ARMADA ARGENTINA
HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO
Disposición 17/2022
DI-2022-17-APN-DGSA#ARA
Ciudad de Buenos Aires, 19/01/2022
VISTO el expediente electrónico EX-2020-59209650- -APN-DGSA#ARA, el
artículo 15 ter del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, la
Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE
MINISTROS prorrogada por Decreto N° 167/2021 y la Disposición Nº
48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según
Disposición ONC N° 55/20), y
CONSIDERANDO:
Que el señor Jefe del Departamento Farmacia y Esterilización solicitó la inmediata ADQUISICION DE MEDICACION MULTIDOSIS COVID.
Que ante la situación epidemiológica y una curva creciente de contagios
de pacientes Covid-19, fue de gran importancia, que estos insumos
básicos sean adquiridos con la urgencia que la situación crítica
requirió.
Que el procedimiento de selección de co-contratante particular elegido
fue el previsto en el artículo 15 ter del Decreto citado en el visto, y
que el mismo ha sido sustanciado a través de la plataforma COMPR.AR.
Que el contenido de las invitaciones cursadas a los proveedores cumplió
con las pautas fijadas en el artículo 3° inciso d) del Anexo a la
Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto
según Disposición ONC N° 55/20), en número de orden 10.
Que, a las diez horas del día 18 de septiembre de 2020, el acto de
apertura de ofertas se realizó tal como estaba previsto en número de
orden 14.
Que se puso en conocimiento el procedimiento a la INSPECCIÓN GENERAL DE
LA ARMADA y a la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE DEFENSA,
en número de orden 6.
Que en función de los resultados del informe técnico, surgió que:
· LABORATORIOS RICHET S.A. CUIT 30504294222, RODOLFO EDUARDO FRISARE
S.A. CUIT 30619339343, FRESENIUS KABI S.A. CUIT 30692971953, DROGUERIA
FAMILY CUIT 30710807341, NUEVA ERA ROSARIO S.R.L. CUIT 30712538089 y
ANTIGUA SAN ROQUE SRL CUIT 30656875786 presentan ofertas ténicamente
admisibles en todos los renglones cotizados.
· DNM FARMA S.A. CUIT 30710138474 presenta oferta técnicamente
admisible en los renglones nros. 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 13,
14, 15, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32. En
el renglón Nº 19, la oferta es técnicamente no admisible por no
ajustarse a lo solicitado, se solicita sulfametoxazol + trimetropina
ampolla y cotizan comprimidos.
Que la Unidad Operativa de Compras recomendó:
· Adjudicar los renglones nros. 1, 8, 11, 13, 19 y 25 de la presente
contratación al oferente NUEVA ERA ROSARIO S.R.L. CUIT 30712538089, por
la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA
CON CERO CENTAVOS ($ 444.560,00).
· Adjudicar los renglones nros. 2 y 17 de la presente contratación al
oferente ANTIGUA SAN ROQUE SRL CUIT 30656875786, por la suma de PESOS
DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS DOCE CON CINCUENTA CENTAVOS
($226.312.50).
· Adjudicar los renglones nros. 3, 4, 5, 6, 9, 10, 15, 16, 18, 26, 27,
28, 29, 30, 31 y 32 de la presente contratación al oferente DNM FARMA
S.A. CUIT 30710138474, por la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS
CUATRO MIL DOSCIENTOS DIECISEIS CON NOVENTA CENTAVOS ($1.304.216,90).
· Adjudicar los renglones nros. 7, 12, 20, 22 y 23 de la presente
contratación al oferente DROGUERIA FAMILY CUIT 30710807341, por la suma
de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CON CERO
CENTAVOS ($1.325.800,00).
· Adjudicar los renglones nros. 14 y 21 de la presente contratación al
oferente RODOLFO EDUARDO FRISARE S.A. CUIT 30619339343, por la suma de
PESOS UN MILLON SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y
DOS CON CERO CENTAVOS ($ 1.773.372,00).
· Adjudicar el renglón Nº 24 de la presente contratación al oferente
LABORATORIOS RICHET S.A. CUIT 30504294222, por la suma de PESOS
DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CON CERO CENTAVOS ($288.000,00).
· Otorgar orden de merito 2 a los oferentes: DNM Farma SA CUIT
30710138474 en los renglones nros. 2, 7, 8, 17, 21, 22 y 23. DROGUERIA
FAMILY CUIT 30710807341 en los renglones nros. 9, 18 y 24. FRESENIUS
KABI S.A. CUIT 30692971953 en el renglón Nº 32. NUEVA ERA ROSARIO
S.R.L. CUIT 30712538089 en los renglones nros. 12 y 20. ANTIGUA SAN
ROQUE SRL CUIT 30656875786 en el renglón Nº 5.
· Desestimar el renglon Nº 19 de la oferta de DNM Farma SA CUIT
30710138474 por no ajustarse a lo solicitado en las especificaciones
técnicas.
Que el oferente DROGUERIA FAMILY CUIT 30710807341 presenta nota, en numero de orden 103, manifestando no mantener su oferta.
Que, por remisión del artículo 9° del Anexo del aludido Decreto, deviene aplicable la Resolución MD 265/16.
Que, por tratarse de un procedimiento sustanciado en el ámbito de la
ARMADA ARGENTINA, debe estarse a lo dispuesto en el Anexo III de la
Resolución ministerial indicada.
Que los Directores Generales – como el suscripto- tienen competencia
para dictar el acto de conclusión del procedimiento siempre que la
contratación a adjudicar o declarar fracasada no supere la suma
equivalente a SIETE MIL QUINIENTOS Módulos (M 7.500).
Que el Departamento Asesoría Legal del HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES
“CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO” ha tomado la intervención que le
corresponden número de orden 109.
Que el suscripto, no considera que lo elementos a compulsar deban ser adquiridos bajo esta modalidad con prioridad de urgencia.
Que, en razón de los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº
409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, 5° del Anexo de la
Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto
según Disposición ONC N° 55/20), el artículo 9° Anexo del Decreto N°
1030/16 y el Anexo III de la Resolución MD 265/16, el suscripto es
competente para dictar la presente medida.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”
DISPONE:
ARTICULO 1º.- Convalídase lo actuado y déjase sin efecto la Compulsa -
COVID-19 Nº 0263 - ADQUISICION DE MEDICACION MULTIDOSIS COVID.
ARTICULO 2º.- Notifíquese fehacientemente lo dispuesto a los oferentes que cotizaron en esta contratación.
ARTICULO 3º.- Pásese, para conocimiento y efectos, al DEPARTAMENTO
CONTRATACIONES Y COMPRAS de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO
MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Alberto Hugo Croci
e. 20/01/2022 N° 2001/22 v. 20/01/2022