MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 36/2022
RESOL-2022-36-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 10/01/2022
VISTO el Expediente N° EX-2021-120141999- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta
M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, las
Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 67 del 24 de enero de 2019
y N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante la FISCALÍA NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL Nº 4, a
cargo del Doctor Carlos Alberto VASSER, tramita la causa Nº 62.182/15
(FN 5970/17) caratulada “TESTIMONIOS - MARINO, GABRIEL DAVID Y OTRO
S/HOMICIDIO A MUJER PERPETRADO POR UN HOMBRE Y MEDIANTE VIOLENCIA DE
GENERO; DAMN: SACAYAN, AMANCAY DIANA”, con intervención del JUZGADO
NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL Nº 33 a cargo del Doctor Darío
Osvaldo BONANNO.
Que con fecha 5 de octubre del 2018, la entonces Fiscal a cargo de la
FISCALÍA NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 4, Doctora Cristina
CAAMAÑO IGLESIAS PAIZ, solicito mediante Oficio Judicial, se ofrezca
recompensa para aquellas personas que, sin haber intervenido en el
hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con la
aprehensión del coautor del homicidio de quien en vida fuera Amancay
Diana SACAYAN, D.N.I. N° 24.874.415, nacida el 31 de diciembre del año
1975, quien fue asesinada entre la noche del sábado 10 y la madrugada
del domingo 11 de octubre del año 2015, en el interior de su domicilio
sito en Avenida Rivadavia 6747, piso 13º, departamento 115 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Que oportunamente se dictó la Resolución del Ministerio de Seguridad Nº
67/2019, mediante la cual se ofrece una recompensa de acuerdo a la Ley
26.538, de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000), destinada a aquellas
personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden
datos útiles que sirvan para dar con la aprehensión del coautor del
homicidio de quien en vida fuera Amancay Diana SACAYAN, D.N.I. N°
24.874.415.
Que con fecha 17 de septiembre de 2021, la UNIDAD FISCAL ESPECIALIZADA
DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES (UFEM), a cargo de la Doctora Mariela
LABOZZETTA, solicito mediante Oficio Judicial se incremente el monto de
la recompensa ofrecida través de la Resolución N° 67/2019, destinada a
aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual,
brinden datos útiles que sirvan para dar con la aprehensión del coautor
del travesticidio de quien en vida fuera Amancay Diana SACAYAN, D.N.I.
N° 24.874.415, quien fue asesinada entre la noche del sábado 10 y la
madrugada del domingo 11 de octubre del año 2015, en el interior de su
domicilio sito en Avenida Rivadavia 6747, piso 13º, departamento 115 de
esta Ciudad.
Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago. Y,
que, a su vez, el monto de la recompensa será fijado atendiendo a la
complejidad del hecho y a las dificultades que existan para la
obtención de la información.
Que el artículo 1° del Anexo II de la Resolución N° 828/2019, establece
los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de
recompensa, y por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán
modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido,
según lo estime el titular de esta cartera ministerial.
Que en atención a lo establecido en los artículos 1° y 2 del Anexo II
de la Resolución N° 828/2019, resulta procedente incrementar el monto
de la mencionada recompensa.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538,
en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y en las Resoluciones
del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 67/2019 y 828/2019.
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dispóngase el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida mediante Resolución M.S. Nº 67/2019 a la suma total de PESOS
DOS MILLONES ($2.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber
intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para
dar con la aprehensión del coautor del travesticidio de quien en vida
fuera Amancay Diana SACAYAN, D.N.I. N° 24.874.415, nacida el 31 de
diciembre del año 1975, quien fue asesinada entre la noche del sábado
10 y la madrugada del domingo 11 de octubre del año 2015, en el
interior de su domicilio sito en Avenida Rivadavia 6747, piso 13º,
departamento 115 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida en la presente Resolución.
Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la
identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios
gráficos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la
difusión y publicación en todas sus formas del afiche que obran como
(IF-2021-121884960-APN-SSICYCJ#MSG) correspondiente a la recompensa
ofrecida, formando parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Aníbal Domingo Fernández
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/01/2022 N° 957/22 v. 12/01/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)