MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES
Decisión Administrativa 52/2022
DECAD-2022-52-APN-JGM - Dase por designado Director Nacional de Agencias de Viajes.
Ciudad de Buenos Aires, 24/01/2022
VISTO el Expediente N° EX-2021-105363706-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.591,
los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 7 del
10 de diciembre de 2019 y su modificatorio, 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, 882 del 23 de diciembre de 2021 y la
Decisión Administrativa Nº 1397 del 4 de agosto de 2020 y su
modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 882/21 se estableció que las disposiciones de la
Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2021 regirán a partir del 1° de enero de 2022, en virtud
de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24.156.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad de que se trate.
Que por el Decreto Nº 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de
Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias) y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE TURISMO Y
DEPORTES.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y
sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los
correspondientes al citado Ministerio.
Que por la Decisión Administrativa N° 1397/20 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo de la referida
Jurisdicción.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo
vacante y financiado de Director/a Nacional de Agencias de Viajes de la
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO de la SECRETARÍA DE DESARROLLO
TURÍSTICO del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.
Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2° del
Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del
3 de enero de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles, al abogado Martín Alejandro ANTONIUCCI (D.N.I. N° 35.206.727)
en el cargo de Director Nacional de Agencias de Viajes de la
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO de la SECRETARÍA DE DESARROLLO
TURÍSTICO del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, Nivel A - Grado 0 del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°
2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con autorización
excepcional por no reunir el abogado ANTONIUCCI los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente
medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 3 de enero de
2022.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas
específicas de la Jurisdicción 53 – MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Luis Manzur - Matías Lammens
e. 25/01/2022 N° 2618/22 v. 25/01/2022