MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 559/2021
RESOL-2021-559-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 07/12/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-78268563-APN-DNCJYMP#MSG del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta
M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución
del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante el JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL Nº 16 a
cargo del Doctor Mariano ITURRALDE, SECRETARÍA Nº 111 a cargo de la
Dra. María Laura TURCONI, tramita la causa N° 4656/2021 caratulada
“PALMA CARRASQUERO, EDWAR ISAAC Y OTROS S/ABUSO SEXUAL”.
Que el titular del mencionado JUZGADO NACIONAL, Doctor Mariano
ITURRALDE, mediante oficio del 11 de agosto de 2021, solicitó a la
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio, se ofrezca una recompensa, destinada a aquellas
personas que sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos
útiles que permitan lograr la aprehensión de Edwar Isaac PALMA
CARRASQUERO, titular del D.N.I. N° 96.083.531, nacido el 18 de agosto
de 1998, de nacionalidad venezolana, sobre quien pesa pedido de captura
nacional desde el día 24 de junio de 2021, e internacional desde el día
28 de julio de 2021.
Que el mencionado PALMA CARRASQUERO, se encuentra imputado por el delito de abuso sexual con acceso carnal.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538,
en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y la
Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000), destinada
a aquellas personas que sin haber intervenido en el hecho delictual,
brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión de Edwar Isaac
PALMA CARRASQUERO, titular del D.N.I. N° 96.083.531, de nacionalidad
venezolana, sobre quien pesa pedido de captura nacional desde el día 24
de junio de 2021, e internacional desde el día 28 de julio de 2021.
(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida en la presente Resolución.
Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la
identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios
gráficos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la
difusión y publicación en todas sus formas del afiche que obra como
(IF-2021-106931938-APN-SSICYCJ#MSG), correspondiente a la recompensa
ofrecida, formando parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Aníbal Domingo Fernández
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/12/2021 N° 95217/21 v. 10/12/2021
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)