MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 1/2022
RESOL-2022-1-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 03/01/2022
Visto el expediente EX-2021-125681479-APN-DGDA#MEC, la ley 25.246, los
decretos 1172 del 3 de diciembre de 2003 y 290 del 27 de marzo de 2007,
y
CONSIDERANDO:
Que mediante la ley 25.246 se creó la Unidad de Información Financiera,
organismo descentralizado en la órbita del actual Ministerio de
Economía, estableciéndose en su artículo 9° el procedimiento para la
designación del Vicepresidente de la citada Unidad.
Que en el inciso e del artículo 9° de la norma citada en el
considerando precedente se prevé la celebración de una audiencia
pública a los efectos de evaluar las posibles observaciones a la
candidata a cubrir el cargo de Vicepresidenta de la Unidad de
Información Financiera.
Que el procedimiento de Audiencia Pública, en lo pertinente, se
encuentra regulado en el anexo I al decreto 1172 del 3 de diciembre de
2003.
Que conforme lo expuesto, atento que se ha iniciado el procedimiento de
designación de la autoridad de la Unidad de Información Financiera,
resulta pertinente que la Secretaría de Finanzas del Ministerio de
Economía actúe como autoridad de instrumentación de la convocatoria a
la Audiencia Pública prevista en el inciso e del artículo 9° de la ley
25.246.
Que, en el marco de esa Audiencia Pública, la Secretaría de Finanzas se
encuentra facultada para tomar las medidas necesarias para el
desarrollo adecuado de ese procedimiento.
Que toda vez que la ley 25.246 contiene directivas específicas en
materia de plazos, corresponde efectuar las aclaraciones necesarias que
propendan al desarrollo ordenado del proceso de designación.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes
de los artículos 9° de la ley 25.246 y 7° del anexo I al decreto
1172/2003.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convócase a la Audiencia Pública establecida en el inciso
e del artículo 9° de la ley 25.246, conforme lo detallado en el anexo
(IF-2022-00279314-APN-DGGDTYAI#MEC) que forma parte integrante de esta
resolución.
ARTÍCULO 2°.- Aclárase que el objeto, los plazos de celebración de la
Audiencia y de elaboración del informe final se encuentran sujetos a lo
establecido en los incisos e, f y g del artículo 9° de la ley 25.246.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/01/2022 N° 144/22 v. 04/01/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)