MERCOSUR/GMC/RES. N° 14/20

REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE CONTENIDOS NETOS DE

PRODUCTOS PREENVASADOS (DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 31/07)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones N° 31/07 y 45/17 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que los Estados Partes acordaron actualizar los contenidos netos estandarizados de los productos preenvasados y liberar los contenidos netos de los productos filete de pescado congelado, dentífricos, jabón de lavar en barra y lavandina sólida, previstos en la Resolución GMC N° 31/07.

EL GRUPO MERCADO COMÚN

 RESUELVE:


Art. 1 - Aprobar el "Reglamento Técnico MERCOSUR sobre contenidos netos de productos preenvasados", que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - La presente Resolución se aplicará en el territorio de los Estados Partes, al comercio entre ellos y a las importaciones extrazona.

Art. 3 - Los Estados Partes indicarán en el ámbito del Subgrupo de Trabajo N° 3 "Reglamentos Técnicos y Evaluación de la Conformidad" (SGT N° 3) los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución.

Art. 4 - Derogar la Resolución GMC N° 31/07.

Art. 5 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 15/VI/2021.

GMC (Dec. CMC N° 20/02, Art. 6) - Montevideo, 17/XII/20.

IF-2021-10 5150741 - APN-DNGCm/IDP

ANEXO

REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE CONTENIDOS NETOS DE PRODUCTOS PREENVASADOS

El presente Reglamento Técnico MERCOSUR establece los contenidos netos y contenidos netos libres de los siguientes productos preenvasados.


IF-2021-105150741-APN-DNGCI#MDP