“LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
Decreto 17/2022
DCTO-2022-17-APN-PTE - 2022 Año Homenaje - Leyenda oficial.
Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-03045306-APN-DSGA#SLYT, y
CONSIDERANDO:
Que en el año 2022 se cumplen CUARENTA (40) años del conflicto del
Atlántico Sur suscitado entre nuestro país y el REINO UNIDO DE GRAN
BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE por la disputa de soberanía sobre las ISLAS
MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SÁNDWICH DEL SUR y los espacios marítimos e
insulares correspondientes.
Que, en ese marco, cabe destacar que el conflicto de 1982 no alteró la
naturaleza de la controversia de soberanía entre la REPÚBLICA ARGENTINA
y el REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA e IRLANDA DEL NORTE respecto de las
ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SÁNDWICH DEL SUR y los espacios
marítimos e insulares correspondientes, la cual continúa pendiente de
solución mediante la negociación bilateral entre ambos gobiernos. Al
respecto, el 9 de noviembre de 1982 la ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES
UNIDAS aprobó la Resolución 37/9 que, “...recordando asimismo las
resoluciones 502 (1982) del 3 de abril de 1982 y 505 (1982) del 26 de
mayo de 1982, del Consejo de Seguridad,…y reafirmando la necesidad de
que las partes tengan debidamente en cuenta los intereses de la
población de las Islas Malvinas (Falkland) de conformidad con lo
establecido por la Asamblea general en las resoluciones 2065 (XX) y
3160 (XXVIII)”, solicitó a la REPÚBLICA ARGENTINA y al REINO UNIDO DE
GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE que reanuden las negociaciones con el
fin de encontrar una solución pacífica a la disputa de soberanía sobre
dichas Islas.
Que la REPÚBLICA ARGENTINA, durante todos los gobiernos democráticos y
de manera constante ha rechazado el recurso a la fuerza y se ha
mostrado continuamente dispuesta a la negociación bilateral como medio
para alcanzar una solución pacífica de la controversia, de conformidad
con las Resoluciones de la ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS y
los principios del Derecho Internacional.
Que, en ese marco, resulta menester llevar adelante acciones de
difusión y concientización, tanto en el ámbito nacional como
internacional vinculadas a la visibilización de los derechos soberanos
argentinos respecto de la “Cuestión de las Islas Malvinas” en el marco
de la Disposición Transitoria Primera de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, como
así también homenajear y honrar a nuestros excombatientes caídos y a
sus familiares.
Que, en dicho contexto, el Señor Presidente de la Nación lanzó el
pasado 19 de noviembre de 2021 la iniciativa interministerial “Agenda
Malvinas - 40 años”, cuyos objetivos son elaborar acciones y propuestas
que tienen como fin resaltar el reconocimiento y el homenaje del pueblo
argentino a los excombatientes, caídos y familiares del conflicto del
Atlántico Sur, así como difundir los principales argumentos de la
posición argentina en la “Cuestión de las Islas Malvinas”, con una
perspectiva inclusiva y federal.
Que, por otra parte, no puede dejar de soslayarse que son ejes
centrales del GOBIERNO NACIONAL la reafirmación de la soberanía
argentina sobre los archipiélagos, el llamado a la reanudación del
diálogo y las negociaciones con el REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E
IRLANDA DEL NORTE, la ratificación del compromiso de la democracia
argentina con los medios pacíficos para la resolución de controversias
y el respeto al derecho internacional.
Que la presente medida tiene el propósito de resaltar el reconocimiento
y el homenaje del pueblo argentino a los caídos y a sus familiares, y a
los veteranos y las veteranas de Malvinas con una perspectiva inclusiva
y federal.
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Declárase el Año 2022 como de homenaje del pueblo
argentino a los caídos en el conflicto de las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS
DEL SUR, SÁNDWICH DEL SUR y los espacios marítimos e insulares
correspondientes, así como a sus familiares y a los veteranos y las
veteranas de Malvinas.
ARTÍCULO 2°.- Dispónese que durante el Año 2022 toda la documentación
oficial de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, centralizada y
descentralizada, así como de los Entes autárquicos dependientes de
esta, deberá llevar la leyenda: “Las Malvinas son argentinas”.
ARTÍCULO 3°.- En orden a lo establecido en el artículo 1° del presente,
el PODER EJECUTIVO NACIONAL realizará acciones tendientes a la difusión
y concientización sobre los derechos soberanos argentinos respecto de
la “Cuestión de las Islas Malvinas” y destacará los principales
argumentos de la posición argentina.
ARTÍCULO 4°.- Invítase a los Gobiernos Provinciales y al de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir al presente decreto.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur
e. 13/01/2022 N° 1329/22 v. 13/01/2022