ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 2026/2021
RESOL-2021-2026-APN-ENACOM#JGM FECHA 10/12/2021 ACTA 74
EX-2021-107100713-APN-SDYME#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto:
1.- Aprobar la “Convocatoria para la Adjudicación de Aportes No
Reembolsables, destinados al despliegue de red y prestación de
Servicios de Comunicaciones Móviles en Localidades de Menos de 500
habitantes” en el marco del “PROGRAMA DE DESPLIEGUE DE REDES DE ACCESO
A SERVICIOS DE COMUNICACIONES MÓVILES” aprobado por la Resolución
ENACOM N° 728/2020, que como ANEXO I, identificado bajo el
IF-2021-116609044-APNDNFYD#ENACOM del GEDO, forma parte integrante de
la presente.
2.- Destinar para la ejecución de los Proyectos que se presenten en el
marco de la Convocatoria aprobada por el Artículo 1° de la presente,
hasta la suma de PESOS DOS MIL MILLONES ($2.000.000.000) del FONDO
FIDUCIARIO DEL SERVICIO UNIVERSAL.
3.- Los Proyectos a presentarse deberán tener por finalidad el
despliegue de redes de acceso a SCMA, en aquellas zonas que sean
determinadas por el ENACOM, las cuales no podrán estar incluidas,
parcial o totalmente, dentro de las áreas previstas para el
cumplimiento de obligaciones asumidas por los licenciatarios de
servicios de TIC, con registro para la prestación de alguno de los
servicios definidos como SCMA.
4.- Delegar en el Presidente del Directorio del ENACOM la facultad para
que, en el plazo de 10 días, determine, mediante el acto administrativo
correspondiente, las localidades comprendidas en la primera etapa de la
Convocatoria que se aprueba por el Artículo 1° de la presente.
5.- Publíquese por el plazo de 3 días, en 2 diarios de circulación con
alcance nacional, la convocatoria aprobada por el Artículo 1° de la
presente, junto con el acto administrativo que determine las
localidades comprendidas en la primera etapa.
6.- Convocar, por el plazo de 60 días corridos, a la presentación de
Proyectos, de conformidad con el documento aprobado por el Artículo 1°,
a contarse una vez concluida la publicación dispuesta en el Artículo
precedente.
7.- Aprobar como ANEXO II, el MODELO DE CONVENIO a celebrar entre el
ENACOM y quien resulte BENEFICIARIO, identificado como
IF-2021-116608853-APN-DNFYD#ENACOM, del GEDO, que forma parte
integrante de la presente resolución.
8.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente,
Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: ww.enacom.gob.ar/normativas
Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Sintetizada se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web
de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
e. 14/12/2021 N° 96219/21 v. 14/12/2021