MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Resolución 23/2022
RESOL-2022-23-APN-MDS
Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2021-125968746- -APN-SGA#MDS, la Ley de
Ministerios Nº 22.520, (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de
marzo de 1992) y sus modificatorios, la Ley Complementaria Permanente
de Presupuesto Nº 11.672 (texto ordenado 2014) y sus modificatorias, la
Ley Nº 27.431 y sus modificatorias, el Decreto Nº 167 del 2 de marzo de
2018, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios y sus modificatorias establece que compete a
este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL asistir al Presidente de la Nación
y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en
todo lo inherente a la política social orientada a la asistencia,
promoción, cuidados e inclusión social y el desarrollo humano, la
seguridad alimentaria, la reducción de la pobreza, el desarrollo de
igualdad de oportunidades para los sectores más vulnerables, en
particular para las personas con discapacidad, las niñas, los niños y
adolescentes, las mujeres y los adultos mayores, la protección de las
familias y el fortalecimiento de las organizaciones comunitarias, así
como en lo relativo al acceso a la vivienda y el hábitat dignos y a la
integración socio urbana, y al cumplimiento de los compromisos asumidos
en relación con los tratados internacionales y los convenios
multinacionales, en materia de su competencia.
Que, adicionalmente, la citada norma establece como competencias
específicas de esta Cartera Ministerial, entre otras, la de intervenir
en las actividades de carácter internacional relacionadas con el
desarrollo social como así también ejercer la representación de la
REPÚBLICA ARGENTINA en las reuniones, foros y ámbitos internacionales
vinculados con el desarrollo humano, la promoción y garantía de los
derechos sociales; y la de entender en la coordinación de toda la
política social del Estado Nacional y sus respectivos planes de
desarrollo en los ámbitos nacional, provincial y municipal, diseñando,
promoviendo y apoyando las actividades tendientes a mejorar la
estructura institucional de las políticas y programas sociales públicos.
Que, necesidades de gestión tornan menester el establecimiento y
fortalecimiento de diversos canales de relación de las áreas de la
Jurisdicción con organismos de la Administración Pública Nacional,
provincial y subnacional, así como en ámbitos internacionales.
Que el artículo 108 de la Ley Nº 27.431, incorporado a la Ley
Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 y sus
modificatorias, facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a crear unidades
ejecutoras especiales temporarias y/o para gestionar planes, programas
y proyectos de carácter transitorio y excepcional, pudiendo determinar
la estructura, el funcionamiento y asignación de recursos humanos que
correspondan, estableciendo que dichas unidades tendrán una duración
que no exceda los DOS (2) años, salvo autorización en la ley de
presupuesto del año correspondiente al vencimiento del plazo.
Que, asimismo, por el artículo 1º del Decreto Nº 167/18 se facultó a
los Ministros a crear, en sus respectivos ámbitos, UNIDADES EJECUTORAS
ESPECIALES TEMPORARIAS en los términos del artículo 108 de la Ley Nº
27.431 y a designar a los titulares de las mismas, previa intervención
de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Que, en el mismo sentido, el artículo 2º del Decreto citado en el
considerando precedente estableció que las Unidades Ejecutoras
Especiales Temporarias deberán contemplar el plazo en que las mismas
cumplimentarán los objetivos que se le asignen y estarán a cargo de
un/a funcionario/a cuyo nivel no podrá exceder el correspondiente a
Secretario de Estado, cuya determinación será dispuesta juntamente con
la creación de dicha unidad.
Que, en consecuencia, se considera pertinente crear la Unidad Ejecutora
Especial Temporaria “ASUNTOS INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN FEDERAL” en
el ámbito de este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la que tendrá por
objeto la coordinación de los asuntos relativos a las relaciones
internacionales incluida la coordinación de la representación de la
REPÚBLICA ARGENTINA en las reuniones, foros y ámbitos internacionales
en el marco de las competencias asignadas a esta cartera, así como la
interacción con las Provincias, Municipios y la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES para el fortalecimiento de las políticas de desarrollo
social a nivel federal.
Que la mencionada Unidad quedará disuelta a los DOS (2) años de la
entrada en vigencia de la presente medida, en los términos de lo
dispuesto por Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 y
sus modificatorias.
Que Fernando Rodrigo ASENCIO (DNI. Nº 22.629.610) reúne las condiciones
de idoneidad y experiencia necesarias para cumplir con las
responsabilidades y funciones de la mentada Unidad Ejecutora Especial
Temporaria.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA de este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha
tomado la intervención que le compete.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente
de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, han tomado la intervención que les compete.
Que el presente acto se dicta en virtud de lo dispuesto en la Ley de
Ministerios y sus modificatorias y complementarias, y en uso de las
facultades conferidas por el artículo 1º del Decreto Nº 167 del 2 de
marzo de 2018.
Por ello,
EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Créase la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “ASUNTOS
INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN FEDERAL” en el ámbito de este MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL, con el objeto de coordinar los asuntos relativos
a las relaciones internacionales, incluida la coordinación de la
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA en las reuniones, foros y
ámbitos internacionales en el marco de las competencias asignadas a
esta cartera, así como la interacción con las Provincias, Municipios y
la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES para el fortalecimiento de las
políticas de desarrollo social a nivel federal.
ARTÍCULO 2º.- La Unidad Ejecutora Especial Temporaria “ASUNTOS INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN FEDERAL”, tendrá como objetivos:
1. Asistir y asesorar a las áreas del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
en la promoción de acuerdos con provincias, municipios, y con la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, como así también de carácter regional e
internacional en temas de desarrollo social, en coordinación con las
áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la
materia.
2. Asistir y coordinar la representación del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL y de las distintas Secretarías ante los ámbitos y foros
internacionales en los que participa, en especial con COMUNIDAD DE
ESTADOS LATINOAMERICANOS Y CARIBEÑOS (CELAC), GRUPO DE LOS 20 (G20),
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), ORGANIZACIÓN PARA LA
COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICOS (OCDE), ORGANIZACIÓN DE LAS
NACIONES UNIDAS (ONU), COMISIÓN ECONÓMICA PARA AMÉRICA LATINA Y EL
CARIBE (CEPAL), ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS (OEA), ORGANIZACIÓN
DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACIÓN (FAO),
MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR), FONDO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA
INFANCIA (UNICEF), UNIÓN EUROPEA (UE), SECRETARÍA GENERAL
IBEROAMERICANA (SEGIB), ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA
EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA (UNESCO), ORGANIZACIÓN
IBEROAMERICANA DE SEGURIDAD SOCIAL (OISS), y ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL
PARA LAS MIGRACIONES (OIM).
3. Articular las relaciones con otros miembros y representantes de
organismos gubernamentales de la REPÚBLICA ARGENTINA, en temas
relacionados con los asuntos internacionales de competencia del
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
4. Articular, en coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y con otras
dependencias del PODER EJECUTIVO NACIONAL, el establecimiento de las
agendas de vinculación internacional en materia de Desarrollo Social.
5. Impulsar, en el marco de su competencia, la cooperación federal y
asistir al/a la Ministro/a y a las respectivas Secretarías del
Ministerio en la coordinación de los planes, programas y proyectos con
las Provincias, Municipios y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
ARTÍCULO 3º.- La Unidad Ejecutora Especial Temporaria “ASUNTOS
INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN FEDERAL”, estará a cargo de un/a
funcionario/a fuera de nivel con rango y jerarquía de Subsecretario/a.
ARTÍCULO 4º.- La Unidad creada mediante el artículo 1º de esta medida
quedará disuelta a los DOS (2) años de la entrada en vigencia de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 5º. - Desígnase en el cargo de Titular de la Unidad Ejecutora
Especial Temporaria “ASUNTOS INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN FEDERAL” al
Sr. Fernando Rodrigo ASENCIO (DNI. Nº 22.629.610).
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
Resolución será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL.
ARTÍCULO 7º.- La presente medida entrará en vigencia el día siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Juan Zabaleta
e. 17/01/2022 N° 1457/22 v. 17/01/2022