ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN

Resolución 20/2022

RESOL-2022-20-ANSES-SEA#ANSES

Ciudad de Buenos Aires, 14/01/2022

VISTO el Expediente N° EX-2021-112601070- -ANSES-DC#ANSES del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), el Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorias, el Decreto Reglamentario Nº 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorias, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260 de fecha 12 de marzo de 2020, 287 de fecha 17 de marzo de 2020, 167 de fecha 11 de marzo de 2021 y 867 de fecha 23 de diciembre de 2021, ambos en el marco de la “EMERGENCIA SANITARIA”, la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM de fecha 18 de marzo de 2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Disposición ONC N° 48 de fecha 20 de marzo de 2020 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la Contratación por Emergencia COVID 19 – Nº 04/2021 – Proceso Comprar Nº 63-0121-CDI21, tendiente a adquirir DIECIOCHO MIL (18.000) cajas de CINCUENTA (50) unidades cada una de Barbijos descartables bicapa, CINCUENTA (50) pulverizadores y DOSCIENTOS CUARENTA (240) envases de CINCO (5) litros de alcohol etílico al SETENTA POR CIENTO (70%), para prevenir el contagio del virus COVID-19, en las dependencias de esta Administración Nacional.

Que por el Decreto Nº 260/20, modificado por su similares N° 287/20, N° 167/21 y Nº 867/21, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2022 el alcance de la emergencia pública en materia sanitaria declarada por el Artículo 1° de la Ley N° 27.541, a fin de abarcar las medidas adoptadas y a adoptar con relación al Coronavirus COVID-19.

Que, por su artículo 15 ter, se estableció que “(…) durante el plazo que dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos en el Artículo 8° incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156, estarán facultados para efectuar la contratación directa de bienes y servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional”.

Que a través de la Decisión Administrativa de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 409/20, complementada por la Disposición ONC N° 48/20, se establecieron los procedimientos de adquisición de bienes y servicios en la emergencia, que habilitan a todas las áreas comprometidas en dar respuestas integrales a utilizar herramientas que otorguen celeridad y eficacia a la atención de las necesidades que se presenten con relación al Coronavirus COVID-19.

Que la presente contratación obedece al requerimiento formulado por la Dirección de Servicios y Suministros mediante la Nota N° NO-2021-112264378-ANSES-DSYS#ANSES obrante a orden 3, en la cual manifiesta la urgente necesidad de adquirir insumos de seguridad e higiene tendientes a preservar la salud del personal que presta funciones en ANSES, ante la actual situación epidemiológica y mitigar el impacto sanitario del COVID-19.

Que, asimismo, la mencionada Dirección aclara que los insumos requeridos serán destinados mayoritariamente a los agentes de esta Administración que se encuentran en contacto directo con una gran cantidad de beneficiarios que concurren habitualmente a las oficinas de atención al público, así como también a la necesidad de dotar al personal de la Dirección de Desarrollo Territorial y la Coordinación de Logística de elementos de higiene para la sanitización de los vehículos de la Administración, lugares de trabajo, equipos y elementos necesarios para el desarrollo de las actividades diarias.

Que, en ese sentido, se elaboraron las Especificaciones Técnicas Nº IF-2021-108954532-ANSES-DSYS#ANSES y Nº IF-2021-108962988-ANSES-DSYS#ANSES, obrantes a órdenes 4 y 5, respectivamente, y el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2021-114148685-ANSES-DC#ANSES de orden 13.

Que a orden 15, la Dirección de Gestión Presupuestaria, ha tomado la intervención de su competencia, conforme surge de la Cesta autorizada N° 110045323.

Que de las actuaciones surge que se encuentra cumplido el requisito de publicidad que debe darse al llamado, conforme Disposiciones ONC N° 48/2020 y sus modificatorias, habiéndose publicado en el sistema COMPR.AR según surge del documento de orden 16 y la constancia de invitación realizada a los posibles interesados a la puja obrante a orden 17.

Que a orden 20, mediante documento Nº IF-2021-118915784-ANSES-DC#ANSES, obra el Acta de Apertura que da cuenta de la presentación de OCHO (8) ofertas, a saber: FRADEALCO S.A. (C.U.I.T. 30-60260879-0), PRODUCTOS QUÍMICOS DEL SUR S.A. (C.U.I.T. 30-71428993-0), ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L. (C.U.I.T. 30-71620336-7), PROVEX S.R.L. (C.U.I.T. 30-71517096-1), GRUPO ARIES SALUD S.A. (C.U.I.T. 33-71187140-9), ANDRES DIEGO MACRI (C.U.I.T. 20-25865861-3), MARIO OMAR GARAVELLI (C.U.I.T. 20-12274306-4) y NEWPACK-ARGENTINA S.R.L. (C.U.I.T. 30-71570007-3), agregándose a orden 50 el cuadro comparativo de ofertas.

Que a órdenes 72 a 75, luce documentación complementaria de los oferentes ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L. y FRADEALCO S.A., solicitada mediante pedido de orden 68.

Que la Dirección de Servicios y Suministros, junto con la Dirección de Administración de Personal, elaboraron el informe técnico respectivo, obrante en orden 78 mediante documento Nº IF-2021-125709363-ANSES-DSYS#ANSES, concluyendo que las ofertas presentadas por las firmas ORELION PROVISIÓN Y SERVICIOS S.R.L. (Renglones N° 1 y N° 3), PROVEX S.R.L. (Renglones N° 2 y 3) y FRADEALCO S.A. (Renglón N° 3) cumplen técnicamente con lo requerido.

Que, conforme lo dispuesto en la Comunicación General ONC N° 8/2020, referida a la aplicación de la Resolución Nº 100/2020 de la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo, la Unidad Operativa de Contrataciones efectuó la consulta respecto a los bienes que se intentan adquirir, viéndose reflejado que la URL argentina.gob.ar/precios máximos no se encuentra disponible.

Que, a orden 65, la Oficina Nacional de Contrataciones respondió la Incidencia CONSD-102227 cargada oportunamente respecto a la vigencia de la Resolución N° 100 de la Secretaria de Consumo Interior, informando que “la resolución 100 no se encuentra más vigente y que ya no hay más precios máximos de referencia”.

Que a orden 84, mediante la Providencia Nº PV-2021-126138967-ANSES-DC#ANSES, toma intervención la Unidad Operativa de Contrataciones, emitiendo la correspondiente recomendación, en la que se aconseja, por resultar admisible y económicamente conveniente, adjudicar para el Renglón N° 1 a la oferta presentada por ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L., por la cantidad de DIECIOCHO MIL (18.000) cajas de CINCUENTA (50) UNIDADES cada una de Barbijos descartables bicapa, por la suma unitaria de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO ($385) y un total de PESOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL ($6.930.000).

Que en la misma intervención se indica que corresponde desestimar para el Renglón N° 1 a las ofertas presentadas por GRUPO ARIES SALUD S.A., MARIO OMAR GARAVELLI y PRODUCTOS QUÍMICOS DEL SUR S.A., por no presentar la documentación solicitada en el plazo estipulado, habiéndolos intimado a realizarlo, y a la oferta presentada por NEWPACK-ARGENTINA S.R.L., por no cumplir con lo solicitado en el Punto 3 del Anexo I de Especificaciones Técnicas (no presenta muestras).

Que, asimismo, aconseja, por resultar admisible y económicamente conveniente, adjudicar para el Renglón N° 2 a la oferta presentada por PROVEX S.R.L., por la cantidad de CINCUENTA (50) pulverizadores, por la suma unitaria de PESOS NOVENTA Y OCHO ($98) y un total de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS ($4.900).

Que en la misma intervención se indica que corresponde desestimar para el Renglón N° 2 a la oferta presentada por PRODUCTOS QUÍMICOS DEL SUR S.A. por no presentar la documentación solicitada en el plazo estipulado, habiéndolo intimado a realizarlo.

Que, asimismo, aconseja, por resultar admisible y económicamente conveniente, adjudicar para el Renglón N° 3 a la oferta presentada por FRADEALCO S.A., por la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS (2.400) bidones de CINCO (5) litros de alcohol etílico al SETENTA POR CIENTO (70%), por la suma unitaria de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($840,95) y un total de PESOS DOSCIENTOS UN MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO ($201.828), y establecer segundo y tercer orden de mérito a las firmas PROVEX S.R.L. y ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L., respectivamente.

Que en la misma intervención se indica que corresponde desestimar para el Renglón N° 3 a la oferta presentada por PRODUCTOS QUÍMICOS DEL SUR S.A. por no presentar la documentación solicitada en el plazo estipulado, habiéndolo intimado a realizarlo y a la oferta presentada por ANDRES DIEGO MACRI, por no cumplir la muestra presentada con lo solicitado (se solicita alcohol etílico y presenta alcohol en gel).

Que a orden 99 la Dirección General de Asuntos Jurídicos toma la intervención de su competencia mediante el Dictamen Nº IF-2021-127094073-ANSES-DGEAJ#ANSES, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7º inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que, en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, el Decreto Reglamentario Nº 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM de fecha 18 de marzo de 2020 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Disposiciones ONC N° 48 de fecha 20 de marzo de 2020 y sus modificatorias, ylas Resoluciones Nros. RESOL-2020-114-ANSES-ANSES, de fecha 08 de mayo de 2020 y Nº RESOL-2020-217-ANSES-ANSES de fecha 20 de octubre de 2021.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DE ADMINISTRACIÓN DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébense el procedimiento realizado en el marco de la Contratación por Emergencia COVID Nº 04/2021 – Proceso Comprar Nº 63-0121-CDI21, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2021-114148685-ANSES-DC#ANSES y las Especificaciones Técnicas Nº IF-2021-108954532-ANSES-DSYS#ANSES y Nº IF-2021-108962988-ANSES-DSYS#ANSES, tendiente a adquirir DIECIOCHO MIL (18.000) cajas de CINCUENTA (50) UNIDADES cada una de Barbijos descartables bicapa, CINCUENTA (50) pulverizadores y DOSCIENTOS CUARENTA (240) envases de CINCO (5) litros de alcohol etílico al SETENTA POR CIENTO (70%), para prevenir el contagio del virus COVID-19, en las dependencias de esta Administración Nacional.

ARTÍCULO 2°- Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas GRUPO ARIES SALUD S.A., MARIO OMAR GARAVELLI, PRODUCTOS QUÍMICOS DEL SUR S.A. y NEWPACK-ARGENTINA S.R.L. para el renglón Nº 1; PRODUCTOS QUÍMICOS DEL SUR S.A. para el renglón Nº 2 y PRODUCTOS QUÍMICOS DEL SUR S.A. y ANDRES DIEGO MACRI para el renglón 3, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 3°- Adjudícase, en el marco de la Contratación por Emergencia COVID Nº 19 Nº 04/2021 – Proceso Comprar Nº 63-0121-CDI21, conforme a los lineamientos de la presente Resolución, el Renglón N° 1 correspondiente a la adquisición de DIECIOCHO MIL (18.000) cajas de CINCUENTA (50) unidades cada una de barbijos descartables bicapa a la firma ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L. (C.U.I.T. 30-71620336-7), por la suma unitaria de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO ($385) y un total de PESOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL ($6.930.000), por los motivos expuestos precedentemente.

ARTÍCULO 4°- Adjudícase, en el marco de la Contratación por Emergencia COVID Nº 19 Nº 04/2021 – Proceso Comprar Nº 63-0121-CDI21, conforme a los lineamientos de la presente Resolución, el Renglón N° 2 correspondiente a la adquisición de CINCUENTA (50) pulverizadores a la firma PROVEX S.R.L. (C.U.I.T. 30-71517096-1), por la suma unitaria de PESOS NOVENTA Y OCHO ($98,00) y un total de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS ($4.900), por los motivos expuestos precedentemente.

ARTÍCULO 5°- Adjudícase, en el marco de la Contratación por Emergencia COVID Nº 19 Nº 04/2021 – Proceso Comprar Nº 63-0121-CDI21, conforme a los lineamientos de la presente Resolución, el Renglón N° 3 correspondiente a la adquisición de DOSCIENTOS CUARENTA (240) envases de CINCO (5) litros de alcohol etílico al SETENTA POR CIENTO (70%) a la firma FRADEALCO S.A. (C.U.I.T. 30-60260879-0), por la suma unitaria de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($840,95) y un total de PESOS DOSCIENTOS UN MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO ($201.828), por los motivos expuestos precedentemente.

ARTÍCULO 6º - Apruébase para el Renglón Nº 3, el segundo orden de mérito para la oferta presentada por PROVEX S.R.L. y el tercer orden de mérito para la oferta presentada por ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L.

ARTÍCULO 7º.- Encomiéndese en la Directora de Contrataciones la suscripción, en nombre y representación del organismo de la respectiva orden de compra.

ARTÍCULO 8º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente.

ARTÍCULO 9º.- Notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, comuníquese, pase a las Direcciones de Contrataciones y de Gestión Presupuestaria para la intervención de su competencia y oportunamente, archívese.

Alejandro Merediz

e. 19/01/2022 N° 1878/22 v. 19/01/2022