEC personas jurídicas privadas propuestas por un Conglomerado
Productivo constituido de acuerdo a lo establecido en estas Bases y
Condiciones.
La UEC deberá contar con capacidad legal para representar a los
miembros del Conglomerado, pudiendo administrar y gestionar fondos de
terceros en el caso de corresponder.
En el caso de Conglomerados Productivos con personería jurídica no se
requiere de UEC, sus funciones son asumidas por dicha persona jurídica.
La UEC estará a cargo de la ejecución del Proyecto y será la
responsable de llevar adelante los procedimientos y las contrataciones
necesarias para su implementación.
UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA PAC (UEP): es la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO DE LA NACIÓN.
SEPyMEYE SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES
del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO DE LA NACIÓN.
II. ANTECEDENTES
Con la finalidad de mejorar la competitividad de Conglomerados
Productivos, y como parte de las políticas de desarrollo productivo, la
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO DE LA NACIÓN ejecuta el PROGRAMA de
Apoyo a la Competitividad para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
(PAC— Préstamo BID N° 2923/OC-AR), el cual prevé asistencia a los
Conglomerados Productivos mediante el Subcomponente 2.1 de Apoyo a la
Competitividad y Articulación Productiva Territorial de acuerdo al
Reglamento Operativo del Programa.
El objetivo del PROGRAMA PAC, en el marco del citado Subcomponente, es
promover la mejora competitiva de aglomeraciones productivas de base
industrial, sobre la base de un Proyecto Prioritario (PPr) de alto
impacto orientado a superar las necesidades colectivas de las MiPyMEs,
empresas e instituciones que los componen.
En este sentido, se pretende fomentar los sistemas productivos locales
y cadenas de valor en los cuales interactúan los citados Conglomerados
Productivos. La intervención del PROGRAMA PAC apunta a crear un marco
favorable para que las MiPyMEs integrantes de los Conglomerados
Productivos de una región definida, obtengan un crecimiento sostenible
tanto en términos cuantitativos y de escala, como también en términos
de conocimiento y tecnologías utilizadas/desarrolladas/aplicadas a
productos y/o procesos, a fin de contribuir principalmente al
incremento en la generación de valor agregado local.
III. CONVOCATORIA
La SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES, en
adelante SEPYME, realiza un llamado específico en el marco del
SUBCOMPONENTE 2.1 DEL PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO,
PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, "PAC CONGLOMERADOS" (BID 2923/OC-AR) a la
presentación de Iniciativas de Promoción de Conglomerados Productivos
TIC (IPROA - TIC)
La presente convocatoria está destinada a la presentación de
Iniciativas de Promoción de Conglomerados (IPROA), en Conglomerados
Productivos del sector TIC incipientes, según lo expresado
precedentemente.
Cada IPROA, además de proporcionar los datos clave del Conglomerado
Productivo, deberá indicar una Idea de Proyecto Prioritario (IPP)
orientada al ajuste, actualización y/o desarrollo de la planificación
estratégica para cumplir con UNA (1) de las siguientes finalidades:
a) el desarrollo de productos y/o soluciones TIC para apoyar la
producción de bienes locales: provisión de soluciones generales y
customizadas de digitalización y automatización, sistemas para la
implementación de Internet de las Cosas (Iot), Inteligencia Artificial
y Ciencia de Datos en sectores productivos de la región;
b) la exportación de los productos y servicios del Conglomerado.
Las IPROA deberán contar con el aval expreso de los principales
miembros, incluidas las empresas (un mínimo de 10 MiPyMEs),
instituciones intermedias y del conocimiento y agencias públicas
activas en la región en caso de corresponder.
El presupuesto total que dispone el PROGRAMA PAC para asignar al
presente llamado es de PESOS VEINTICINCO MILLONES ($25.000.000) de
acuerdo a lo establecido en el Contrato de Préstamo BID N°2923/OC-AR y
la Ley de Presupuesto de la Administración Pública Nacional.
IV. PLAZOS
La presentación de las IPROA se realizará bajo la modalidad de
convocatoria cerrada. Esto significa que los Conglomerados o sus
Entidades Patrocinantes (EP) podrán presentar IPROA por un plazo de
TREINTA (30) días corridos contados a partir del día siguiente al de la
publicación en el Boletín Oficial de la resolución que aprueba las
presentes Bases y Condiciones.
Todos los plazos se computarán en días corridos, salvo que en estas
Bases y Condiciones se disponga expresamente lo contrario.
V. SOLICITANTES
Podrán participar de la presente convocatoria Conglomerados Productivos
TIC con o sin personería jurídica.
La presentación de la IPROA deberá ser realizada por una Entidad
Patrocinante (EP), pudiendo actuar como tal aquellos Conglomerados
Productivos que cuenten con personería jurídica. Caso contrario,
deberán actuar como EP personas jurídicas públicas, mixtas o privadas
colectivas que gocen de la representatividad del Conglomerado y que
sean formalizadas, a los efectos del PROGRAMA PAC, mediante el Anexo II
de la resolución por la que se aprueban las presentes Bases y
Condiciones.
Asimismo, los Conglomerados Productivos deberán contar con una Unidad
Ejecutora (UEC), cuyas funciones serán asumidas por los mismos
Conglomerados cuando cuenten con personería jurídica. Caso contrario,
deberán designar a una institución con personería jurídica para poder
administrar y gestionar contrataciones y fondos de terceros.
Los Conglomerados Productivos participantes deberán cumplir las
siguientes características:
● Estar conformados por un mínimo de DIEZ (10) MiPyMEs del sector TIC
concentradas en una misma zona geográfica;
● Tener capacidad y responsabilidad demostrable para afrontar la
contraparte.
● Estar acompañados por organizaciones e instituciones de apoyo.
VI. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA PRESENTACIÓN DE IPROA
Los interesados deberán acreditar la siguiente documentación:
a. Nota de manifestación de interés en participar del PROGRAMA PAC por
parte de las entidades y empresas miembros del Conglomerado Productivo
(Anexo II de la resolución por la que se aprueban las presentes Bases y
Condiciones).
b. Copia simple que acredite el cargo de los firmantes de cada una de
las empresas o entidades que conforman el Conglomerado, al menos diez
PyMEs.
c. Certificado MiPyME de las empresas miembro del Conglomerado.
d. Ficha IPROA firmada por el Conglomerado o la EP, según corresponda
(Anexo III).
e. Copia certificada y legalizada de instrumento público que acredite
la firma de la autoridad del Conglomerado o de la EP (Anexo VI - Modelo
de Primer Testimonio de Escritura Pública). En caso de tratarse de una
entidad pública, presentar copia del acto administrativo de designación.
El PROGRAMA PAC podrá requerir otra información respaldatoria o
documentación adicional para continuar con el proceso de evaluación.
VII. FORMA DE PRESENTACIÓN
La presentación de la documentación deberá efectuarse vía Plataforma
Trámites a Distancia (TAD) hasta el día de cierre de la convocatoria.
Toda notificación, solicitud de documentación y/o subsanación que se
requiera deberá realizarse mediante la Plataforma TAD.
La presentación, recepción y evaluación del IPROA genera únicamente el
derecho, a favor del Conglomerado, a la recepción, evaluación y
posterior notificación del resultado de dicha evaluación.
VIII. REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD
A los efectos de la presente convocatoria los principales criterios a
priorizar en la selección de los CONGLOMERADOS PRODUCTIVOS a asistir
son:
a. Que los objetivos, destinatarios y actividades se enmarquen dentro
de lo dispuesto por las presentes Bases y Condiciones del PROGRAMA PAC
para su financiamiento y el Reglamento Operativo aprobado por la
Resolución N°1212/2014 de la ex Secretaría de la Pequeña y Mediana
Empresa y Desarrollo Regional.
b. Haber sido presentados bajo los procedimientos y mecanismos formales
de participación dispuestos por el PROGRAMA PAC.
c. Tratarse de iniciativas asociativas de naturaleza público-privada
(organismos públicos y empresas) o privada-privada cuyas actividades se
planteen en un marco geográfico- territorial determinado.
d. Que el Conglomerado presente una masa crítica de empresas (al menos
10 MiPyMEs) e instituciones que permita la generación de externalidades
y capacidad de impactar en la actividad económica de su zona de
influencia.
e. Que las empresas que conforman el Conglomerado posean Certificado
MiPyME vigente.
f. Que la IPROA obtenga un puntaje mayor o igual a SESENTA (60) puntos
en la Matriz de Evaluación de IPROA (Anexo V).
g. Que los integrantes del Conglomerado (Entidades Patrocinantes,
Unidades Ejecutoras, Empresas) no tengan deuda tributaria o previsional
exigible.
h. Que la Unidad Ejecutora / Conglomerados Productivos y Empresas
integrantes se encuentren inscriptos en el Registro Único de la Matriz
Productiva (RUMP).
i. Que las empresas que componen el Conglomerado Productivo sean del
sector TIC, en los términos definidos en las presentes bases.
IX. APORTES NO REEMBOLSABLES - ANR
El monto de ANR a financiar por proyecto será de hasta PESOS UN MILLÓN
QUINIENTOS MIL ($1.500.000). El PROGRAMA PAC aportará el NOVENTA POR
CIENTO (90%) del total del Proyecto como ANR y el DIEZ POR CIENTO (10%)
restante deberá ser aportado por el Conglomerado Productivo como
contraparte en forma monetaria.
Los ANR que se reconocerán deberán ser aplicados a la etapa de diseño
del PPr. y destinados a financiar los honorarios de contratación de
consultores para la elaboración del PPr, con un plazo máximo de
realización de CUATRO (4) meses o hasta el día 26 de Marzo de 2022, lo
que ocurra primero.
Los honorarios de consultores previstos para esta etapa deberán
valorizarse sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA), salvo en
aquellos casos de beneficiarios que no les corresponda computar el
crédito fiscal de dicho impuesto o cuando por la condición del
proveedor seleccionado frente al impuesto no se admita la
discriminación del IVA en sus ventas.
El PROGRAMA PAC, la SEPyMEYE, la UEP y el BANCO no responderán en
ningún caso por mayores costos, ni por variaciones del tipo de cambio,
ni por incrementos de cualquier naturaleza que pudieran derivarse de
cualquier causa.
X. GASTOS ELEGIBLES
A continuación se detallan los gastos elegibles que podrán incluirse en
las actividades financiadas con ANR o consideradas como aporte local
monetario:
a. Contratación de un Gerente Técnico para la elaboración del PPr. La
misma se realizará por un plazo máximo de CUATRO (4) meses.
b. Contratación de hasta DOS (2) consultores por un período máximo de
CUATRO (4) meses con el objetivo de acompañar en la elaboración del PPr
y de sensibilizar a los actores y fortalecer el comportamiento
asociativo.
Todos los Aportes de la Contraparte deberán ser monetarios. El
Conglomerado deberá aportar como mínimo el DIEZ POR CIENTO (10%)
correspondiente a los honorarios de los consultores previstos para la
etapa de diseño.
XI. EVALUACIÓN DE IPROA
El proceso de evaluación de las IPROA tendrá las siguientes etapas:
1. Los IPROA serán calificados en base al Anexo V "Matriz Evaluación de
IPROA" que forman parte del presente documento ejecutivo. Las IPROA que
no alcancen un total de SESENTA (60) puntos conforme los criterios
establecidos en el mencionado Anexo V, serán desestimados, mientras que
las que alcancen el puntaje indicado anteriormente avanzarán a la
siguiente etapa de evaluación.
2. La evaluación de los IPROA que tengan SESENTA (60) puntos o más será
realizada por el equipo técnico del PROGRAMA PAC.
Se controlará el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad
requeridos como condición excluyente para su presentación; luego se
aplicarán los criterios de evaluación a la información y antecedentes
del Conglomerado.
La evaluación se realizará en un plazo de DIEZ (10) días hábiles,
contados desde la fecha de cierre de la convocatoria.
3. Se realizará una reunión virtual de los representantes del equipo
técnico del PROGRAMA PAC con representantes de la EP para verificar los
antecedentes. Finalizada la misma realizarán un informe de validación
que forma parte de la evaluación.
4. Los informes de validación de los IPROA serán remitidos por la
Coordinadora General del PROGRAMA PAC al Comité de Pre Aprobación (CPP).
5. El CPP analizará los informes de validación, y los preaprobará,
rechazará, o requerirá la información y/o documentación adicional que
considere pertinente para decidir al respecto.
Este Comité podrá invitar a participar de la evaluación a responsables
de otros programas de la SEPyMEYE, autoridades de otros ministerios,
así como solicitar la colaboración de instituciones intermedias
reconocidas y expertos en la temática en cuestión.
6. Orden de mérito. En función de la evaluación efectuada en las etapas
precedentes, se conformará el orden de mérito de las IPROA presentadas
hasta agotar el presupuesto asignado en el punto III CONVOCATORIA.
Dichos proyectos continuarán con el proceso de evaluación formal.
7. Presentación de documentación y evaluación formal. Finalizada la
evaluación por el CPP, el equipo técnico del PROGRAMA PAC requerirá a
los Conglomerados cuyas IPROA hayan sido pre aprobadas en orden de
mérito hasta agotar presupuesto, la presentación de la documentación de
acuerdo al tipo de Conglomerado (punto XII DOCUMENTACIÓN FORMAL), en un
plazo de DIEZ (10) días hábiles desde su notificación. En el supuesto
caso que dicha documentación no sea presentada en tiempo y forma se
desestimará la IPROA.
8. Las IPROA rechazadas en la evaluación formal darán lugar a que se
evalúen formalmente las subsiguientes IPROA de acuerdo al orden de
mérito establecido en la etapa de evaluación.
9. Las IPROA que resulten aprobadas en su evaluación formal,
conformarán una grilla con orden de mérito hasta agotar el cupo
presupuestario.
10. Aquellas IPROA validadas serán remitidas por la Coordinadora
General del PROGRAMA PAC a consideración del BID, para el otorgamiento
de la No objeción del BANCO (NO).
11. Si el BID otorga la NO, la Coordinadora General del Programa PAC
notificará la misma a la EP y la UEC/CONGLOMERADO, y se dará inicio a
la ejecución de la IPROA.
12. En el caso de que el BID pida mayor información se dará un plazo de
DIEZ (10) días hábiles desde su notificación para contestar la/s
observación/es y continuar el trámite de NO, vencido el plazo y ante la
falta de respuesta se tendrá por desestimada la IPROA.
13. El BID deberá otorgar la NO al monto para dar inicio a la ejecución.
XII. DOCUMENTACIÓN FORMAL
Aquellos proyectos que resulten preaprobados por el CPP, serán
notificados vía TAD y se les solicitará la siguiente documentación
requerida para la evaluación formal del Proyecto:
Conglomerados con Personería Jurídica:
a. Certificado MIPyME vigente de las empresas que conforman el
Conglomerado.
b. UN (1) original de la Primera Copia de la Escritura Pública, la cual
deberá contener la acreditación de la existencia de la persona jurídica
y de su vigencia actual, con indicación de la razón social, fecha de
constitución, domicilio legal, objeto social, datos de inscripción y
sus modificaciones en los registros públicos correspondientes.
Asimismo, deberá acreditar la personería de su/s representante/s
legal/es o apoderado/s con mandato vigente, conforme modelo aprobado
como Anexo VI de la resolución por la que se aprueban las presentes
Bases y Condiciones.
c. Copia simple del Instrumento Constitutivo y Estatuto de la entidad.
d. Certificación contable de la figura jurídica: UN (1) original,
emitido por Contador Público Nacional con su firma debidamente
certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que
corresponda, conforme al modelo aprobado como Anexo VII.
e. Constancia de inscripción en el RUMP de al menos DIEZ (10) de las
empresas que conforman el Conglomerado.
f. Declaración jurada mediante la cual se manifiesta no haber recibido
financiamiento de otros Programas para la IP que se está postulando,
excepto que éste sea demostrablemente complementario con la propuesta
de la IPROA, conforme el modelo aprobado como Anexo IV.
Conglomerados sin personería jurídica:
a. Certificado MIPyME vigente de las empresas que conforman el
Conglomerado
b. Suscribir un contrato asociativo en el cual se estipulen los
derechos y obligaciones de cada una de las partes y un mandato expreso
a la entidad designada como UEC en el cual se regulen específicamente
las obligaciones de administrar, disponer de los fondos (ANR y
contraparte) y ejecutar el Proyecto. Ambos documentos deberán
presentarse debidamente suscriptos por cada uno de los representantes
legales de las empresas/entidades que lo componen y certificada su
firma por escribano público, en su caso, debidamente legalizada por el
Colegio correspondiente.
c. Constancia de inscripción en el RUMP de cada una de las al menos
DIEZ (10) empresas que conforman el Conglomerado.
d. Declaración jurada mediante la cual se manifiesta no haber recibido
financiamiento de otros Programas para la IP que se está postulando,
excepto que éste sea demostrablemente complementario con la propuesta
de la IPROA, conforme el modelo aprobado como Anexo IV, firmada por
cada empresa y entidad que conforma el Conglomerado.
La institución que actúe como UEC deberá presentar:
a) Copia simple del Instrumento Constitutivo y Estatuto de la entidad.
b) UN (1) original de la Primera Copia de la Escritura Pública,
conforme el modelo aprobado como Anexo VI, la cual deberá contener la
acreditación de la existencia de la persona jurídica y de su vigencia
actual, con indicación de la razón social, fecha de constitución,
domicilio legal, objeto social, datos de inscripción y sus
modificaciones en los registros públicos correspondientes. Asimismo,
deberá acreditar la personería de su/s representante/s legal/es o
apoderado/s con mandato vigente.
c) Certificación contable: UN (1) original emitido por Contador Público
Nacional, con su firma debidamente certificada por el Consejo
Profesional de Ciencias Económicas que corresponda, conforme al modelo
aprobado como Anexo VII.
El equipo técnico del PROGRAMA PAC, así como el CPP podrán solicitar la
documentación adicional o complementaria que consideren necesaria y
pertinente al Conglomerado, a las empresas o entidades que lo
conforman, a la EP o a la UEC.
XIII. ETAPA DE ELABORACIÓN DEL PPr
Una vez otorgada la NO por el BID, los representantes del PROGRAMA PAC
notificarán a las EP/UEC/CONGLOMERADOS la fecha para la suscripción del
correspondiente Convenio Marco de Cooperación con el PROGRAMA PAC a los
fines de iniciar la etapa de diseño, conforme el modelo aprobado como
Anexo VIII de la resolución por la que se aprueban las presentes Bases
y Condiciones.
La utilización de los servicios brindados por la UEP, no otorgan a la
UEC/CONGLOMERADO ningún tipo de derecho con respecto a la aprobación
del PPr. o en una posible implementación del mismo por el PROGRAMA PAC,
encontrándose éste inmune a cualquier tipo de reclamo que puedan surgir
en virtud de dichos servicios.
Los honorarios correspondientes a las contrataciones de consultores,
serán co-financiados por el PROGRAMA PAC durante el desarrollo de la
presente etapa.
Para determinar los honorarios la UEC/CONGLOMERADO deberá considerar
las condiciones del mercado local, los antecedentes salariales del
consultor y, como referencia, el rango y la escala salarial profesional
estipulado en el Decreto N° 1109 de fecha 28 de diciembre de 2017 y sus
modificatorias. Asimismo, el pago de los servicios deberá estar de
acuerdo con la complejidad del trabajo, el grado de responsabilidad, la
experiencia profesional y las calificaciones académicas requeridas.
Las contrataciones efectuadas en la etapa de diseño deberán llevarse a
cabo según las Políticas del BANCO (GN 2350-9).
El PPr deberá ser formulado de acuerdo a las normas técnicas,
administrativas, gerenciales y ambientales de la práctica habitual del
sector en general y de la actividad en particular y en conformidad con
la legislación nacional y local y con las políticas del banco
aplicables.
La etapa de diseño culmina con la presentación y la aprobación por
parte del PROGRAMA PAC del informe final del PPr elaborado por los
consultores contratados y avalado por la UEC.
XIV. AUDITORÍA
El Área técnica del Subcomponente 2.1 tendrá la posibilidad de
verificar las actividades realizadas en los proyectos. De manera
indicativa, dicho mecanismo tendrá en cuenta los siguientes
lineamientos:
● Se realizarán verificaciones de las actividades realizadas, en
cualquiera de las instancias de evaluación y aprobación del PPr.
● Se considerarán especialmente la realización de auditorías técnicas
para los casos en que existan retrasos por parte de las beneficiarías,
productos verificables que no cumplan los requisitos de calidad
exigidos, cambios en los prestadores de servicios de consultoría, u
otra clase de irregularidades.
XV. INCUMPLIMIENTO AL PRESENTE RÉGIMEN
En caso de verificarse algún incumplimiento a lo dispuesto en el
presente Documento Ejecutivo, el ROP y demás normativa aplicable, la
UEP podrá disponer la pérdida parcial o total del beneficio. En
particular, los siguientes incumplimientos ameritarán descuentos a
aplicar según la evaluación del PROGRAMA PAC:
a) Reticencia en brindar al auditor información y/o falta de exhibición
de documentación.
b) Inejecución verificada de la actividad o actividades programadas.
c) Reticencia o negativa a responder cualquier solicitud de información
requerida por la UEP o el BANCO sobre el estado de los trabajos o
resultados del PPr.
d) Utilización de los servicios de consultoría adquiridos con ANR en
actividades ajenas al proyecto.
e) No informar formalmente a la UEP cualquier cambio en la dirección
técnica del mismo.
f) No llevar registros, o hacerlo con procedimientos inadecuados, de
toda la documentación original de respaldo de la ejecución de los
servicios que se financien durante la etapa de diseño.
XVI. NORMATIVA APLICABLE
La presente convocatoria se regula por el siguiente marco legal: el
Contrato de Préstamo BID N° 2923/OC-AR, el Reglamento Operativo del
PROGRAMA PAC aprobado por la Resolución N° 1212 de fecha 1° de octubre
de 2014 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL, sus modificatorias y complementarias, la presente medida y
demás normas que se dicten en lo sucesivo y resulten de aplicación.
La presentación del IPROA importa la adhesión por parte del
Conglomerado, la EP y la UEC al presente Documento Ejecutivo, el ROP y
al Contrato de Préstamo BID 2923/OC- AR.
XVII. RESPONSABILIDAD DEL CONGLOMERADO / EP / UEC
La SEPyMEYE no será responsable por los daños y/o perjuicios que tengan
su causa o se deriven de la intervención de los Conglomerados/EP/UEC en
el marco del PROGRAMA PAC.
Todos los actos que deba realizar la UEC o el Conglomerado, por sí o
por apoderado, para llevar adelante las acciones comprometidas en el
diseño del PPr, serán realizados en su nombre, por su cuenta y riesgo,
sin que pueda actuar en ningún caso en representación o por mandato de
la SEPyMEYE y/o del ESTADO NACIONAL. En virtud de ello, la UEC y/o el
Conglomerado asume en forma única y exclusiva la total responsabilidad
sobre las acciones que realice y obligaciones que contraiga con motivo
de la contratación de personas y/o cualquier otra, sin excepción
alguna, vinculadas directa o indirectamente con las acciones
comprometidas para la elaboración del PPr. La UEC y/o el Conglomerado
indemnizará, defenderá y mantendrá indemne por cuenta propia a la
SEPyMEYE y/o al ESTADO NACIONAL de y contra toda acción judicial,
reclamo, demanda y responsabilidad de cualquier índole, lo que incluye
reclamaciones y responsabilidades relacionadas con las leyes laborales
vigentes.
Además, es responsabilidad del Conglomerado y/o de la UEC conocer y
cumplir con las acciones, objetivos, procedimientos y competencias
establecidos en el Reglamento Operativo del Programa, de las presentes
Bases y Condiciones y toda otra normativa que regula el PROGRAMA.
XX. SUSPENSIÓN DE PAGOS
La UEP se reserva el derecho de postergar/suspender los pagos por
cuenta y orden de la UEC/ CONGLOMERADO PRODUCTIVO correspondiente al
ANR en los siguientes casos:
ii) Inexactitudes, errores o falsedades en las informaciones o
documentación presentadas por la UEC/ CONGLOMERADO PRODUCTIVO,
relacionadas con las actividades desarrolladas en la Etapa de Diseño y
procesos de contrataciones o la ejecución de los respectivos convenios
Marcos de Cooperación;
iii) Paralización de la elaboración del PPr por culpa atribuible a la
UEC/ CONGLOMERADO PRODUCTIVO;
iiii) Concurso Preventivo o Quiebra de la UEC/ CONGLOMERADO PRODUCTIVO
que no permita la continuidad de su actividad;
iiv) En caso de que el BANCO suspenda los desembolsos del PRESTAMO;
iv) Incumplimiento de las políticas del BANCO y de la normativa
aplicable según el punto BID 2923/OC-A, Consultoría 2350-9.
XVIII. CAUSALES DE RESOLUCIÓN Y/O RESCISIÓN ANTICIPADA DEL CONVENIO
Si ocurriera cualquiera de los hechos previstos en el punto anterior,
antes o después del desembolso total del ANR aprobado y otorgado según
las presentes bases, la UEP, independientemente de la notificación
judicial o extrajudicial, podrá rescindir de forma unilateral el
Convenio Marco de Cooperación de la Etapa de Diseño.
Serán también causas de rescisión de los mencionados Convenios las
siguientes circunstancias:
i) Si la UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO omitiera realizar los aportes
comprometidos por su parte para la cofinanciación del PPr.;
ii) Si no implementara en tiempo y forma los informes y las rendiciones
de cuentas, o las mismas adolecieran de defectos graves que justifiquen
su rechazo.
iii) Si incurriera en abandono de la ejecución de la Etapa de Diseño
del PPr., considerándose tal, cuando sin causa que lo justifique, la
UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO paralice la ejecución por un lapso mayor a
VEINTE (20) días corridos en la etapa de Diseño, y si siendo intimado a
su reanudación, no la realice en el plazo de CINCO (5) días corridos.
iv) Si la UEC se opusiera a la inspección o no suministrare información
suficiente ante un requerimiento concreto.
v) Si existiese un cese de las actividades de la UEC/CONGLOMERADO
PRODUCTIVO, concurso o quiebra, disolución y liquidación, o cualquier
otra situación que le impida la libre administración de sus bienes.
vi) Cualquier incumplimiento de la UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO que
revista gravedad suficiente para no admitir la prosecución del Convenio.
vii) Si existiesen circunstancias de hecho y de derecho, que permitan
razonablemente presumir actos u omisiones de parte de cualquiera de los
integrantes del Conglomerado y/o de su representante legal/apoderado
que constituyan Prácticas Prohibidas conforme lo estipulado en la
normativa y políticas del Banco Interamericano de Desarrollo. A su vez,
todo UEC/Conglomerado (y sus integrantes en forma individual) que haya
sufrido la rescisión de los mencionados Convenios por su exclusiva
culpa, no podrá volver a presentarse a solicitar otra asistencia
económica en el marco del PROGRAMA PAC.
Para cualquiera de los casos descriptos precedentemente, la UEP podrá
otorgar de forma escrita y fundada, un plazo extraordinario para la
corrección y/o cumplimiento de las inconsistencias y/o incumplimientos
acaecidos.
La Secretaría podrá rescindir el mencionado Convenio cuando situaciones
extraordinarias, ajenas a las partes, imprevisibles y posteriores a la
celebración del mismo tornen su ejecución imposible/inviable. En este
supuesto la UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO y sus integrantes podrán volver
a presentarse a solicitar otra asistencia económica en el marco del
PROGRAMA PAC.
Los fondos no ejecutados por los Conglomerados cuyos contratos fueren
desistidos, por cualquiera de las causas estipuladas en las presentes
Bases y Condiciones, serán reasignados al siguiente llamado.
IF-2021-117631398-APN-SSPYDRP#MDP
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número:
IF-2021-117631398-APN-SSPYDRP#MDP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 3 de Diciembre de 2021
Referencia: EX-2021-98572829-
-APN-DGD#MDP
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ANEXO II
MODELO DE MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN
PARTICIPAR DE LA CONVOCATORIA
A PRESENTACIÓN DE INICIATIVAS DE PROMOCIÓN DE CONGLOMERADOS
PRODUCTIVOS TIC (IPROA)
PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y
MEDIANAS EMPRESAS - (PAC)
SUBCOMPONENTE 2.1
APOYO A LA COMPETITIVIDAD Y ARTICULACIÓN PRODUCTIVA
TERRITORIAL
Lugar y fecha…………………………….
Ref: Solicitud de evaluación de IPROA
Al Señor Director Nacional del Programa de
Apoyo a la Competitividad para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas:
(Nombre y Apellido completo) ……………………., DNI.N° / C.U.I.L…………………….., en
mi carácter de (Representante legal/ Apoderado/ o cargo que ostenta)
…………………….. de (Nombre de la Empresa/ Entidad Pública o Privada),
conforme (actas de designación de autoridades/ Poder General/ Acto
Administrativo de designación) …………………….. que se adjunta a la presente,
me dirijo a Ud. a efectos de presentar la solicitud de referencia.
El Conglomerado Productivo TIC para el cual se solicita el apoyo se
denomina "Conglomerado Productivo…………………….. ".
Por último, a continuación se detallan los datos de contacto del
Conglomerado(*) o Entidad Patrocinante (EP) que nos representa:
Nombre de la EP:
Nombre del Representante legal:.
Teléfono: ……………………..
Correo electrónico: ……………………..
Atentamente,
(*) Cuando el Conglomerado Productivo TIC cuente con personería
jurídica y no requiera la representación de una EP.
______________________________
Firma y aclaración
IF-2021 -109267866-APN-SSPYDRP#MDP
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: IF-2021
-109267866-APN-SSPYDRP#MDP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 11 de Noviembre de 2021
Referencia: EX-2021-98572829-
-APN-DGD#MDP
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IF-2021-109268167-APN-SSPYDRP#MDP
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: IF-2021
-109268167-APN-S SPYDRP#MDP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 11 de Noviembre de 2021
Referencia: EX-2021-98572829-
-APN-DGD#MDP
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ANEXO IV
MODELO DE DECLARACIÓN JURADA DEL
PROGRAMA DE APOYO A
LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS
EMPRESAS
SUBCOMPONENTE 2.1
APOYO A LA COMPETITIVIDAD Y ARTICULACIÓN PRODUCTIVA TERRITORIAL
Sr. Director Nacional del Programa de Apoyo a la
Competitividad para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
Seleccione la opción aplicable:
REF: Conglomerado Productivo TIC (*)
En mi carácter de titular/ representante / apoderado legal del
Conglomerado Productivo TIC ……………………., conforme surge de …………………..,
documentación que en copia certificada se anexa a la presente, declaro
bajo juramento que el citado Conglomerado y/o sus integrantes en el
marco de otras asociaciones, no han recibido financiamiento, ni
subsidios de otros Programas o Entidades Públicas para las actividades
del Proyecto Prioritario que nos encontramos postulando.
Saludo a Ud. Atte
firma y sello del representante legal
Firmas de entidades y empresas que
conforman el Conglomerado
IF-2021-1092685 99-APN-S SPYDRP#MDP
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: IF-2021
-109268599-APN-SSPYDRP#MDP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 11 de Noviembre de 2021
Referencia: EX-2021-98572829-
-APN-DGD#MDP
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IF-2021-109268826-APN-SSPYDRP#MDP
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: IF-2021 -109268
826-APN-S SPYDRP#MDP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 11 de Noviembre de 2021
Referencia: EX-2021-98572829-
-APN-DGD#MDP
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pagina/s.
ANEXO VI
MODELO DE PRIMER TESTIMONIO DE ESCRITURA PÚBLICA PARA ENTIDADES
PATROCINANTES / UNIDAD EJECUTORA DEL CONGLOMERADO TIC / CONGLOMERADOS
CON PERSONERÍA JURÍDICA.
FOLIO N° _________________________.
PRIMERA COPIA-_________________________
ESCRITURA NÚMERO _________________________ En la Ciudad de
_________________________, a los _________________________días del mes
de _________________________ del año _________________________, ante
mí, Escribano Público Autorizante, comparece _________________________,
de nacionalidad _________________________ (argentina), nacido el
_________________________ de _________________________ de
_________________________, _________________________ (estado civil),
titular del Documento Nacional de Identidad número
_________________________, Clave Única de Identificación Tributaria
(CUIT) N° _________________________, domiciliado legalmente en la calle
de _________________________, persona capaz, de mi conocimiento, doy
fe, así como de que interviene en su carácter de (Representante legal
de acuerdo al tipo de persona jurídica que corresponda y/o apoderado
con facultades suficientes) de la sociedad que gira bajo la
denominación de "_________________________", CUIT N°
_________________________, con domicilio en _________________________y
sede social en la calle _________________________,
_________________________objeto _________________________ (designación
del objeto principal únicamente), lo que se justificará mas adelante, y
MANIFIESTA que requiere mi intervención a los fines de poder
cumplimentar lo establecido por la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO,
solicitándome que: justifique la existencia de la persona jurídica y de
su vigencia actual, denominación o razón social, fecha de constitución,
datos de su inscripción y modificaciones en el registro público
correspondiente, domicilio y sede social, objeto social, acreditar la
justificación de la personería de su/s representante/s legal/es con
mandato vigente y la fecha en que vence su mandato.
YO EL ESCRIBANO AUTORIZANTE EN CUMPLIMIENTO DE LO REQUERIDO HAGO
CONSTAR: Que la compareciente acredita lo que me solicita que
justifique, con la siguiente documentación:
a) La constitución de la _________________________ (completar con el
tipo de persona jurídica) y su existencia legal con la escritura de
constitución de la sociedad de fecha _________________________, que
pasó ante _________________________, al folio del Registro Notarial
_________________________ a cargo de _________________________, la que
en su primera copia se inscribió el bajo el número del Libro de
________________________ (y reformas si las hubiera).
b) Que según surge de la documentación citada en el punto anterior la
_________________________- (tipo de persona jurídica) tiene una
vigencia de _________________________-años contados a partir del / /
(fecha que comienza a correr el plazo), por lo cual la misma se
encuentra vigente.
c) Que su Objeto social es: _________________________-y su domicilio
legal es _________________________-
d) El carácter de representante legal de la misma con (indicar las
actas de asamblea de elección de autoridades y de directorio de
distribución de cargo o actas o instrumento correspondiente conforme el
tipo de persona jurídica), que se encuentran inscriptas en
_________________________. De dicha documentación surge que los
representantes estatutarios de _________________________
(completar tipo de persona jurídica) son _________________________
(completar lo que corresponda según el tipo de sociedad), que ejercen
su mandato por el término de _________________________ contados a
partir del día / /__ , y hasta el día / /___ , por lo cual se encuentra
vigente.
La documentación relacionada en su primera copia y original la tengo a
la vista. LEÍDA Y RATIFICADA firma la requirente de conformidad por
ante mí, doy fe.
-Hay un sello.-
Ante mí:
-PARA
expido esta Primera Copia en un Sellado de Actuación Notarial número
que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento. (En caso de
tratarse de una Escritura otorgada fuera de la jurisdicción de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá contener la legalización del
Colegio de Escribanos correspondiente).-
IF-2021 -109269111 -APN-S SPYDRP#MDP
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: IF-2021-109269111
-APN-SSPYDRP#MDP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 11 de Noviembre de 2021
Referencia: EX-2021-98572829-
-APN-DGD#MDP
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pagina/s.
ANEXO VII
MODELO DE CERTIFICACIÓN CONTABLE PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DEL
PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS
EMPRESAS (MiPyME) - UNIDADES EJECUTORAS / CONGLOMERADOS PRODUCTIVOS CON
PERSONERÍA JURÍDICA.
Señores
Razón Social
Domicilio Legal
C.U.I.T.
Explicación del alcance de una certificación
En mi carácter de Contador Público independiente, a su pedido y para su
presentación ante la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS
EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, emito la
presente certificación conforme con lo dispuesto por las normas
incluidas en la sección VI de la Resolución Técnica N° 37 de la
Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.
Dichas normas exigen que cumpla los requerimientos de ética, así como
que planifique mi tarea.
La certificación se aplica a ciertas situaciones de hecho o
comprobaciones especiales, a través de la constatación con registros
contables y otra documentación de respaldo. Este trabajo profesional no
constituye una auditoría ni una revisión y, por lo tanto, las
manifestaciones del contador público no representan la emisión de un
juicio técnico respecto de la información objeto de la certificación.
Detalle de lo que se certifica
Declaración preparada por la (nombre de la unidad ejecutora del
conglomerado - UEC/conglomerado) (*), bajo su exclusiva
responsabilidad, la que se adjunta a la presente, con respecto a la
inscripción en la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad
autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA , la actividad
principal de la institución, y demás información incluida en hoja
adjunta en los términos de la reglamentación de la SECRETARÍA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO para su PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD
PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyMEs), firmada por mí al
solo efecto de su identificación.
Alcance específico de la tarea
realizada
Mi tarea profesional se limitó únicamente a cotejar los conceptos
contenidos en la Declaración señalada en la sección "
Detalle de lo que se certifica" con
los registros contables y documentación correspondiente, que detallo a
continuación, referenciados para cada uno de los puntos indicados en la
planilla de datos que se adjunta:
1. Cotejar la información general de la entidad incluida en la primera
sección de la Declaración señalada en la sección "
Detalle de lo que se certifica" con
la documentación de respaldo que me fuera suministrada por la entidad (
dejar constancia de qué documentación fue
revisada, como, por ejemplo, estatuto, inscripción ante la
Administración Fiscal de Ingresos Públicos u otra);
2. Cotejar la información incluida en la sección A) de la Declaración
señalada en la sección "
Detalle de lo
que se certifica" con los estados contables de la entidad a la
fecha consignada y el registro de accionistas de la Sociedad, de
corresponder;
3. Cotejar la información incluida en la sección B) de la Declaración
señalada en la sección "
Detalle de lo
que se certifica" con la inscripción de la entidad ante la
Administración Fiscal de Ingresos Públicos;
4. Cotejar la información incluida en la sección C) de la Declaración
señalada en la sección "
Detalle de lo
que se certifica" con los estados contables de la entidad a la
fecha consignada;
5. Cotejar la información incluida en la sección E) y F) de la
Declaración señalada en la sección "
Detalle
de lo que se certifica" con los registros contables de la
Sociedad a la fecha de la presentación. (
Incluir detalle de números de asiento del
Libro Diario, fecha y número de rúbrica del libro)
Manifestación del contador público
Sobre la base de las tareas descriptas, certifico que los datos de la
Declaración individualizada en el párrafo denominado "
Detalle de lo que se certifica"
concuerda con la documentación de respaldo y registros contables
señalados en el párrafo precedente.
Lugar y Fecha
Firma y sello del profesional
ANEXO
DECLARACIÓN JURADA SOBRE "BASE DE DATOS DE LA UNIDAD EJECUTORA DEL
CONGLOMERADO - UEC / CONGLOMERADO (con personería jurídica)"
IF-2021-109269376-APN-SSPYDRP#MDP
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: IF-2021
-109269376-APN-SSPYDRP#MDP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 11 de Noviembre de 2021
Referencia: EX-2021-98572829-
-APN-DGD#MDP
El documenta fue importado por el sistema GEDO con un total de 5
pagina/s.
PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD
PARA MIPYMES
(BID 2923/OC-AR)
SUB-COMPONENTE 2.1: APOYO A LA COMPETITIVIDAD Y
ARTICULACIÓN PRODUCTIVA TERRITORIAL
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN
(CMC N° __________/20_________)
Entre la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES
del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, por intermedio de la UNIDAD
EJECUTORA DEL PROGRAMA PAC (UEP) - PROGRAMA DE APOYO A LA
competitividad PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyMEs) BID
2923/OC-AR, en adelante el "PAC", representado en este acto por el
Sr./Sra. ________________, Director Nacional del Programa de Apoyo a la
Competitividad (PAC), con domicilio legal en Avenida Julio Argentino
Roca 651, piso 2 (C1067ABB), de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por
una parte. Por la otra parte, el "CONGLOMERADO PRODUCTIVO INCIPIENTE
TIC" a través de ________________, representada en este acto por el
Sr./Sra. ________________, D.N.I. ________________, en su carácter de
________________, conforme surge de las copias ________________de su
(Contrato Social/Estatuto, Acta de Designación de Directores, Acta de
Designación, Poder Especial, etc). acompañadas al presente Convenio
como documentación anexa, con domicilio en calle ________________en
adelante la EJECUTORA DEL PROYECTO PRIORITARIO (UEC)/CONGLOMERADO;
acuerdan celebrar el presente Convenio, sujeto a las siguientes
cláusulas y condiciones.
1. DEFINICIONES GENERALES
A los efectos de interpretar el presente Convenio se adoptan las
siguientes definiciones: ANR: Aportes No Reembolsables BID o BANCO:
Banco Interamericano de Desarrollo.
CONGLOMERADOS PRODUCTIVOS TIC: Son concentraciones territoriales de
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas empresas TIC, sus organizaciones
(cámaras, cooperativas, asociaciones, etc.), e instituciones de apoyo
(universidades, institutos técnicos, áreas del gobierno local, etc.),
que se caracterizan por: i) interactuar con diferente intensidad,
focalización y grado de complementariedad, alrededor de un determinado
campo o sector económico en un mismo espacio geográfico o temático; y
ii) tener por finalidad brindar a sus integrantes relaciones más
estrechas, una mejor información sobre mercados y tendencias, datos
analíticos de la actividad, uso de mejores prácticas y otras ventajas
que produzcan una mayor productividad y mejor acceso a la innovación y
que, en consecuencia, debería redundar en una mejora para los
integrantes de dicho Conglomerado.
CONGLOMERADO PRODUCTIVO INCIPIENTE: son aquellos que buscan adecuar,
ajustar y/o desarrollar una planificación estratégica.
CPP: Comité de Pre Aprobación de Proyectos integrado por el Director
Nacional del Proyecto, el Subsecretario de la Productividad y
Desarrollo Regional Pyme, la Directora Nacional de Política y Gestión
Pyme y la Coordinadora General del PROGRAMA PAC.
EMPRESAS DE SOFTWARE Y SERVICIOS INFORMÁTICOS: son aquellas que
realizan algunas de las actividades promovidas por la Ley 27.506
(Artículo 2°a, i)
ENTIDADES PATROCINANTES (EP): se trata de instituciones públicas,
mixtas y/o; privadas colectivas que gocen de la representatividad del
Conglomerado formalizada por escrito para la presentación de una IPROA
y la posibilidad de ser la Unidad Ejecutora del Proyecto.
"RUMP": Registro Único de la Matriz Productiva
(https://www.argentina.gob.ar/inscribirse-
al-registro-unico-de-la-matriz-productiva-rump) aprobada por Resolución
N° 328 de fecha 30 de junio de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO y sus modificatorios y complementarias.
INICIATIVA DE PROMOCIÓN DEL CONGLOMERADO (en adelante IPROA):
Presentación que realiza el Conglomerado, a partir del llamado público,
sola o través de una Entidad Patrocinante, donde se expone la
información y antecedentes del Conglomerado
IPP: Idea de Proyecto Prioritario
PROYECTO PRIORITARIO (en adelante PPr): en el marco de la presente
Convocatoria será considerado Proyecto Prioritario aquel que se oriente
al ajuste, actualización y/o desarrollo de la planificación estratégica
del Conglomerado para coadyuvar al cumplimiento de UNA (1) de las
siguientes finalidades: a) el desarrollo de productos y soluciones TIC
para apoyar la producción de bienes locales: provisión de soluciones
generales y customizadas de digitalización y automatización, sistemas
para la implementación de Internet de las Cosas (Iot), Inteligencia
Artificial y Ciencia de Datos en sectores productivos de la Región; o
b) a la exportación de los productos y/o servicios del Conglomerado.
MIPyMES: Aquellas Micro, Pequeñas y Medianas Empre|as que cumplan con
los requisitos previstos en la Resolución 220/2019 y sus modificatorias
NO: No Objeción del BID
PROGRAMA PAC: Programa de Apoyo a la Competitividad Para Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs), financiado con recursos del
Préstamo BID 2923/OC- AR, y de contrapartida local.
UNIDAD EJECUTORA DEL CONGLOMERADO PRODUCTIVO TIC, (en adelante UEC): La
UEC es la institución que gestiona y administra los fondos del proyecto
. Pueden actuar como UEC personas jurídicas, privadas propuestas por un
conglomerado productivo TIC constituido de acuerdo a lo establecido en
estas Bases y Condiciones.
La UEC deberá contar con capacidad legal para representar a los
miembros del conglomerado pudiendo administrar y gestionar fondos de
terceros en el caso de corresponder. En el caso de Conglomerados
Productivos con personería jurídica no requiere de UEC, sus funciones
son asumidas por dicha persona jurídica. La UEC estará a cargo de la
ejecución del Proyecto y será la responsable de llevar adelante los
procedimientos y las contrataciones necesarias para la implementación
de la misma.
UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA PAC (UEP): es la Secretaría de la Pequeña
y Mediana Empresa y los Emprendedores del Ministerio de Desarrollo
Productivo de la Nación.
SEPyMEYE SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES
del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
TAD: Trámites a Distancias
Por cuanto el Subcomponente 2.1 Apoyo a la Competitividad y
Articulación Productiva del Programa PAC, tiene por objeto la
conformación y/o el fortalecimiento de grupos asociativos, a través de
la formulación y ejecución de actividades dirigidas a micro, pequeñas y
medianas empresas que se constituyan en Conglomerados Productivos. El
propósito es consolidar el comportamiento asociativo entre las MiPyMEs
y su articulación con el sector público-privado, académicos y técnicos
entre otros, para que obtengan un crecimiento sostenible tanto en
términos cuantitativos y de escala, como también en términos de
conocimiento a fin de contribuir principalmente al incremento en la
generación de valor agregado local.
Por cuanto, el presente Convenio tiene por objeto desarrollar la Etapa
de Diseño del PPr conforme lo estipulado en el Documento Ejecutivo y
ROP.
Por cuanto la UEC/ CONGLOMERADO PRODUCTIVO INCIPIENTE TIC ha cumplido
con los requisitos de elegibilidad del PROGRAMA, el Comité de Pre
Aprobación de Proyectos aprobó su IPROA con fecha __________________ y
el BID otorgó la correspondiente
No Objeción con fecha __________________, se encuentra en condiciones
de iniciar la etapa de Diseño del PPr y acceder a sus beneficios.
Por cuanto el PROGRAMA, desea proporcionar a la UEC/CONGLOMERADO
PRODUCTIVO TIC asistencia técnica y económicas en las condiciones que
se establecen en el presente.
Por cuanto la UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO TIC está dispuesto a aceptar
la asistencia técnica y económica del PROGRAMA, para realizar las
actividades estipuladas en la Etapa de Diseño del PPR, y a cumplir con
todos los objetivos y finalidades de su otorgamiento.
Por cuanto, siendo de interés común de las partes potenciar la
competitividad de las empresas asociadas y el proceso de integración
asociativa, resulta necesario establecer un acuerdo que sirva de marco
en el cual serán desarrolladas las actividades y definidos los
compromisos de las partes.
Por ende, las partes acuerdan celebrar el presente CONVENIO en los
términos y condiciones que se especificarán seguidamente:
CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO
La UEC/ CONGLOMERADO PRODUCTIVO INCIPIENTE TIC se compromete a llevar a
cabo las siguientes actividades durante la Etapa de Diseño del PPr: El
ajuste, actualización y/o desarrollo de la planificación estratégica
del Conglomerado para cumplir con la siguiente finalidad:
Para ello contratará a un Coordinador de la IMC para la elaboración del
PPr, y la contratación de hasta dos consultor/consultora para acompañar
la elaboración y sensibilizar a los actores y fortalecer el
comportamiento asociativo.
CLÁUSULA SEGUNDA: FINANCIAMIENTO
La UEP, acuerda pagar por cuenta y orden de la UEC/CONGLOMERADO
PRODUCTIVO TIC los honorarios devengados de las contrataciones
efectuadas según la Cláusula Primera y por los plazos estipulados en
dichas contrataciones y de acuerdo al monto que le corresponda.
Los honorarios serán co-financiados, el PROGRAMA PAC aportará el
NOVENTA POR CIENTO (90%) del total del Proyecto como ANR y el DIEZ POR
CIENTO (10%) restante deberá ser aportado por el Conglomerado
Productivo como contraparte en forma monetaria.
CLÁUSULA TERCERA: PROCESOS DE CONTRATACIÓN
Los procesos de contrataciones enumeradas en la Cláusula Primera serán
responsabilidad de la UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO TIC y deberán
llevarse a cabo conforme las Políticas para la Selección y Contratación
de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo
(GN-2350-9).
Para determinar los honorarios la UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO TIC
deberá considerar las condiciones del mercado local, los antecedentes
salariales del consultor y como referencia el rango y la escala
salarial profesional estipulado en el Decreto N° 1109/2017 y sus
modificatorias y complementarias, de aplicación en el Préstamo BID
2923/OC-AR. Asimismo, el pago de los servicios deberá estar de acuerdo
con la complejidad del trabajo, el grado de responsabilidad, la
experiencia profesional y las calificaciones académicas requeridas.
En particular, a los fines de la elección de los consultores se deberá
requerir experiencia comprobable en formulación y ejecución de planes y
de ser posible en el marco de organismos internacionales.
CLÁUSULA CUARTA- FORMULACIÓN DEL PPr
La UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO TIC formulará el PPr de acuerdo a las
normas técnicas, administrativas, gerenciales y laborales
correspondientes a la práctica habitual del sector en general y de la
actividad en particular, cumpliendo con toda la normativa vigente.
Asimismo y en particular deberá desarrollar el diseño del PPr conforme
la legislación nacional y local ambiental, y con la política de
salvaguardas social y ambiental del "BANCO", adoptando las medidas
adecuadas para evitar daños ambientales y sociales derivados de la
ejecución del PPr.
La UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO TIC utilizará, exclusivamente y sin
excepción alguna, los productos y servicios de consultoría adquiridos
con los fondos de este Convenio en el diseño del PPr y en las
actividades de sensibilización asociativa.
CLAUSULA QUINTA - OTRAS OBLIGACIONES DE LA UEC/CONGLOMERADO La
UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO TIC asume las siguientes obligaciones:
a) Responder a cualquier solicitud de información que la "UEP" o el
"BANCO", realicen por escrito, en un plazo no mayor de DIEZ (10) días
corridos contados a partir de la notificación de la solicitud, sobre el
estado el estado de las tres actividades enumeradas en la Cláusula
Primera, independientemente de la fiscalización a ser ejercida por la
"UEP".
b) Asegurar a la "UEP" la fiscalización referida a la ejecución del
presente Convenio; especialmente en lo que hace a la aplicación de los
fondos de los importes efectivamente concedidos y en relación a los
importes comprometidos.
c) Comunicar por escrito todo cambio de domicilio legal, fiscal o real
en un plazo no mayor a veinte (20) días corridos desde la modificación.
d) Comunicar a la "UEP" cualquier cambio propuesto en la titularidad de
la UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO TIC o en la dirección de la gerencia
técnica, dando razón de las causas en un plazo no mayor a veinte (20)
días corridos previos a la modificación.
e) Mantener registros de toda la documentación original que respalde la
ejecución de esta etapa por un plazo de 5 años contados desde la fecha
de finalización de esta etapa de diseño.
f) Suministrar a la "UEP" toda la información que éste le solicite por
escrito y con respecto a esta etapa de diseño del PPr, a su costo y,
cuando fuera pertinente, a los beneficios que han de derivarse de
aquél, al gasto de los fondos del "ANR" y a los bienes y servicios
financiados con dichos fondos.
g) Garantizar y facilitar a la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y
al "BANCO" la realización de investigaciones sobre cualquier situación
en la cual exista la sospecha de abuso, fraude o incumplimiento
contractual por parte de la UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO TIC.
h) Proporcionar a la "UEP" las especificaciones, informes, documentos
contractuales relativos al diseño del PPR y cualquier modificación y
adición sustancial de los mismos, con el detalle que la "UEP" solicite.
CLÁUSULA SEXTA - SERVICIOS DE LA UEP
La UEP dispondrá de un equipo de especialistas en formulación de
proyectos para asistir y responder a las consultas que se les generen
durante el proceso de formulación del PPr.
La utilización de los servicios brindados por la UEP, no otorgan a la
UEC/CONGLOMERADO ningún tipo de derecho con respecto a la aprobación
del PPr o en la implementación del mismo por el PROGRAMA PAC,
encontrándose éste inmune a cualquier tipo de reclamo que puedan surgir
en virtud de dichos servicios.
CLÁUSULA SÉPTIMA- CONDICIONES DE PAGO
La UEC/CONGLOMERADO deberá cumplir con las siguientes condiciones a fin
de que la UEP libere los pagos a su cuenta y orden:
a) Deberá presentar a la UEP el legajo de las gestiones de la
contratación, con toda la documentación específica (términos de
referencias, experiencia de los consultores, contratos, etc,
previamente aprobados por la UEP, el cuadro de resultados del proceso
entre otras), con anterioridad a cualquier contratación a fin de
verificar que se realicen según lo estipulado.
b) La UEP verificará todos los contratos, independientemente de los
procedimientos de examen, que disponga el "BANCO" durante la ejecución
de la Etapa de Diseño.
c) En caso de corresponder, la UEP mantendrá en archivo la copia de los
documentos correspondientes a contratos que no están sujetos al examen
previo del "BANCO" y los pondrá a disposición de éste cuando se haga el
examen ex post durante la etapa de supervisión.
d) A los efectos de pago, deberán presentar el informe de avance/final
aprobado por la Coordinación General del Programa PAC, la factura, y
toda documentación que se solicite a tal efecto.
e) La documentación de respaldo debe ser suficientemente legible para
la aprobación del pago por parte de la UEP.
CLÁUSULA OCTAVA - SUSPENSIÓN DE PAGOS
La "UEP" se reserva el derecho de suspender los pagos por cuenta y
orden de la UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO TIC en los siguientes casos:
a) Verificación de inexactitudes, errores o falsedades en las
informaciones/documentaciones presentadas por la UEC/CONGLOMERADO
PRODUCTIVO TIC, relacionadas con las contrataciones o con la ejecución
del presente Convenio;
b) Paralización de las actividades estipuladas en presente Convenio por
un plazo superior a quince (15) días corridos por culpa atribuible a la
UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO TIC;
c) Si no fueran presentados en tiempo y forma los informes, y/o las
rendiciones de cuentas respectivas, o las mismas contengan defectos ,
que por su gravedad, motiven su rechazo.
d) Concurso Preventivo o Quiebra de la "EJECUTORA DEL PROYECTO
PRIORITARIO" que no permita la continuidad de su actividad;
e) En caso de que el "BANCO" suspenda los desembolsos del "PRÉSTAMO".
f) Incumplimiento de las políticas del BANCO y la normativa aplicable
estipuladas en la Cláusula Cuarta y Décima del presente convenio.
CLÁUSULA NOVENA - CAUSALES DE RESOLUCIÓN Y/O RESCISIÓN ANTICIPADA DEL
CONVENIO.
Si ocurriera cualquiera de los hechos previstos en la Cláusula
anterior, antes o después del desembolso total de la cantidad referida
en la Cláusula Segunda, la UEP podrá rescindir unilateralmente el
presente Convenio.
Serán también causales de rescisión del presente Convenio, la
concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias:
a) En el supuesto que el equipo técnico detecte que no haya intención
de comportamiento asociativo y/o baja participación empresaria en el
conglomerado, realizará un informe técnico y lo elevará a consideración
de la Coordinación General del Programa quien podrá dictaminar que se
proceda a dejar sin efecto la formulación del PPr y proceder a la
rescisión del presente Convenio. La UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO TIC
será única/o responsable por todas las obligaciones asumidas con
terceros para la ejecución de la etapa de Diseño del PPR.
b) Si la UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO TIC, incurriera en abandono de la
ejecución de la Etapa de Diseño de PPr, considerándose tal, cuando en
forma injustificada, paralizara la ejecución por un lapso mayor a
veinte (20) días corridos, y siendo intimado a su reanudación, no la
realizara en el plazo de cinco (5) días corridos desde la notificación.
c) Si la UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO TIC se opusiera a la inspección o
no suministrará información suficiente ante un requerimiento concreto.
d) Si existiese un cese de de las actividades de la UEC/CONGLOMERADO
PRODUCTIVO TIC, concurso o quiebra, disolución y liquidación, o
cualquier otra situación que le impida la libre administración de sus
bienes.
e) Cualquier incumplimiento de la UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO TIC que
revista gravedad suficiente para no admitir la prosecución del presente
Convenio y/o de la formulación del PPr.
f) Si existiesen circunstancias de hecho y de derecho, que permitan
razonablemente presumir actos u omisiones de parte de cualquiera de los
integrantes del Conglomerado y/o de su representante legal/apoderado
que constituyan Prácticas Prohibidas conforme lo estipulado en la
normativa y políticas del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
Se deja establecido que, el CONGLOMERADO PRODUCTIVO TIC que haya
sufrido la rescisión del CONVENIO por su exclusiva responsabilidad no
será admitido, ni podrá solicitar otra asistencia económica en el marco
del PROGRAMA PAC, siendo extensiva dicha sanción a los miembros
integrantes de dicho Conglomerado.
Para cualquiera de los casos descriptos precedentemente, la UEP podrá
requerir a la UEC/CONGLOMERADO la devolución de todo lo abonado a su
cuenta y orden.
Asimismo, en los supuestos que lo estime conveniente para el desarrollo
de la IMC, podrá otorgar de forma escrita y motivada, un plazo
extraordinario para la corrección y/o cumplimiento de las
inconsistencias y/o incumplimientos acaecidos.
La Secretaría podrá disolver el presente Convenio cuando situaciones
extraordinarias, ajenas a las partes, imprevisibles y posteriores a la
celebración del Convenio tornan su ejecución imposible/ inviable. En
este supuesto la UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO TIC y sus integrantes
podrán volver a presentarse a solicitar otra asistencia económica en el
seno del PROGRAMA PAC.
CLAUSULA DECIMA - NORMATIVA APLICABLE
Las partes acuerdan que se regirán por el presente Convenio, el
DOCUMENTO EJECUTIVO - BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA
PRESENTACIÓN DE INICIATIVA DE PROMOCIÓN DEL CONGLOMERADO (IPROA), el
ROP y sus modificatorias, por la normativa que surge del PRÉSTAMO. En
caso de contradicciones y/o conflictos entre ellas, prevalecerá la
normativa del "PRÉSTAMO".
CLAUSULA DECIMA PRIMERA - VIGENCIA
Las partes acuerdan que el presente Convenio regirá desde su
suscripción hasta que: a) Se hayan finalizado y acreditado formalmente
las actividades descriptas en la CLÁUSULA PRIMERA del presente
Convenio, las cuales no podrán exceder el plazo de CUATRO (4) meses o
hasta el día 26 de marzo de 2022, lo que ocurra primero.
b) Se den los supuestos de resolución y/o rescisión anticipada
previstas en la CLÁUSULA NOVENA del presente Convenio.
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA- OBLIGACIONES
LA SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES por
intermedio de la UEP, asume ante la UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO TIC,
única y exclusivamente las obligaciones especificadas en este Convenio,
no generándose con esta última, ningún otro vínculo u obligación. La
firma del presente Convenio no genera relación jurídica alguna de la
SEPyMEYE, el PROGRAMA PAC y BANCO para con terceros.
CLAUSULA DECIMO TERCERA - RESPONSABILIDADES
La UEC/ CONGLOMERADO PRODUCTIVO TIC deslinda expresamente al PROGRAMA
PAC, a la SEPyMEYE, a la UEP y al BANCO de cualquier responsabilidad
directa o indirecta que pudiera derivarse de la ejecución del presente
Convenio. Las relaciones jurídicas que la UEC/CONGLOMERADO PRODUCTIVO
TIC establezca con terceros con motivo de la ejecución del objeto del
presente Convenio, son ajenas a las que por este medio se regulan y no
podrán derivarse derechos o exigirse pagos ni a la UEP ni al BANCO con
sustento en este Convenio.
CLAUSULA DECIMO CUARTA - CONFIDENCIALIDAD
Toda la documentación e información referente al PPR, actividades y
acciones, presentadas y desarrolladas en el marco del presente, tendrán
carácter reservado y serán confidenciales. Sólo podrán acceder a dicha
documentación e información la UEC, el CONGLOMERADO PRODUCTIVO TIC, la
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES, por
intermedio de la UEP, y el BANCO.
CLAUSULA DECIMO QUINTA - AUDITORÍAS
La "EJECUTORA DEL PROYECTO PRIORITARIO" podrá ser auditada en todo
momento y sin necesidad de previo aviso, por la "UEP", el "PROGRAMA
PAC", la "SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS
EMPRENDEDORES", el "BANCO y/u otros organismos de control estatal o
privados designado para tal efecto por la "SEPyMEYE".
CLAUSULA DECIMO SEXTA - JURISDICCIÓN
Las partes acuerdan someter las divergencias emanadas de este Convenio
a la jurisdicción de los Tribunales Federales en lo
Contencioso-Administrativo con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Por ser lo convenido, las partes ratifican lo arriba expuesto y en
prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y
a un solo efecto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los ………………
días del mes de ………………… de 20………………
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Por el PROGRAMA PAC
----------------------------------------
Por la EJECUTORA DEL PROYECTO
PRIORITARIO
IF-2021 -109271415 -APN-S SPYDRP#MDP
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: IF-2021 -109271415
-APN-SSPYDRP#MDP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 11 de Noviembre de 2021
Referencia: EX-2021-98572829-
-APN-DGD#MDP
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