MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE HACIENDA
Resolución 207/2021
RESOL-2021-207-APN-SH#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 14/12/2021
Visto el expediente EX-2021-111105812-APN-DGDA#MEC, la ley 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional y la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2014), el decreto 1344 del 4 de octubre de 2007, y la
resolución 137 del 3 de noviembre de 2020 de la Secretaría de Hacienda
del Ministerio de Economía (RESOL-2020-137-APN-SH#MEC), y
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 130 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente
de Presupuesto (t.o. 2014), se establece que el Estado Nacional a
través del Ministerio de Economía podrá implementar un programa para
asistir a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con
financiamiento para la atención del déficit financiero y para
regularizar atrasos de tesorería en concepto de salarios y servicios
esenciales, de acuerdo con sus posibilidades financieras.
Que asimismo, mediante el artículo 131 de la ley citada en el
considerando precedente, se faculta al Ministerio de Economía para
modificar las condiciones de las deudas que mantienen las
Jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el
Estado Nacional, el que en cada oportunidad determinará de acuerdo con
las posibilidades financieras del Estado Nacional, las deudas de que se
trate, pudiendo acordar quita, espera, remisión y novación de deudas,
tanto de capital como de intereses, así como atender a su vencimiento
las obligaciones que en cada caso se determinen cuando hubieran sido
contraídas originalmente con garantía del Estado Nacional.
Que a través del artículo 1º de la resolución 137 del 3 de noviembre de
2020 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía
(RESOL-2020-137-APN-SH#MEC), se aprobó el “Marco Conceptual del
Circuito de Cobranzas del Tesoro Nacional (COTENA) del Sistema
Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF)” para recursos
de origen no tributario, de aplicación a los procesos comprendidos en
este y para las áreas intervinientes alcanzadas por la citada medida.
Que el mencionado marco conceptual sintetiza y define las
funcionalidades del circuito COTENA dentro del Sistema Integrado de
Información Financiera Internet (e-SIDIF) y tiene por objetivo la
incorporación de nuevos conceptos y el diseño de comprobantes para una
mejor calidad en la gestión y posterior explotación de la información.
Que con el propósito de ampliar la funcionalidad de ese marco
conceptual, se propicia la aprobación de los Comprobantes de Gestión
Antecedente de Asistencia Financiera (ANT-ASF) y Solicitud de Cobranza
de Asistencia Financiera (SOC-ASF).
Que resulta necesario establecer el tratamiento que deberá dispensarse
a aquellos programas de asistencia financiera vigentes, cuya gestión de
recupero se encuentra parcialmente realizada.
Que corresponde facultar a la Tesorería General de la Nación y a la
Contaduría General de la Nación, ambas dependientes de la Subsecretaría
de Presupuesto de esta secretaría, para realizar las modificaciones en
los comprobantes y descriptivos de gestión aprobados en esta
resolución, como así también para el dictado de las normas
complementarias, aclaratorias e interpretativas a que hubiere lugar y
el establecimiento de procedimientos de contingencia que fueren
necesarios.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en virtud de las facultades previstas en el
artículo 6º de la ley 24.156 y el artículo 6° del anexo al decreto 1344
del 4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los Comprobantes de Gestión, que como anexos se indican a continuación e integran esta resolución:
Anexo I “Comprobante de Gestión Antecedente de Asistencia Financiera (ANT-ASF)” (IF-2021-119516469-APN-TGN#MEC).
Anexo II “Comprobante de Gestión Solicitud de Cobranza de Asistencia Financiera (SOC-ASF)” (IF-2021-119503329-APN-TGN#MEC).
ARTÍCULO 2º.- Los Comprobantes de Gestión indicados en el artículo
precedente, forman parte del “Marco Conceptual del Circuito de
Cobranzas del Tesoro Nacional (COTENA) del Sistema Integrado de
Información Financiera Internet (e-SIDIF)” aprobado mediante el
artículo 1° de la resolución 137 del 3 de noviembre de 2020 de la
Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía
(RESOL-2020-137-APN-SH#MEC).
ARTÍCULO 3°.- La carga inicial en el COTENA e-Sidif, de los programas
de asistencia financiera vigentes y en gestión de recupero, será
efectuada por medio de la generación de los Comprobantes de Gestión
ANT-ASF correspondientes, que reflejen las condiciones y el saldo
pendiente al 31 de diciembre de 2021. Las cuotas cuyos vencimientos
operen a partir del mes de enero de 2022, serán gestionados mediante la
emisión de los Comprobantes de Gestión SOC-ASF observando para ello, el
procedimiento previsto en esta medida.
ARTÍCULO 4°.- Facúltase a la Tesorería General de la Nación y a la
Contaduría General de la Nación, ambas dependientes de la Subsecretaría
de Presupuesto de esta secretaría, a realizar las modificaciones en los
comprobantes y descriptivos de gestión aprobados en esta resolución,
como así también para el dictado de las normas complementarias,
aclaratorias e interpretativas a que hubiere lugar, y establecer los
procedimientos de contingencia que fueren necesarios.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Raul Enrique Rigo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 16/12/2021 N° 97259/21 v. 16/12/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)