MINISTERIO DE SALUD

Resolución 34/2022

RESOL-2022-34-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 11/01/2022

VISTO el Expediente EX-2021-90575237- -APN-DD#MS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 50/2019, modificado por el Decreto Nº 223/2021 se aprobó el Organigrama de Aplicación a la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría a fin de establecer una nueva estructura organizacional que permita el cumplimiento de los objetivos de Gobierno Nacional.

Que a su vez, por medio de la Decisión Administrativa Nº 384/2021 se aprobó la actual estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD, de modo que se previeron las competencias asignadas a la COORDINACIÓN DE BANCO DE DROGAS ESPECIALES, que funciona en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA SANITARIA.

Que, en ese sentido, la mentada área tiene a su cargo coordinar la provisión de medicamentos y drogas especiales del vademécum vigente, de forma articulada con las distintas jurisdicciones, a los/as beneficiarios/as que cumplan con los requisitos y formalidades estipuladas, en el marco de los lineamientos y estrategias definidos por la Dirección Nacional.

Que a efectos de contribuir a una eficiente integración del Sistema Sanitario Nacional y a promover a su acceso equitativo, la COORDINACIÓN DE BANCO DE DROGAS ESPECIALES complementa a las jurisdicciones con la finalidad de equiparar los estándares de asistencia sanitaria en todo el territorio nacional.

Que en este entendimiento, resulta necesario aprobar un Modelo de Convenio Marco para la adhesión de las jurisdicciones que tenga por objeto determinar las condiciones de adhesión, cooperación y colaboración para desarrollar acciones conjuntas entre la referida Coordinación y las jurisdicciones, tendientes a reducir la incidencia y mortalidad por cáncer, mejorar la calidad de vida de los pacientes oncológicos en nuestro país, como así también universalizar el uso racional y el acceso a medicamentos estratégicos e insumos sanitarios.

Que la COORDINACION DE BANCO DE DROGAS ESPECIALES dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA SANITARIA propicia la presente medida de intervención en el marco de sus competencias.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA SANITARIA y la SUBSECRETARÍA DE MEDICAMENTOS E INFORMACIÓN ESTRATÉGICA y la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD han tomado intervención pertinente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS DEL MINISTERIO DE SALUD ha tomado intervención en el ámbito de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 103 de la Constitución Nacional, la Ley de Ministerio Nº 22.520, sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Convenio Marco para la adhesión de las jurisdicciones a las acciones llevadas a cabo por la COORDINACION DE BANCO DE DROGAS ESPECIALES, de conformidad con el Anexo I (IF-2021-119691134-APN-DNMYTS#MS) que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA SANITARIA a adoptar las medidas necesarias a efectos de dar cumplimiento a la presente Resolución, dictar normas complementarias, aclaratorias e interpretativas de la presente y a suscribir los convenios específicos de carácter operativo que se deriven de los Convenios Marco que se suscriban al amparo del modelo aprobado por el artículo 1° de la presente. Todo ello con los límites impuestos por el artículo 35 del Anexo al Decreto Nº 1344/2007 y siempre y cuando verse sobre una materia cuya delegación este permitida.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Carla Vizzotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 13/01/2022 N° 1128/22 v. 13/01/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)