e. 31/12/2021 N° 102541/21 v. 31/12/2021
Anexo I - Resolución N° 1039/2021
ARTÍCULO 15: Incorporación. El
proceso de incorporación al Escalafón de Inteligencia de la AFI se
encuentra conformado por la instancia de selección y el Curso Básico de
Ingreso. La superación de ambas etapas es requisito esencial para la
incorporación al organismo.
Las y los candidatos, y las y los candidatos becarios no integran el
Escalafón de Inteligencia de la AFI y no guardan, en ningún caso,
relación laboral alguna con el organismo.
ARTÍCULO 23: Dictamen de seleccionados.
Candidatos Becarios. La Dirección de Recursos Humanos de la AFI debe
elaborar la nómina de las y los candidatos seleccionados para realizar
el Curso Básico de Ingreso. Los mismos son considerados candidatos
becarios y cuentan con cobertura por riesgos de trabajo y los demás
derechos y obligaciones que se establezcan por resolución de la
Dirección General de la AFI.
ARTÍCULO 24: Formación profesional: Es
el conjunto de acciones que tienen como propósito la formación
socio-laboral orientada para la adquisición y mejora de las
cualifícaciones del personal durante toda su carrera. Tiene una
instancia general, básica, común, para el ingreso a la AFI, y otra de
especialización y actualización de conocimientos y capacidades que
acompaña y promueve el desarrollo profesional integral y estructurado.
El diseño, la organización y la administración de la formación
profesional están a cargo de la ENI, de acuerdo con los lincamientos y
directivas formuladas mediante resolución por la Dirección General de
la AFI.
La formación profesional se estructura, según el tipo de propósito formativo, en:
a) Curso Básico de Ingreso (CBI) de carácter obligatorio para todo el personal.
b) Carreras con titulación interna ENI (diplomaturas, especializaciones
y otras) de conformidad con la reglamentación que la Dirección General
dicte a estos efectos.
c) Cursos regulares con una duración mínima de 32 horas.
d) Actividades y cursos especiales.
ARTÍCULO 25: Estructura curricular del Curso Básico de Ingreso (CBI): La
estructura curricular del Curso Básico de Ingreso del Escalafón de
Inteligencia de la AFI se compone de seis (6) módulos temáticos, a
desarrollar con una carga horaria no inferior a setenta y ocho (78)
horas reloj, y cuyos contenidos mínimos de carácter obligatorio son:
Módulo I - Inteligencia
1. La nueva doctrina de Inteligencia Nacional. Prioridades y funciones
de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI). Los principios de la
producción de inteligencia nacional.
2. El marco institucional de la AFI.
3. El Sistema de Inteligencia Nacional (SIN).
4. El proceso o ciclo de inteligencia. Fases: 1. Dirección
(planificación); 2. Obtención de información (explotación de fuentes y
tratamiento de la información); 3. Elaboración de inteligencia
(compilación, evaluación, análisis, integración e interpretación); 4.
Difusión.
5. Inteligencia criminal: Investigación criminal e información criminal. Lineamientos y prioridades estratégicas.
6. Inteligencia estratégica militar: sistema de inteligencia para la
defensa. Marco normativo. Inteligencia estratégica militar e
inteligencia operacional o de combate. Agregados militares en el
exterior.
7. Sistemas de inteligencia comparados. Organismos de inteligencia a
nivel internacional. Módulo II - Contrainteligencia y seguridad
1. Contrainteligencia: definiciones y funciones.
2. Seguridad. Protección de activos. El proceso de la seguridad.
3. Ciberseguridad. Capa 8. Vulnerabilidades y amenazas. Sistemas operativos y programas maliciosos.
4. Medidas de seguridad institucional.
5. Técnicas de reanimación cardiopulmonar.
Módulo III - Inteligencia y derecho
1. Los derechos personalísimos y su relación con la producción de inteligencia. La protección de los datos personales.
2. Las tensiones entre Estado de derecho y Estado de policía. El
concepto de enemigo en el derecho y en la teoría política. La
producción de inteligencia dentro de los límites del Estado de Derecho
3. Dogmática penal e inteligencia. Tipicidad y causas de justificación.
4. El crimen de Estado y las violaciones de Derechos Humanos. El genocidio en perspectiva jurídica y sociológica.
5. Derecho Internacional. El concepto de soberanía. Las relaciones internacionales. Derecho internacional humanitario.
Módulo IV - Inteligencia, historia y geopolítica
1. Geopolítica. Problemas geopolíticos de la región latinoamericana y de la Argentina.
2. Procesos de integración regional.
3. Atlántico Sur. Las islas Malvinas. La actividad científica argentina
en la Antártida. La soberanía a través de la ciencia y permanencia. Los
recursos naturales. El Tratado Antártico.
4. Orientaciones de la inteligencia latinoamericana en la segunda
posguerra. La hegemonía de los EEUU. La revolución cubana y su impacto
regional. La “doctrina de la seguridad nacional”.
5. El impacto de la crisis económica en Latinoamérica en los ’80. Violencia/s política/s y represión.
6. La utilización de la inteligencia como herramienta para la “lucha
contra la subversión”. El accionar de la SIDE durante el terrorismo de
Estado. El “Plan Cóndor”. El centro clandestino de detención
"Automotores Orletti”.
Módulo V - Inteligencia y problemáticas contemporáneas
1. Vigilancia electrónica y asistida por inteligencia artificial.
2. Tensiones entre la inteligencia nacional, la seguridad pública y la protección de infraestructuras críticas.
3. Estructura del sistema de control de la actividad económica en la
Argentina. El lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. El
funcionamiento de los mercados financieros y bursátiles.
4. Introducción a los conceptos de información y desinformación.
5. Género e inteligencia. La violencia por razones de género. Abordaje
del marco normativo internacional y nacional. Principales aportes del
movimiento feminista.
Módulo VI - Herramientas del personal AFI
1. Normativa interna de la AFI. Derechos, deberes y obligaciones del
personal. Circuitos administrativos, documentos y formularios
estandarizados.
2. Régimen disciplinario interno. Sumarios y procedimientos. Faltas y sanciones.
3. Medidas de seguridad de la información sobre la identidad e identificación del personal.
ARTÍCULO 29: Modificación o reforma.
La Dirección General de la AFI puede disponer la modificación o reforma
de la estructura curricular y contenidos mínimos del Curso Básico de
Ingreso obligatorio, el que no podrá tener una carga horaria inferior a
setenta y ocho (78) horas reloj.
ARTÍCULO 30. Programa académico del CBI.
En cada edición del Curso Básico de Ingreso, la ENI diseña y aprueba el
programa académico correspondiente, el que contiene la fundamentación,
objetivos y modalidad de cursada. El programa académico debe respetar
la estructura curricular del artículo 25 del presente régimen y en
ningún caso podrá reducir su carga horaria y contenidos, sin perjuicio
de la facultad de agregar otros que no hayan sido considerados.
ARTÍCULO 32. Aprobación. El proceso de incorporación culmina con la aprobación del Curso Básico de Ingreso brindado por la ENI.
La aprobación de los exámenes y pruebas del curso, y el cumplimiento de
los requisitos exigidos, no genera un derecho adquirido para ser
incorporado a la AFI. La desaprobación del Curso Básico de Ingreso de
la persona candidata implica su exclusión del proceso de incorporación
a la AFI.
ARTÍCULO 34. Grado de ingreso.
Las personas que ingresen al Organismo, lo harán en el Escalafón de
Inteligencia de la AFI, una vez aprobado el Curso Básico de Ingreso,
por el grado de menor rango jerárquico del agrupamiento correspondiente.
ARTÍCULO 61 bis. Titulación ENI.
A los fines previstos en el artículo 61 del presente régimen, las
certificaciones y las carreras con titulación interna de la Escuela
Nacional de Inteligencia serán reconocidas dentro de la AGENCIA FEDERAL
DE INTELIGENCIA. La Dirección General deberá reglamentar por resolución
el porcentaje del incremento, su plazo de duración y la modalidad de
otorgamiento.
ARTÍCULO 144. Personal contratado.
La Dirección General de la AFI puede disponer la contratación de
personal abocado al desarrollo de alguna de las actividades de
inteligencia siempre que se acrediten DOS (2) requisitos:
a. que dichas actividades sean de carácter transitorio o eventual;
b. que exista necesidad funcional o demanda formal y fundada del área requirente.
El personal de inteligencia a ser contratado debe obtener la
habilitación de seguridad emitida por las áreas responsables de la
seguridad institucional y de contrainteligencia, de acuerdo a los
parámetros formalmente definidos por la Dirección General de la AFI, y
aprobar el Curso Básico de Ingreso, dentro de los seis meses desde su
contratación.
Su remuneración mensual debe ser equivalente a los grados y niveles
establecidos en el presente régimen profesional. Esta equiparación debe
considerar los requisitos mínimos establecidos en el presente régimen
para el grado y nivel correspondiente y según el nivel de
responsabilidad, autonomía y complejidad que conlleven los servicios a
contratar.
ARTÍCULO 145. Normas aplicables. Las
normas del presente régimen profesional no son de aplicación al
personal de inteligencia contratado, con excepción de las prohibiciones
establecidas en el artículo 7o, lo establecido en relación al Curso
Básico de Ingreso en el artículo 25 y de las que por resolución
establezca la Dirección General de la AFI.
ARTÍCULO 18: Incorporación. El
proceso de incorporación al Escalafón de Seguridad de la AFI se
encuentra conformado por la instancia de selección y el Curso Básico de
Ingreso. La superación de ambas etapas es requisito esencial para la
incorporación al organismo.
Las y los candidatos, y las y los candidatos becarios no integran el
Escalafón de Seguridad de la AFI y no guardan, en ningún caso, relación
laboral alguna con el organismo.
ARTÍCULO 26: Dictamen de seleccionados. Candidatos Becarios.
La Dirección de Recursos Humanos de la AFI debe elaborar la nómina de
las y los candidatos seleccionados para realizar el Curso Básico de
Ingreso. Los mismos son considerados candidatos becarios y cuentan con
cobertura por riesgos de trabajo y los demás derechos y obligaciones
que se establezcan por resolución de la Dirección General de la AFI
ARTÍCULO 27: Formación profesional: Es
el conjunto de acciones que tienen como propósito la formación
socio-laboral orientada para la adquisición y mejora de las
cualificaciones del personal durante toda su carrera. Tiene una
instancia general, básica, común, para el ingreso a la AFI, y otra de
especialización y actualización de conocimientos y capacidades que
acompaña y promueve el desarrollo profesional integral y estructurado.
El diseño, la organización y la administración de la formación
profesional están a cargo de la ENI, de acuerdo con los lincamientos y
directivas formuladas mediante resolución por la Dirección General de
la AFI.
La formación profesional se estructura, según el tipo de propósito formativo, en:
a) Curso Básico de Ingreso (CBI) de carácter obligatorio para todo el personal.
b) Carreras con titulación interna ENI (diplomaturas, especializaciones
y otras) de conformidad con la reglamentación que la Dirección General
dicte a estos efectos.
c) Cursos regulares con una duración mínima de 32 horas.
ARTÍCULO 28: Estructura curricular del Curso Básico de Ingreso (CBI): La
estructura curricular del Curso Básico de Ingreso del Escalafón de
Seguridad de la AFI se compone de seis (6) módulos temáticos, a
desarrollar con una carga horaria no inferior a setenta y ocho (78)
horas reloj, y cuyos contenidos mínimos de carácter obligatorio son:
Módulo I - Inteligencia
1. La nueva doctrina de Inteligencia Nacional. Prioridades y funciones
de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI). Los principios de la
producción de inteligencia nacional.
2. El marco institucional de la AFI.
3. El Sistema de Inteligencia Nacional (SIN).
4. El proceso o ciclo de inteligencia. Fases: 1. Dirección
(planificación); 2. Obtención de información (explotación de fuentes y
tratamiento de la información); 3. Elaboración de inteligencia
(compilación, evaluación, análisis, integración e interpretación); 4.
Difusión.
5. Inteligencia criminal: Investigación criminal e información criminal. Lincamientos y prioridades estratégicas.
6. Inteligencia estratégica militar: sistema de inteligencia para la
defensa. Marco normativo. Inteligencia estratégica militar e
inteligencia operacional o de combate. Agregados militares en el
exterior.
7. Sistemas de inteligencia comparados. Organismos de inteligencia a
nivel internacional. Módulo II - Contrainteligencia y seguridad
1. Contrainteligencia: definiciones y funciones.
2. Seguridad. Protección de activos. El proceso de la seguridad.
3. Ciberseguridad. Capa 8. Vulnerabilidades y amenazas. Sistemas operativos y programas maliciosos.
4. Medidas de seguridad institucional.
5. Técnicas de reanimación cardiopulmonar.
Módulo III - Inteligencia y derecho
1. Los derechos personalísimos y su relación con la producción de inteligencia. La protección de los datos personales.
2. Las tensiones entre Estado de derecho y Estado de policía. El
concepto de enemigo en el derecho y en la teoría política. La
producción de inteligencia dentro de los límites del Estado de Derecho
3. Dogmática penal e inteligencia. Tipicidad y causas de justificación.
4. El crimen de Estado y las violaciones de Derechos Humanos. El genocidio en perspectiva jurídica y sociológica.
5. Derecho Internacional. El concepto de soberanía. Las relaciones internacionales. Derecho internacional humanitario.
Módulo IV - Inteligencia, historia y geopolítica
1. Geopolítica. Problemas geopolíticos de la región latinoamericana y de la Argentina.
2. Procesos de integración regional.
3. Atlántico Sur. Las islas Malvinas. La actividad científica argentina
en la Antártida. La soberanía a través de la ciencia y permanencia. Los
recursos naturales. El Tratado Antártico.
4. Orientaciones de la inteligencia latinoamericana en la segunda
posguerra. La hegemonía de los EEUU. La revolución cubana y su impacto
regional. La “doctrina de la seguridad nacional”.
5. El impacto de la crisis económica en Latinoamérica en los ’80. Violencia/s política/s y represión.
6. La utilización de la inteligencia como herramienta para la “lucha
contra la subversión”. El accionar de la SIDE durante el terrorismo de
Estado. El “Plan Cóndor”. El centro clandestino de detención
“Automotores Orletti”
Módulo V - Inteligencia y problemáticas contemporáneas
1. Vigilancia electrónica y asistida por inteligencia artificial.
2. Tensiones entre la inteligencia nacional, la seguridad pública y la protección de infraestructuras críticas.
3. Estructura del sistema de control de la actividad económica en la
Argentina. El lavado de activos y el fmanciamiento del terrorismo. El
funcionamiento de los mercados financieros y bursátiles.
4. Introducción a los conceptos de información y desinformación.
5. Género e inteligencia. La violencia por razones de género. Abordaje
del marco normativo internacional y nacional. Principales aportes del
movimiento feminista.
Módulo VI - Herramientas del personal AFI
1. Normativa interna de la AFI. Derechos, deberes y obligaciones del
personal. Circuitos administrativos, documentos y formularios
estandarizados.
2. Régimen disciplinario interno. Sumarios y procedimientos. Faltas y sanciones.
3. Medidas de seguridad de la información sobre la identidad e identificación del personal.
ARTÍCULO 31: Modificación o reforma.
La Dirección General de la AFI puede disponer la modificación o reforma
de la estructura curricular y contenidos mínimos del Curso Básico de
Ingreso obligatorio, el que no podrá tener una carga horaria inferior a
setenta y ocho (78) horas reloj.
ARTÍCULO 32. Programa académico del CBI. En
cada edición del Curso Básico de Ingreso, la ENI diseña y aprueba el
programa académico correspondiente, el que contiene la fundamentación,
objetivos y modalidad de cursada. El programa académico debe respetar
la estructura curricular del artículo 27 del presente régimen y en
ningún caso podrá reducir su carga horaria y contenidos, sin perjuicio
de la facultad de agregar otros que no hayan sido considerados.
ARTÍCULO 34. Aprobación. El proceso de incorporación culmina con la aprobación del Curso Básico de Ingreso brindado por la ENI.
La aprobación de los exámenes y pruebas del curso, y el cumplimiento de
los requisitos exigidos, no genera un derecho adquirido para ser
incorporado a la AFI. La desaprobación del Curso Básico de Ingreso de
la persona candidata implica su exclusión del proceso de
ARTÍCULO 36. Grado de ingreso.
Las personas que ingresen al Organismo, lo harán en el Escalafón de
Seguridad de la AFI, una vez aprobado el Curso Básico de Ingreso, por
el grado de menor rango jerárquico de la especialidad de seguridad.
ARTÍCULO 64 bis. Titulación ENI.
A los fines previstos en el artículo 64 del presente régimen, las
certificaciones y las carreras con titulación interna de la Escuela
Nacional de Inteligencia serán reconocidas dentro de la AGENCIA FEDERAL
DE INTELIGENCIA. La Dirección General deberá reglamentar por resolución
el porcentaje del incremento, su plazo de duración y la modalidad de
otorgamiento.
ARTÍCULO 147. Personal contratado. La
Dirección General de la AFI puede disponer la contratación de personal
abocado al desarrollo de alguna de las actividades básicas de seguridad
siempre que se acrediten DOS (2) requisitos:
a. que dichas actividades sean de carácter transitorio o eventual;
b. que exista necesidad funcional o demanda formal y fundada del área requirente.
El personal de seguridad a ser contratado debe obtener la habilitación
de seguridad emitida por las áreas responsables de la seguridad
institucional y de contrainteligencia, de acuerdo a los parámetros
formalmente definidos por la Dirección General de la AFI, y aprobar el
Curso Básico de Ingreso, dentro de los seis meses desde su contratación.
Su remuneración mensual debe ser equivalente a los grados y niveles
establecidos en el presente régimen profesional. Esta equiparación debe
considerar los requisitos mínimos establecidos en el presente régimen
para el grado y nivel correspondiente y según el nivel de
responsabilidad, autonomía y complejidad que conlleven los servicios a
contratar.
ARTÍCULO 148. Normas aplicables.
Las normas del presente régimen profesional no son de aplicación al
personal de seguridad contratado, con excepción de las prohibiciones
establecidas en el artículo 7o, lo establecido en relación al Curso
Básico de Ingreso en el artículo 28 y de las que por resolución
establezca la Dirección General de la AFI.
ARTÍCULO 17: Incorporación. El
proceso de incorporación al Escalafón de Apoyo de la AFI se encuentra
conformado por la instancia de selección y el Curso Básico de Ingreso.
La superación de ambas etapas es requisito esencial para la
incorporación al organismo.
Las y los candidatos, y las y los candidatos becarios no integran el
Escalafón de Apoyo de la AFI y no guardan, en ningún caso, relación
laboral alguna con el organismo.
ARTÍCULO 26: Dictamen de seleccionados. Candidatos Becarios. La
Dirección de Recursos Humanos de la AFI debe elaborar la nómina de las
y los candidatos seleccionados para realizar el Curso Básico de
Ingreso. Los mismos son considerados candidatos becarios y cuentan con
cobertura por riesgos de trabajo y los demás derechos y obligaciones
que se establezcan por resolución de la Dirección General de la AFI
ARTÍCULO 27: Formación profesional: Es
el conjunto de acciones que tienen como propósito la formación
socio-laboral orientada para la adquisición y mejora de las
cualificaciones del personal durante toda su carrera. Tiene una
instancia general, básica, común, para el ingreso a la AFI, y otra de
especialización y actualización de conocimientos y capacidades que
acompaña y promueve el desarrollo profesional integral y estructurado.
El diseño, la organización y la administración de la formación
profesional están a cargo de la ENI. de acuerdo con los lincamientos y
directivas formuladas mediante resolución por la Dirección General de
la AFI.
La formación profesional se estructura, según el tipo de propósito formativo, en:
a) Curso Básico de Ingreso (CBI) de carácter obligatorio para todo el personal.
b) Carreras con titulación interna ENI (diplomaturas, especializaciones
y otras) de conformidad con la reglamentación que la Dirección General
dicte a estos efectos.
c) Cursos regulares con una duración mínima de 32 horas.
ARTÍCULO 28: Estructura curricular del Curso Básico de Ingreso (CBI):
La estructura curricular del Curso Básico de Ingreso del Escalafón de
Apoyo de la AFI se compone de seis (6) módulos temáticos, a desarrollar
con una carga horaria no inferior a setenta y ocho (78) horas reloj, y
cuyos contenidos mínimos de carácter obligatorio son:
Módulo I - Inteligencia
1. La nueva doctrina de Inteligencia Nacional. Prioridades y funciones
de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI). Los principios de la
producción de inteligencia nacional.
2. El marco institucional de la AFI.
3. El Sistema de Inteligencia Nacional (SIN).
4. El proceso o ciclo de inteligencia. Fases: 1. Dirección
(planificación); 2. Obtención de información (explotación de fuentes y
tratamiento de la información); 3. Elaboración de inteligencia
(compilación, evaluación, análisis, integración e interpretación); 4.
Difusión.
5. Inteligencia criminal: Investigación criminal e información criminal. Lincamientos y prioridades estratégicas.
6. Inteligencia estratégica militar: sistema de inteligencia para la
defensa. Marco normativo. Inteligencia estratégica militar e
inteligencia operacional o de combate. Agregados militares en el
exterior.
7. Sistemas de inteligencia comparados. Organismos de inteligencia a
nivel internacional. Módulo II - Contrainteligencia y seguridad
1. Contrainteligencia: definiciones y funciones.
2. Seguridad. Protección de activos. El proceso de la seguridad.
3. Ciberseguridad. Capa 8. Vulnerabilidades y amenazas. Sistemas operativos y programas maliciosos.
4. Medidas de seguridad institucional.
5. Técnicas de reanimación cardiopulmonar.
Módulo III - Inteligencia y derecho
1. Los derechos personalísimos y su relación con la producción de inteligencia. La protección de los datos personales.
2. Las tensiones entre Estado de derecho y Estado de policía. El
concepto de enemigo en el derecho y en la teoría política. La
producción de inteligencia dentro de los límites del Estado de Derecho
3. Dogmática penal e inteligencia. Tipicidad y causas de justificación.
4. El crimen de Estado y las violaciones de Derechos Humanos. El genocidio en perspectiva jurídica y sociológica.
5. Derecho Internacional. El concepto de soberanía. Las relaciones internacionales. Derecho internacional humanitario.
Módulo IV - Inteligencia, historia y geopolítica
1. Geopolítica. Problemas geopolíticos de la región latinoamericana y de la Argentina.
2. Procesos de integración regional.
3. Atlántico Sur. Las islas Malvinas. La actividad científica argentina
en la Antártida. La soberanía a través de la ciencia y permanencia. Los
recursos naturales. El Tratado Antártico.
4. Orientaciones de la inteligencia latinoamericana en la segunda
posguerra. La hegemonía de los EEUU. La revolución cubana y su impacto
regional. La “doctrina de la seguridad nacional”.
5. El impacto de la crisis económica en Latinoamérica en los '80. Violencia/s política/s y represión.
6. La utilización de la inteligencia como herramienta para la “lucha
contra la subversión”. El accionar de la SIDE durante el terrorismo de
Estado. El “Plan Cóndor”. El centro clandestino de detención
“Automotores Orletti”
Módulo V - Inteligencia y problemáticas contemporáneas
1. Vigilancia electrónica y asistida por inteligencia artificial.
2. Tensiones entre la inteligencia nacional, la seguridad pública y la protección de infraestructuras críticas.
3. Estructura del sistema de control de la actividad económica en la
Argentina. El lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. El
funcionamiento de los mercados financieros y bursátiles.
4. Introducción a los conceptos de información y desinformación.
5. Género e inteligencia. La violencia por razones de género. Abordaje
del marco normativo internacional y nacional. Principales aportes del
movimiento feminista.
Módulo VI - Herramientas del personal AFI
1. Normativa interna de la AFI. Derechos, deberes y obligaciones del
personal. Circuitos administrativos, documentos y formularios
estandarizados.
2. Régimen disciplinario interno. Sumarios y procedimientos. Faltas y sanciones.
3. Medidas de seguridad de la información sobre la identidad e identificación del personal.
ARTÍCULO 31: Modificación o reforma. La
Dirección General de la AFI puede disponer la modificación o reforma de
la estructura curricular y contenidos mínimos del Curso Básico de
Ingreso obligatorio, el que no podrá tener una carga horaria inferior a
setenta y ocho (78) horas reloj.
ARTÍCULO 32. Programa académico del CBI. En
cada edición del Curso Básico de Ingreso, la ENI diseña y aprueba el
programa académico correspondiente, el que contiene la fundamentación.
objetivos y modalidad de cursada. El programa académico debe respetar
la estructura curricular del artículo 27 del presente régimen y en
ningún caso podrá reducir su carga horaria y contenidos, sin perjuicio
de la facultad de agregar otros que no hayan sido considerados.
ARTÍCULO 34. Aprobación. El proceso de incorporación culmina con la aprobación del Curso Básico de Ingreso brindado en la ENI.
La aprobación de los exámenes y pruebas del curso, y el cumplimiento de
los requisitos exigidos, no genera un derecho adquirido para ser
incorporado a la AFI. La desaprobación del Curso Básico de Ingreso de
la persona candidata implica su exclusión del proceso de
ARTÍCULO 36. Grado de ingreso.
Las personas que ingresen al Organismo, lo harán en el Escalafón de
Apoyo de la AFI, una vez aprobado el Curso Básico de Ingreso, por el
grado de menor rango jerárquico del cuadro al que hayan sido asignadas.
ARTÍCULO 63 bis. Titulación ENI.
A los fines previstos en el artículo 63 del presente régimen, las
certificaciones y las carreras con titulación interna de la Escuela
Nacional de Inteligencia serán reconocidas dentro de la AGENCIA FEDERAL
DE INTELIGENCIA. La Dirección General deberá reglamentar por resolución
el porcentaje del incremento, su plazo de duración y la modalidad de
otorgamiento.
ARTÍCULO 149. Personal contratado.
La Dirección General de la AFI puede disponer la contratación de
personal abocado al desarrollo de alguna de las actividades de apoyo
siempre que se acrediten DOS (2) requisitos:
a. que dichas actividades sean de carácter transitorio o eventual;
b. que exista necesidad funcional o demanda formal y fundada del área requirente.
El personal de apoyo a ser contratado debe obtener la habilitación de
seguridad emitida por las áreas responsables de la seguridad
institucional y de contrainteligencia, de acuerdo a los parámetros
formalmente definidos por la Dirección General de la AFI, y aprobar el
Curso Básico de Ingreso, dentro de los seis meses desde su contratación.
Su remuneración mensual debe ser equivalente a los grados y niveles
establecidos en el presente régimen profesional. Esta equiparación debe
considerar los requisitos mínimos establecidos en el presente régimen
para el grado y nivel correspondiente y según el nivel de
responsabilidad, autonomía y complejidad que conlleven los servicios a
contratar.
ARTÍCULO 150. Normas aplicables.
Las normas del presente régimen profesional no son de aplicación al
personal de apoyo contratado, con excepción de las prohibiciones
establecidas en el artículo 7o, lo establecido en relación al Curso
Básico de Ingreso en el artículo 28 y de las que por resolución
establezca la Dirección General de la AFI.