MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución 425/2021
RESOL-2021-425-APN-MOP
Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2021-125052976-APN-DGD#MOP, la Ley
Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 (texto ordenado
2014) y sus modificatorias, la Ley Nº 27.431 y sus modificatorias, el
Decreto Nº 167 de fecha 2 de marzo de 2018, la Resolución Nº 5 de fecha
18 de febrero de 2020 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, publicada en el
Boletín Oficial el 21 de febrero de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 5 de fecha 18 de febrero de 2020 del
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, publicada en el Boletín Oficial el 21 de
febrero de 2020, se creó la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA
“UNIDAD BELGRANO -NORTE GRANDE” en el ámbito de este MINISTERIO DE
OBRAS PÚBLICAS, con el objetivo de contribuir a mejorar las condiciones
de accesibilidad, eficiencia y seguridad de las regiones NEA y NOA de
la REPÚBLICA ARGENTINA, mediante la ampliación, rehabilitación y mejora
de redes viales provinciales que conectan centros de producción con
mercados locales y externos, entre otros.
Que dicha Unidad fue creada en el marco de las previsiones establecidas
por el Decreto Nº 167/18, por el que se facultó a los Ministros a
crear, en sus respectivos ámbitos, UNIDADES EJECUTORAS ESPECIALES
TEMPORARIAS en los términos del artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y a
designar a los titulares de las mismas, previa intervención de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
Que el artículo 108 de la Ley Nº 27.431, incorporado a la Ley
Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 y sus
modificatorias, estableció que dichas unidades tendrán una duración que
no exceda los DOS (2) años, salvo autorización en la ley de presupuesto
del año correspondiente al vencimiento del plazo.
Que, en razón de ello, por el artículo 4º de la citada Resolución MOP
Nº 5/20, se dispuso que la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD
BELGRANO -NORTE GRANDE” quedará disuelta el 31 de diciembre de 2021.
Que resulta necesario continuar los trabajos y actividades que viene
desarrollando la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD BELGRANO
-NORTE GRANDE” para el cumplimiento de los objetivos asignados, a fin
de no resentir las tareas que se encuentran en plena ejecución, por lo
que resulta conveniente prorrogar el plazo de vigencia de la citada
Unidad al máximo establecido en la normativa vigente.
Que se ha dado intervención a la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de este MINISTERIO DE OBRAS
PÚBLICAS.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente
de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones previstas en el artículo 1º del Decreto Nº 167/18.
Por ello,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase hasta el día 21 de febrero de 2022 el plazo de
vigencia de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD BELGRANO
-NORTE GRANDE”, establecido en el artículo 4º de la Resolución Nº 5 de
fecha 18 de febrero de 2020 de este MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS,
publicada en el Boletín Oficial el 21 de febrero del mismo año.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a los créditos vigentes de la
Jurisdicción 64 – MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Gabriel Nicolás Katopodis
e. 03/01/2022 N° 102319/21 v. 03/01/2022