ACUERDOS
Decreto 35/2022
DCTO-2022-35-APN-PTE - Homologación.
Ciudad de Buenos Aires, 24/01/2022
VISTO el Expediente N° EX-2021-106000807-APN-DNRYRT#MT, la Ley N°
11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la Ley de
Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública
Nacional Nº 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público
Nacional Nº 25.164, el Decreto Nº 447 del 17 de marzo de 1993, el
Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública
Nacional homologado por el Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006 y
sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA),
homologado por el Decreto N° 1032 del 3 de agosto de 2009 y sus
modificatorios y el Acta Acuerdo del 8 de noviembre de 2021 de la
Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para
el Personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 24.185 establece el régimen aplicable a las negociaciones
colectivas que se celebren entre la Administración Pública Nacional y
sus empleados o empleadas e instituye al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa de Aplicación.
Que en cumplimiento del mecanismo establecido en el mencionado cuerpo
normativo y por el Convenio Colectivo de Trabajo General para la
Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº 214/06,
el 8 de noviembre de 2021 se constituyó la Comisión Negociadora del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y se celebró la referida Acta en
la fecha indicada.
Que las partes, en el marco previsto en el artículo 6° de la citada Ley
N° 24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y
normas complementarias, acordaron por la Cláusula Primera sustituir el
artículo 83 del referido Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para
el Personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
Que, asimismo, por la Cláusula Segunda acordaron otorgar al personal
contratado por el artículo 9º de la Ley N° 25.164 con título atinente a
sus funciones de carreras de nivel terciario de duración no inferior a
TRES (3) años, para abocarse a labores propias de su incumbencia, una
Compensación Transitoria por Mayor Dedicación Personal Contratado,
equivalente al DIEZ POR CIENTO (10 %) de la Asignación Básica del Nivel
al que se encontrara asimilado. Dejando establecido, además, que en
caso de que el agente contratado se incorpore efectivamente a la Planta
Permanente, la Compensación en cuestión será absorbida por el
suplemento por FUNCIÓN TÉCNICA O PROFESIONAL establecido en el artículo
54 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, homologado por el
Decreto Nº 1032/09, y por la Cláusula Tercera, las partes acordaron que
las disposiciones de la presente Acta entrarán en vigencia a partir del
1° de diciembre de 2021.
Que, sobre el control de legalidad, cabe puntualizar que la Autoridad
Administrativa de Aplicación tomó la intervención prevista en los
artículos 4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la Ley N° 24.185, su Decreto
Reglamentario N° 447/93 y normas complementarias.
Que el mencionado Acuerdo cumple con los requisitos del artículo 11 de la precitada Ley.
Que se cumplimentaron las intervenciones prescriptas por el artículo
79, segundo párrafo del Convenio Colectivo de Trabajo General para la
Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214/06 y
sus modificatorios.
Que la COMISIÓN PERMANENTE DE APLICACIÓN Y RELACIONES LABORALES
(CoPAR), mediante su intervención, concluyó que las disposiciones
contenidas en el Acta Acuerdo son compatibles con las previsiones del
mencionado Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración
Pública Nacional.
Que, asimismo, la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO emitió dictamen sin formular objeción alguna.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le
compete.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de
los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 14 de la Ley
Nº 24.185.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º - Homológase el Acta Acuerdo de fecha 8 de noviembre de
2021 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES, que como Anexo (IF-2021-115755266-APN-DALSP#MT) forma
parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en el Acta Acuerdo que por el presente se
homologa entrará en vigencia a partir del 1° de diciembre de 2021,
conforme lo acordado por las Partes.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA
SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO para dictar las normas aclaratorias y
complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Claudio Omar Moroni
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/01/2022 N° 2728/22 v. 25/01/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)