ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 15/2022
RESFC-2022-15-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 19/01/2022
VISTO el Expediente EX-2021-125349751-APN-DGA#APNAC, la Ley Nº 27.591 y
modificatorias y complementarias, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3
de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 882 de
fecha 23 de diciembre de 2021 y 328 de fecha 31 de marzo de 2020, las
Decisiones Administrativas Nº 1.422 de fecha 6 de diciembre de 2016 y
Nº 4 de fecha 5 de enero de 2022 y la Resolución Nº 410 de fecha 27 de
diciembre de 2016 del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES
NACIONALES, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.
Que por el Decreto Nº 882/2021 rigen, en virtud de lo establecido por
el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas
de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias,
las disposiciones de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2022.
Que por Decisión Administrativa Nº 4 de fecha 5 de enero de 2022 se
mantienen para el ejercicio 2022 las disposiciones establecidas por la
Decisión Administrativa Nº 4 de fecha 15 de enero de 2021.
Que por el Decreto Nº 2.098/2008, sus modificatorios y complementarios,
se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.).
Que por la Decisión Administrativa Nº 1.422/2016 se aprobó la
estructura organizativa del primer nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN
DE PARQUES NACIONALES.
Que por la Resolución del Directorio Nº 410/2016 de la ADMINISTRACIÓN
DE PARQUES NACIONALES, se aprobó la estructura organizativa del segundo
nivel operativo, se incorporaron, homologaron y reasignaron en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas, los cargos, pertenecientes al
referido Organismo.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 328/2020 se autorizó a las
máximas autoridades de los organismos descentralizados a prorrogar las
designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las
mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que mediante las Decisiones Administrativas detalladas en los Anexos
IF-2021-125354940-APNDCYD#APNAC y IF-2022-00488709-APN-DCYD%APNAC, se
designaron transitoriamente a los funcionarios de diversas Unidades de
Gestión de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
Que por razones de índole operativa no se han podido tramitar los
procesos de selección para la cobertura de los cargos en cuestión.
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los
objetivos asignados a las Direcciones Nacionales y Generales de esta
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
Que la Dirección de Presupuesto y Control de Gestión certificó la
existencia de crédito presupuestario necesario para afrontar el gasto
resultante de la medida que se aprueba por la presente a través de las
Notas NO-2021-125468907-APN-DPYCG#APNAC y
NO-2022-01190373-APN-DPYCG#APNAC.
Que las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de Asuntos
Jurídicos y la Dirección de Presupuesto y Control de Gestión han tomado
las intervenciones de sus competencias.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el
Artículo 23, inciso u), de la Ley Nº 22.351 y el Artículo 1º del
Decreto Nº 328/2020.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase, con carácter transitorio por el término de
CIENTO OCHENTA (180) días, las designaciones transitorias de los
agentes mencionados y con los alcances detallados en los Anexos
IF-2021-125354940-APN-DCYD#APNAC e IF-2022-00488709-APN-DCYD#APNAC, los
cuales forman parte integrante de la presente medida, autorizándose el
correspondiente pago de las Funciones Ejecutivas del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/2008, sus
modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 2º.- Establécese que los cargos involucrados en el Artículo 1º
deberán ser cubiertos de conformidad con los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(Si.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2.098/2008, sus modificatorios
y complementarios.
ARTÍCULO 3º.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de
la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas
del Presupuesto de la Jurisdicción 81 - Entidad 107 - ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES NACIONALES.
ARTÍCULO 4º.- Establécese que por el Departamento de Mesa General de
Entradas, Salidas y Notificaciones, se notifique en legal forma a los
interesados y a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro del plazo de CINCO (5) días de
dictada la presente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Eugenio Sebastian Magliocca - Francisco Luis Gonzalez Taboas - Carlos
Corvalan - Natalia Gabriela Jauri - Lautaro Eduardo Erratchu
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/01/2022 N° 2243/22 v. 21/01/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)