MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
Resolución 951/2021
RESOL-2021-951-APN-MDP
Ciudad de Buenos Aires, 22/12/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-123985138-APN-DGD#MDP, las Resoluciones
Nros. 767 de fecha 10 de noviembre de 2021 y 846 de fecha 26 de
noviembre de 2021, ambas del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 767 de fecha 10 de noviembre de 2021 del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO se creó el PROGRAMA PARA EL
DESARROLLO DE LA ECONOMÍA CIRCULAR, en la órbita de la UNIDAD GABINETE
DE ASESORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, con el objetivo
general de fortalecer la capacidad productiva y de agregado de valor de
las cooperativas y de las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs)
dedicadas a la recuperación de materiales en desuso, considerando de
manera simultánea sus dimensiones económica, social y ambiental.
Que mediante la Resolución N° 846 de fecha 26 de noviembre de 2021 del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se convocó a la presentación de
“Proyectos de Fortalecimiento de Cooperativas de Reciclado” en el marco
del Programa para el Desarrollo de la Economía Circular y se aprobó
como Anexo I las Bases y Condiciones del mismo, entre otras
disposiciones complementarias.
Que el Artículo 2.1 del Anexo I de la citada Resolución establece que
la convocatoria tiene por objeto asistir económicamente a Cooperativas
que tengan por objeto o actividad principal la recuperación,
recolección, transporte y/o tratamiento de residuos de papel, cartón,
plásticos, aparatos eléctricos y electrónicos y/o aceite vegetal usado,
que se encuentren debidamente inscriptas en el INAES y requieran apoyo
para desarrollar o impulsar sus actividades productivas en el marco de
la economía circular, siempre que guarden relación con los objetivos
del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo “FONDEP”.
Que, asimismo, el Artículo 2.3 del mencionado Anexo I estableció como
plazo límite para la presentación de los proyectos el 23 de diciembre
de 2021 inclusive.
Que al día de la fecha se han recibido numerosas consultas de
Cooperativas interesadas, a las que se está asesorando para la correcta
formulación y presentación de sus proyectos.
Que la convocatoria de “Proyectos de Fortalecimiento de Cooperativas de
Reciclado” resulta novedosa y está destinada a personas jurídicas muy
específicas y habitualmente excluidas en la presentación de proyectos,
que no poseen práctica en los procedimientos correspondientes a este
tipo de convocatorias.
Que, en virtud de lo expuesto, resulta oportuno otorgar mayor tiempo a
las Cooperativas de reciclado para la formulación de sus proyectos, y
prorrogar el vencimiento de la convocatoria establecida en la referida
Resolución, hasta el día 24 de enero de 2022 inclusive, a fin de que
las Cooperativas de todo el país puedan formular y presentar
correctamente sus proyectos, con los requisitos y documentación técnica
que exigen las Bases y Condiciones de la convocatoria de “Proyectos de
Fortalecimiento de Cooperativas de Reciclado”.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N°
438/92) y sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase hasta el día 24 de enero de 2022 inclusive, el
vencimiento del plazo de la convocatoria para la presentación de
“Proyectos de Fortalecimiento de Cooperativas de Reciclado” en el marco
del PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMÍA CIRCULAR, establecido en
el Artículo 2º del Anexo I de la Resolución N° 846 de fecha 26 de
noviembre de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, por los
motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su emisión.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Matías Sebastián Kulfas
e. 23/12/2021 N° 100162/21 v. 23/12/2021