JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
Resolución 153/2021
RESOL-2021-153-APN-SGYEP#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-73598532-APN-INA#MOP del Registro del
INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA, las Leyes Nros. 25.164, 22.431 y 27.591,
el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública
Nacional, homologado por el Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de
2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y
sus modificatorios; el Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y
sus modificatorios; la Decisión Administrativa N° 449 de fecha 7 mayo
de 2021, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo 2010 y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.
Que por el artículo 6° de la citada ley se facultó al Jefe de Gabinete
de Ministros mediante decisión fundada a incrementar la cantidad de
cargos aprobados, previa intervención de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, en el marco de las necesidades de dotaciones
que surgieran de la aprobación de las estructuras organizativas de las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional, como también
de aquellas necesarias para responder a los procesos de selección
resultantes de los concursos regulados por la Ley Marco de Regulación
de Empleo Público Nacional N° 25.164 y los respectivos Convenios
Colectivos de Trabajo con el objeto de permitir un cambio en la
modalidad en la relación de empleo de contratos instrumentados en el
marco del artículo 9º del Anexo I del Decreto N° 1421 de fecha 8 de
agosto de 2002 y sus modificatorios.
Que, mediante el dictado de la Decisión Administrativa N° 449 de fecha
7 mayo de 2021, en su artículo 1° se incorporaron y asignaron cargos
vacantes a la planta permanente del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA con el
fin de proceder a la cobertura de cargos vacantes y financiados,
mediante los correspondientes procesos de selección de personal a
realizarse con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.591.
Que el ingreso de personal al régimen de estabilidad sólo procede
mediante la sustanciación de los correspondientes procesos de
selección, conforme lo disponen los artículos 4° y 8° del Anexo a la
Ley Nº 25.164, los artículos concordantes de su Decreto Nº 1421 de
fecha 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios y los artículos 11, 19,
51, 56 y 57 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la
Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº 214 de
fecha 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, aplicables también
para la promoción del personal permanente a cargos superiores.
Que por otra parte resulta importante optimizar en cada Jurisdicción la
propia fuerza de trabajo y la inversión realizada en capacitación de
personal logrando así, la regularización, de las plantas de personal
que participen del llamado a concurso desde esta primera instancia.
Que, asimismo, sobre la base de la práctica recogida, se estima
necesario dotar al Estado Nacional de personal idóneo que aporte su
experiencia en las distintas áreas de la Administración Pública
Nacional.
Que el INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA ha solicitado se inicien los
procesos de selección correspondientes para la cobertura de SEIS (6)
cargos vacantes autorizadas y oportunamente asignadas.
Que, elaborada la propuesta, la Comisión Permanente de Interpretación y
Carrera se ha expedido favorablemente mediante Acta Nº 147 de fecha 7
de septiembre de 2021.
Que mediante Resolución de la ex SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICO de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y
sus modificatorias se aprobó el REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL
PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.
Que conforme el artículo 2º del Anexo de la resolución mencionada se
estableció que los procesos de selección serán organizados, convocados
y coordinados por la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que, a fin de sustanciar el procedimiento correspondiente para la
cobertura de los cargos mencionados, resulta necesario integrar el
Comité de Selección y designar al Coordinador Concursal y a su alterno,
de acuerdo con lo establecido en los artículos 14, 15 y 20 del referido
Régimen de Selección de Personal.
Que los integrantes del Comité de Selección tienen entre sus
responsabilidades, las de aprobar las bases de la convocatoria, evaluar
a los postulantes y elaborar el orden de mérito.
Que por su parte la Coordinación Concursal tiene entre sus
responsabilidades, las de Impulsar el proceso de selección para
concluirlo dentro de los plazos previstos y coordinar las acciones
necesarias para la consecución de la Evaluación General y la Evaluación
del Perfil Psicológico, en caso de corresponder.
Que mediante IF-2021-116648684-APN-DGAJ#JGM la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 13 del Anexo de la Resolución de la ex
SECRETARIA DE GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Nº 39/10 y sus modificatorias.
Por ello,
LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Iníciese el proceso para la cobertura de SEIS (6) cargos
vacantes y financiados de la Planta Permanente del INSTITUTO NACIONAL
DEL AGUA detallados en Anexo I IF-2021-89236371-APN-DPSP#JGM que forma
parte integrante de la presente, mediante el Régimen de Selección
establecido por el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios, aprobado por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN
Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 de fecha
18 de marzo de 2010 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- El proceso de selección será realizado por convocatoria
Interna y mediante el Régimen de Selección establecido por los Títulos
IV y XIV, conforme corresponda, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial,
homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios.
ARTÍCULO 3°.- Establécese como requisito general de admisión a la
Convocatoria Interna para la cobertura de los cargos vacantes asignados
por Decisión Administrativa N° 449/21 - experiencia laboral acreditable
como personal permanente y no permanente según los artículos 8º y 9º de
la Ley N° 25.164 igual o superior a DIEZ (10) años en la Administración
Pública Nacional y que el personal se desempeñe actualmente en el
INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA. El aludido requisito de admisión de
experiencia laboral acreditable no será aplicable a las personas con
discapacidad que se postulen a los cargos que se encuentra bajo el
régimen de reserva de puestos de trabajo en los términos previstos en
el artículo 8° de la Ley Nº 22.431.
ARTÍCULO 4°.- Desígnense integrantes de los Comités de Selección para
la cobertura de los cargos mencionados en el artículo 1º de la
presente, a las personas que se detallan en el Anexo Il
IF-2021-89236189- APN-DPSP#JGM que formar parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Desígnese como Coordinadora Concursal titular a María
Belén VALENZUELA (D.N.I. N° 32.993.365) y como su alterna a Graciela
Susana BASABILBASO (D.N.I. N° 22.400.024).
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Ana Gabriela Castellani
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 09/12/2021 N° 94439/21 v. 09/12/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)