Resolución 1614/2021
RESCS-2021-1614-E-UBA-REC
Ciudad de Buenos Aires, 21/12/2021
VISTO la necesidad de establecer un Reglamento de Investigaciones
Administrativas que se adecue a la incorporación de nuevas tecnologías,
plataformas informáticas y procesos existentes en el ámbito de la
Universidad de Buenos Aires, y;
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º CÓDIGO.UBA I-59 se
implementó el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como
sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y
registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes
electrónicos de la Universidad de Buenos Aires.
Que, desde su implementación a la fecha, se han incrementado
considerablemente los trámites administrativos habilitados para el uso
del módulo de expediente electrónico del Sistema de Gestión Documental
Electrónica (GDE) y las dependencias de la Universidad que lo utilizan.
Que en el Capítulo D CÓDIGO.UBA I-59 se estableció que toda
presentación y/o solicitud a esta Universidad deberá ser realizada a
través de la plataforma “Trámites a Distancia de la Universidad de
Buenos Aires”, https://tramitesadistancia.uba.ar mediante el trámite
“Mesa de Entrada de Rectorado y Consejo Superior”.
Que por el artículo 6º CÓDIGO.UBA I-59 se dejó establecida la nómina de
los tramites habilitados y su codificación, en el marco de la
implementación del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE),
conforme lo indicado en el Anexo, entre los que se encuentran los
sumarios.
Que en este contexto de innovaciones tecnológicas y de las
comunicaciones, la implementación del expediente electrónico y los
nuevos procesos que se encuentran en desarrollo, se torna necesario
establecer una regulación específica de aplicación en los trámites de
las investigaciones administrativas en el ámbito de esta Universidad.
Que en este sentido, oportunamente se dispuso que en el ámbito de la
Universidad de Buenos Aires es de aplicación las disposiciones del
Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O.
2017, aprobado por Decreto N° 894/2017 referidas al procedimiento de
los expedientes y actuaciones administrativas electrónicas, mientras no
colisionen con la Autonomía Universitaria y los procedimientos
específicos vigentes en la Universidad, conforme lo establecido en el
Capítulo A CÓDIGO.UBA I-60.
Que la Constitución Nacional de la República Argentina garantiza la
autonomía y autarquía de las Universidades Nacionales, Artículo 75
inciso 19, otorgándole a esta Universidad un ámbito de
autodeterminación que permite dictar sus propias normas.
Que, dentro del marco de la autonomía y autarquía de esta Universidad,
las regulaciones respecto a los expedientes electrónicos;
presentaciones y notificaciones mediante el uso de la plataforma
TAD-UBA, resulta necesario, establecer la normativa a la que se
sujetará el procedimiento de investigaciones administrativas en el
ámbito de la Universidad de Buenos Aires.
Que el Reglamento de Investigaciones Administrativas será de aplicación
para el personal nodocente y docente, siempre que no se encuentren
sujetos a un régimen especial, y su ámbito será de aplicación en todas
las dependencias de la Universidad de Buenos Aires, y en aquellas
investigaciones, informaciones sumarias y sumarios que fueren ordenados
por el Rectorado y el Consejo Superior, y en todos los casos en que no
haya un procedimiento específico previsto.
Que el presente Reglamento es el resultado del trabajo conjunto con las
asociaciones gremiales docente y nodocente, ADUBA y APUBA,
respectivamente.
Que, por lo expuesto, corresponde a este Consejo Superior aprobar el
Reglamento de Investigaciones Administrativas de la Universidad de
Buenos Aires.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, la Dirección General de
Asistencia Legal, la Dirección General de Promoción y Protección de los
Derechos Humanos y la Dirección de Sumarios han tomado la intervención
de su competencia.
Lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento.
Lo dispuesto por este Consejo Superior en su sesión del día 15 de diciembre de 2021.
Por ello, y en uso de sus atribuciones,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Reglamento de Investigaciones Administrativas
de la Universidad de Buenos Aires, que forma parte de la presente
Resolución como Anexo I (ACS-2021-454-UBA-SG#REC), encuadrándose en el
Capítulo B CÓDIGO.UBA I-60.
ARTÍCULO 2°. - Regístrese, comuníquese a las Unidades Académicas, al
Ciclo Básico Común, a los Hospitales e Institutos Asistenciales, a los
Establecimientos de Enseñanza Secundaria, a la Auditoría General de la
Universidad, a las Secretarías del Rectorado y Consejo Superior y por
su intermedio a todas sus dependencias. Publíquese en el Boletín
Oficial de la República Argentina. Dése a la Dirección Nacional de
Registro Oficial y archívese.
Mariano Genovesi - Alberto Barbieri
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/12/2021 N° 100616/21 v. 27/12/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)